9/22/2019

Transferencia Financiera Favor Fondepes Destinada RM 390-2019-PRODUCE Produce

Poder Ejecutivo, Produce Autorizan Transferencia Financiera a favor del FONDEPES, destinada a financiar el otorgamiento de créditos en apoyo a la acuicultura y pesca artesanal RM 390-2019-PRODUCE Lima, 20 de setiembre de 2019 VISTOS: El Oficio Nº 156-2019-FONDEPES/ GG de la Gerencia General del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES; el Oficio Nº 086-2019-FONDEPES/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Fondo Nacional de Desarrollo
Poder Ejecutivo, Produce
Autorizan Transferencia Financiera a favor del FONDEPES, destinada a financiar el otorgamiento de créditos en apoyo a la acuicultura y pesca artesanal
RM 390-2019-PRODUCE
Lima, 20 de setiembre de 2019
VISTOS: El Oficio Nº 156-2019-FONDEPES/ GG de la Gerencia General del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES; el Oficio Nº 086-2019-FONDEPES/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES; el Memorando Nº 959-2019-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº 289-2019-PRODUCE/OGPPM-OP de la Oficina de Presupuesto; y el Informe Nº 790-2019-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Que, en el marco de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, mediante Resolución Ministerial Nº 567-2018-PRODUCE, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal del Pliego 038: Ministerio de la Producción;

Que, la Cuadragésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal autoriza, entre otros, al Ministerio de la Producción, durante el Año Fiscal 2019, a efectuar transferencias financieras a favor de los Pliegos que conformen su sector, para el financiamiento de intervenciones prioritarias sectoriales establecidas por el titular del sector correspondiente, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados;

señalando que dichas transferencias se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego, previo informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad del Gobierno Nacional que transfiere los recursos, la que se publica en el diario oficial El Peruano, señalando que las entidades del Gobierno Nacional son responsables del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales fueron entregados los recursos, debiendo informar trimestralmente, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República sobre el uso de los citados recursos;


Que, mediante Oficio Nº 156-2019-FONDEPES/GG
y Oficio Nº 086-2019-FONDEPES/OGPP el Pliego 059:

Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES, solicita el financiamiento para otorgar 238 créditos en apoyo a la acuicultura y pesca artesanal, hasta por el importe de S/ 4 250 000,00 (CUATRO MILLONES
DOSCIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100 SOLES), con la finalidad de garantizar la continuidad de la atención de los créditos otorgados, los mismos que son prioritarios para el Sector Producción y se desarrollan en el marco de los Programas Presupuestales: 0094 "Ordenamiento y Desarrollo de la Acuicultura" y 0095 "Fortalecimiento de la Pesca Artesanal" del Sector Producción, en el marco de las intervenciones prioritarias establecidas en la Cuadragésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019;

Que, mediante Memorando Nº 959-2019-PRODUCE/ OGPPM la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción hace suyo el Informe Nº 289-2019-PRODUCE/OGPPM-OP de la Oficina de Presupuesto, a través del cual emite opinión favorable, en materia presupuestaria, y considera procedente financiar 238 créditos a favor de 122 productores acuícolas y 116 pescadores artesanales en catorce (14) regiones del país, hasta por el monto de
S/ 4 250 000,00 (CUATRO MILLONES DOSCIENTOS
CINCUENTA MIL Y 00/100 SOLES);

Que, en consecuencia, resulta necesario emitir la Resolución Ministerial que autoriza una Transferencia Financiera a favor del Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES, para financiar las intervenciones que se detallan en el considerando precedente hasta por la suma de S/ 4 250 000,00 (CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL
Y 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos, Actividad: 5005713: Transferencia a Entidades, Genérica de Gasto 2.4. Donaciones y Transferencias, en el marco de lo establecido en la Cuadragésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019;

De conformidad con lo dispuesto en la Cuadragésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, la Directiva Nº 001-2019-EF/50.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada mediante Resolución Directoral Nº 003-2019-EF/50.01 y modificatoria;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES
Autorizar una transferencia financiera, con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, hasta por la suma de S/ 4 250 000,00 (CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL Y
00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, a favor del Pliego 059:

Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES, destinada a financiar el otorgamiento de 238 créditos en apoyo a la acuicultura y pesca artesanal, que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, en el marco de la Cuadragésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019.

Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 038:

Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 001:

Ministerio de la Producción, Categoría Presupuestaria 9002. Asignaciones Presupuestaria que No Resultan en Productos, Actividad 5005713. Transferencia a Entidades, Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Implementación, seguimiento y evaluación La Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales son entregados los recursos transferidos por la presente Resolución, debiendo informar trimestralmente a la Titular de la Entidad sobre el uso de dichos recursos.

Artículo 5.- Información El Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero -
FONDEPES, a través de su Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, es el responsable de informar al Ministerio de la Producción, sobre los avances físicos y financieros de las metas para los cuales fueron transferidos los recursos que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, en el marco de lo dispuesto en la Cuadragésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019.

Artículo 6.- Notificación Notificar la presente Resolución Ministerial a la Oficina General de Administración, a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción y al Jefe del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES, para conocimiento y fines pertinentes.

Artículo 7.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROCIO BARRIOS ALVARADO
Ministra de la Producción

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 390-2019-PRODUCE Autorizan Transferencia Financiera a favor del FONDEPES, destinada a financiar el otorgamiento de créditos en apoyo a la acuicultura y pesca artesanal
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 390-2019-PRODUCE
  • Emitida por : Produce - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-09-22
  • Fecha de aplicacion : 2019-09-23

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