10/13/2019

Ar Tículos 3 6 R S 145 2019 pcm Mediante Cual RS 190-2019-PCM PCM

Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros Modifican los ar tículos 3 y 6 de la R . S. Nº 145-2019-PCM, mediante la cual se creó la Comisión Consultiva denominada "Comisión para el Desarrollo Minero Sostenible" RS 190-2019-PCM Lima, 12 de octubre de 2019 CONSIDERANDO: Que, el artículo 66 de la Constitución Política del Perú, dispone que los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación; Que, mediante Resolución
Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros
Modifican los ar tículos 3 y 6 de la R . S. Nº 145-2019-PCM, mediante la cual se creó la Comisión Consultiva denominada "Comisión para el Desarrollo Minero Sostenible"
RS 190-2019-PCM
Lima, 12 de octubre de 2019

CONSIDERANDO:



Que, el artículo 66 de la Constitución Política del Perú, dispone que los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación;

Que, mediante Resolución Suprema Nº 145-2019-PCM, se creó la Comisión Consultiva denominada "Comisión para el Desarrollo Minero Sostenible", la cual depende de la Presidencia del Consejo de Ministros, con el objeto de proponer medidas normativas y de gestión, así como de política pública, para el desarrollo de actividades mineras sostenibles;

Que, la citada Comisión Consultiva se encuentra conformada por personas de reconocida trayectoria ética, prestigio e independencia, identificadas con el desarrollo del Sector Minero responsable y sostenible;

Que, algunos de sus integrantes han formulado renuncia, por lo que corresponde modificar la
conformación de la Comisión Consultiva, así como el plazo de su instalación;

De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Modificación de los artículos 3 y 6 de la Resolución Suprema Nº 145-2019-PCM

Modifícase los artículos 3 y 6 de la Resolución Suprema Nº 145-2019-PCM, en los siguientes términos:
"Artículo 3.- Conformación La Comisión Consultiva a que se refiere el artículo precedente está conformada por los siguientes integrantes:
- Roxana María Irma Barrantes Cáceres, quien la presidirá.
- José Luis Jesús EscaffiKahatt.
- Carlos Fernando Herrera Descalzi.
- Diego Macera Poli.
- Isabel Calle Valladares.
- Iván Kriss Lanegra Quispe.
- Paulo César Vilca Arpasi.
- Gonzalo Francisco Alberto Tamayo Flores.

La participación de los integrantes de la Comisión, es ad honorem".
"Artículo 6.- Instalación y duración La Comisión Consultiva se instalará en un plazo que no excede los tres (03) días hábiles contados a partir de la publicación de la presente Resolución Suprema y debe concluir su labor en un plazo no mayor a ciento veinte (120) días calendario, desde su instalación".


Artículo 2.- Refrendo La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Energía y Minas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS
Presidente del Consejo de Ministros
JUAN CARLOS LIU YONSEN
Ministro de Energía y Minas

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RS 190-2019-PCM Modifican los ar tículos 3 y 6 de la R . S. Nº 145-2019-PCM, mediante la cual se creó la Comisión Consultiva denominada "Comisión para el Desarrollo Minero Sostenible"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN SUPREMA
  • Numero : 190-2019-PCM
  • Emitida por : Presidencia del Consejo de Ministros - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-10-13
  • Fecha de aplicacion : 2019-10-14

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.