10/17/2019

Ingreso Libre Museo Nacional Cultura Peruana Día RM 429-2019-MC Cultura

Poder Ejecutivo, Cultura Disponen el ingreso libre al Museo Nacional de la Cultura Peruana el día 1 de noviembre de 2019 RM 429-2019-MC Lima, 15 de octubre de 2019 VISTOS, el Informe Nº D000063-2019-MNCP/MC del Museo Nacional de la Cultura Peruana, el Informe Nº D000224-2019-DGM/MC de la Dirección General de Museos; y el Informe Nº D000041-2019-OGAJ-LSR/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la
Poder Ejecutivo, Cultura
Disponen el ingreso libre al Museo Nacional de la Cultura Peruana el día 1 de noviembre de 2019
RM 429-2019-MC
Lima, 15 de octubre de 2019
VISTOS, el Informe Nº D000063-2019-MNCP/MC del Museo Nacional de la Cultura Peruana, el Informe Nº D000224-2019-DGM/MC de la Dirección General de Museos; y el Informe Nº D000041-2019-OGAJ-LSR/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Que, de conformidad con la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, éste es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público que constituye pliego presupuestal del Estado, ejerciendo competencias y funciones sobre las áreas programáticas de acción referidas al Patrimonio Cultural de la Nación, Material e Inmaterial; la creación cultural contemporánea y artes vivas; la gestión cultural e industrias culturales; y, la pluralidad étnica y cultural de la Nación;

Que, en atención a lo dispuesto en el literal e) del artículo 7 de la Ley antes citada, el Ministerio de Cultura tiene como función exclusiva, respecto a otros niveles de gobierno, propiciar la participación de la población, las organizaciones de la sociedad civil y las comunidades en la gestión de protección, conservación y promoción de las expresiones artísticas, las industrias culturales y el Patrimonio Cultural Material e Inmaterial de la Nación, propiciando el fortalecimiento de la identidad nacional;


Que, de acuerdo con el numeral 3.13 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, corresponde al Ministerio de Cultura fomentar y promover las artes, las expresiones y creaciones artísticas, las industrias culturales y el Patrimonio Cultural Material e Inmaterial de la Nación, promoviendo el acceso a estas manifestaciones culturales, las iniciativas privadas y propiciando el fortalecimiento de la identidad nacional;

Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 559-2018-MC de fecha 28 de diciembre de 2018, se aprueba el Tarifario de los servicios brindados por el Ministerio de Cultura para el Ejercicio Fiscal 2019, el cual contiene, entre otros, los valores del boletaje y requisitos de ingreso a los Museos a nivel nacional;


Que, el artículo 34 de la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo, establece que con el objeto de promover el turismo interno, las autoridades competentes pueden establecer en determinados periodos tarifas promocionales para el ingreso a las áreas naturales protegidas o a los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, las cuales deben ser comunicadas al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo o al órgano regional competente para su difusión;

Que, asimismo, el numeral 32.2 del artículo 32 del Reglamento de la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2010-MINCETUR, dispone que el Instituto Nacional de Cultura (actualmente, Ministerio de Cultura) y demás entidades públicas encargadas de la administración de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación vinculados a la actividad turística, así como las entidades encargadas de la administración de las áreas naturales de alcance nacional o regional, deben comunicar al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo las tarifas promocionales a que se refiere el artículo 34 de la Ley citada en el considerando precedente, indicando sus condiciones y periodo de vigencia;

Que, mediante Informe Nº D000063-2019-MNCP/ MC del Museo Nacional de la Cultura Peruana se pone a conocimiento de la Dirección General de Museos que dentro del marco de sus actividades realizará el XXIII
Concurso Nacional de T' anta Wawas cuya principal finalidad es promocionar y difundir los panes llamados t'anta wawas como parte de las tradiciones gastronómicas y artísticas populares y como expresión de nuestra identidad cultural; ampliando los conocimientos sobre ellas; promoviendo el intercambio de conocimientos entre los artesanos panaderos de las diferentes regiones del país e incrementando su continuidad y consumo entre los peruanos; razón por la cual, solicita el ingreso libre a dicho museo el día 1 de noviembre de 2019;

Que, a través del Informe Nº D000224-2019-DGM/MC de fecha 9 de octubre de 2019, la Dirección General de Museos brinda su conformidad a la solicitud presentada por la Directora del Museo Nacional de la Cultura Peruana, señalando que tal exoneración es de suma importancia para el desarrollo y alcance proyectado de la actividad;

Que, mediante el Informe Nº D000041-2019-OGAJ-LSR /MC de fecha 11 de octubre de 2019, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal considerando jurídicamente viable la solicitud presentada;

Que, en ese sentido, estando a lo opinado por la Dirección General de Museos y habiéndose verificado el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el artículo 34 de la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo y el numeral 32.2 del artículo 32 del Reglamento de la citada norma, se considera viable lo peticionado;

Que, bajo ese contexto y siendo atribución del Ministerio de Cultura disponer acciones para fomentar el acceso a la cultura, resulta conveniente establecer una tarifa promocional de S/ 0,00 (Cero y 00/100 Soles) que permita el ingreso libre al Museo Nacional de la Cultura Peruana el día 1 de noviembre de 2019, debiéndose además comunicar dicha disposición al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2006-ED; la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2010-MINCETUR; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Disponer el ingreso libre al Museo Nacional de la Cultura Peruana el día 1 de noviembre de 2019, en atención a la tarifa promocional de S/ 0,00 (Cero y 00/100 Soles), que se instituye para fomentar el acceso a la cultura, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- La Dirección General de Museos en coordinación con el Museo Nacional de la Cultura Peruana dispondrán las acciones correspondientes para el cumplimiento de lo establecido en la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Notificar la presente Resolución Ministerial al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, a la Dirección General de Museos, y al Museo Nacional de la Cultura Peruana, para los fines correspondientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FRANCISCO PETROZZI FRANCO
Ministro de Cultura

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 429-2019-MC Disponen el ingreso libre al Museo Nacional de la Cultura Peruana el día 1 de noviembre de 2019
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 429-2019-MC
  • Emitida por : Cultura - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-10-17
  • Fecha de aplicacion : 2019-10-18

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