11/13/2019

Transferencia Financiera Financiar Intervenciones RM Vivienda Construccion y Saneamiento

Poder Ejecutivo, Vivienda Construccion y Saneamiento Autorizan Transferencia Financiera para financiar intervenciones bajo la modalidad de Núcleos Ejecutores para Reconstrucción incluidas en el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios RM 371-2019-VIVIENDA Lima, 12 de noviembre de 2019 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, establece que el Ministerio tiene por
Poder Ejecutivo, Vivienda Construccion y Saneamiento
Autorizan Transferencia Financiera para financiar intervenciones bajo la modalidad de Núcleos Ejecutores para Reconstrucción incluidas en el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios
RM 371-2019-VIVIENDA
Lima, 12 de noviembre de 2019

CONSIDERANDO:



Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, establece que el Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo, señala que tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias;

Que, en el marco de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, mediante Resolución Ministerial Nº 432-2018-VIVIENDA
se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gasto correspondiente al Año Fiscal del Pliego 037:

Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento por la suma de S/ 4 262 440 905,00 (CUATRO MIL DOSCIENTOS
SESENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS

CUARENTA MIL NOVECIENTOS CINCO Y 00/100
SOLES), por toda fuente de financiamiento;

Que, el numeral 7.10 del artículo 7 de la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios - RCC, incorporado por el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1354, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional a implementar intervenciones de reconstrucción y las soluciones de vivienda incluidas en el Plan Integral para
la Reconstrucción con Cambios, en el ámbito urbano y rural, a través de la modalidad de núcleos ejecutores con cargo a recursos del Fondo para Intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales - FONDES;
para tal efecto, las referidas entidades quedan autorizadas a asignar financieramente los recursos a favor de los núcleos ejecutores, para lo cual suscriben los convenios correspondientes; el Plan establece las intervenciones que serán ejecutadas a través de dicha modalidad;


Que, el artículo 27 del Reglamento de la Ley Nº 30556, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2019-PCM y su modificatoria, establece que las Entidades Ejecutoras del Gobierno Nacional pueden implementar intervenciones de reconstrucción y las soluciones de vivienda incluidas en el Plan, mediante la modalidad de Núcleo Ejecutor para Reconstrucción - NER, a través de los órganos, programas o proyectos especiales que designen para ello;

Que, la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, precisa que para efecto de lo establecido en el párrafo 7.10 del artículo 7 de la Ley Nº 30556 modificado por Decreto Legislativo Nº 1354, se entiende por asignación financiera a la transferencia financiera que autoriza el titular de la entidad mediante resolución a favor de núcleos ejecutores en el marco de la citada ley;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 270-2019-EF se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal hasta por la suma de S/ 73 080 149,00 (SETENTA Y TRES MILLONES
OCHENTA MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE Y 00/100
SOLES), del pliego Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, a favor del MVCS para financiar las trescientas setenta y tres (373) intervenciones del Plan, con cargo a los recursos del FONDES, detalladas en el Anexo 1 del citado Decreto Supremo;

Que, mediante Memorando Nº 1711-2019-VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0, el Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Urbano - PNSU hace suyos y remite, entre otros, el Informe Nº 840-2019/VIVIENDA/VMCS/PNSU/3.1.2 del Coordinador del Área de Presupuesto del PNSU y el Informe Nº 562-2019-VIVIENDA/VMCS/ PNSU/3.2 del Responsable de la Unidad de Asesoría Legal del PNSU que contienen el sustento técnico legal para efectuar una Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 69 780 597,00 (SESENTA
Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS OCHENTA
MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE Y 00/100
SOLES) por la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, para financiar las trescientas setenta y tres (373) intervenciones bajo la modalidad de NER incluidas en el Plan; precisando que se han suscrito los convenios correspondientes;

Que, con Memorándum Nº 2567-2019-VIVIENDA-OGPP, el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe Nº 589-2019-VIVIENDA-OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto por el cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone un proyecto de Resolución Ministerial que autoriza una Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Categoría Presupuestal 0083: Programa Nacional de Saneamiento Rural, Producto 3.000001: Acciones Comunes, Actividad 5.001778: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Rural, Genérica de Gasto 5: Otros Gastos, Fuente de Financiamiento 3: Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, hasta por la suma de S/ 69 780 597,00 (SESENTA Y
NUEVE MILLONES SETECIENTOS OCHENTA MIL
QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), para financiar las trescientas setenta y tres (373)
intervenciones bajo la modalidad de NER incluidas en el Plan; ello con cargo a los recursos derivados del Decreto Supremo Nº 270-2019-EF en el monto que corresponde a Gastos de Capital;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios - RCC, y sus modificatorias; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA;
y, el Decreto Supremo Nº 270-2019-EF, Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de Núcleos Ejecutores para Reconstrucción Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037:

Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Categoría Presupuestal 0083:

Programa Nacional de Saneamiento Rural, Actividad 5001778: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Rural, Genérica de Gasto 5: Otros Gastos, Fuente de Financiamiento 3: Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, hasta por la suma de S/ 69 780 597,00 (SESENTA Y NUEVE MILLONES
SETECIENTOS OCHENTA MIL QUINIENTOS
NOVENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), para financiar las trescientas setenta y tres (373) intervenciones bajo la modalidad de Núcleos Ejecutores para Reconstrucción incluidas en el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios; conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada en el artículo precedente se atenderá con cargo a los recursos transferidos mediante Decreto Supremo Nº 270-2019-EF al Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Categoría Presupuestal 0083:

Programa Nacional de Saneamiento Rural, Producto 3.000001: Acciones Comunes, Actividad 5.001778:

Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Rural, Genérica de Gasto 5: Otros Gastos, Fuente de Financiamiento 3: Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, bajo responsabilidad, no podrán ser destinados a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Monitoreo, Seguimiento y Cumplimiento El Programa Nacional de Saneamiento Urbano es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas físicas y financieras para lo cual se realiza la presente Transferencia Financiera.

Artículo 5.- Publicación y Difusión Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y encargar a la Oficina General de Estadística e Informática la difusión de la misma y su Anexo en el portal institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/ vivienda).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RODOLFO YAÑEZ WENDORFF
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 371-2019-VIVIENDA Autorizan Transferencia Financiera para financiar intervenciones bajo la modalidad de Núcleos Ejecutores para Reconstrucción incluidas en el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 371-2019-VIVIENDA
  • Emitida por : Vivienda Construccion y Saneamiento - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-11-13
  • Fecha de aplicacion : 2019-11-14

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