12/30/2019

Tarifario Servicios Tecnológicos Centro RE 334-2019-ITP/DE Produce

Poder Ejecutivo, Produce Modifican el "Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Huallaga - CITEagroindustrial Huallaga" y el "Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Ilo - CITEpesquero Ilo" INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN RE 334-2019-ITP/DE Lima, 23 de diciembre de 2019 VISTO: Los Informes Nº 4 y 7 -2019-ITP/CITEagroindustrial
Poder Ejecutivo, Produce
Modifican el "Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Huallaga - CITEagroindustrial Huallaga" y el "Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Ilo - CITEpesquero Ilo" INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN
RE 334-2019-ITP/DE
Lima, 23 de diciembre de 2019
VISTO:

Los Informes Nº 4 y 7 -2019-ITP/CITEagroindustrial Huallaga de fechas 19 de julio y 7 de octubre de 2019, respectivamente, emitidos por el Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Huallaga - CITEagroindustrial Huallaga; los Memorando Nº 1728 y 1839-2019-ITP/OGRRHH del 7 de noviembre y 2 de diciembre de 2019, respectivamente, emitidos la Oficina de Gestión de Recursos Humanos; los Memorandos Nº 10915, 11284, 12878 y 13076-2019-ITP/OA del 14 y 23 de octubre, 25 y 28 de noviembre de 2019, respectivamente, emitidos por la Oficina de Administración; Informe Nº 543-2019-ITP/OPPM y el Memorando Nº 5789-2019-ITP/ OPPM del 4 y 12 de diciembre de 2019, respectivamente, emitidos por la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe Nº 1115-2019-ITP/OAJ de fecha 13 de diciembre de 2019, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Que, de acuerdo con el artículo 2, los literales c) y d) del artículo 16 y el artículo 17 del Decreto Legislativo Nº 92, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1451, el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) promueve el consumo de recursos hidrobiológicos, productos agroindustriales y otros productos industriales de competencia del sector producción; y, cuando fuera necesario, la comercialización y distribución de los mismos, contando entre sus recursos directamente recaudados los que se generen de estas actividades;

Que, el numeral 44.2 del artículo 44 y el artículo 45 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto
Tecnológico de la Producción (ITP), aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2016-PRODUCE, dispone que los ingresos propios provenientes del desarrollo de las actividades que realiza el ITP, así como de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica (CITE), constituyen tasas o tarifas, según correspondan, las cuales serán determinadas en cada caso, en el marco de la legislación vigente;


Que, de conformidad con el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1228 y el artículo 41 del Reglamento de Organización y Funciones del ITP, los CITE púbicos del Sector Producción son órganos desconcentrados del ITP
encargados de contribuir a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas y los sectores productivos a través de las actividades de capacitación y asistencia técnica, asesoría especializada para la adopción de nuevas tecnologías; transferencia tecnológica, investigación, desarrollo e innovación productiva y servicios tecnológicos, difusión de información;
interrelación de actoras/es estratégicos y generación de sinergias, bajo un enfoque de demanda;

Que, de acuerdo con el artículo 8 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1228, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2016-PRODUCE, los CITE públicos realizan sus intervenciones a través de servicios de (i)
Transferencia Tecnológica, (ii) Capacitación en temas de producción, gestión, comercialización, tecnología, proveedores, mercados, tendencias, entre otros; (iii)
Investigación, desarrollo e innovación; y, (iv) Difusión de información;

Que, mediante Resolución Ejecutiva Nº 213-2016-ITP/DE, se aprueba el "Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Huallaga - CITEagroindustrial Huallaga";

Que, mediante los Informes Nº 4 y 7 -2019-ITP/ CITEagroindustrial Huallaga de fechas 19 de julio y 7 de octubre de 2019, respectivamente, el referido CITE remite la propuesta de modificación del Tarifario de Servicios Tecnológicos del referido CITE, incluyendo treinta y tres (33) servicios tecnológicos los mismos que serán prestados por la Unidad Técnica de Ambo;

Que, la Oficina de Gestión de Recursos Humanos mediante Memorando Nº 1728-2019-ITP/OGRRHH del 7 de noviembre de 2019, valida la información del "Costo de Mano de Obra por Minuto" del personal del CITEagroindustrial Huallaga los cuales se encuentran conformes;

Que, mediante los Memorandos Nº 10915 y 11284-2019-ITP/OA de fechas 14 y 23 de octubre de 2019, respectivamente, la Oficina de Administración valida el cálculo del costo presentado de la depreciación de los equipos que intervienen en la prestación del servicio, así como los costos detallados en los Anexos 2 y 4 respecto al "Costo de los materiales Fungibles" y "Costo de los materiales no Fungibles";

Que, mediante Resolución Ejecutiva Nº 003-2017-ITP/DE, se aprueba el "Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Ilo - CITEpesquero Ilo", modificado por la Resolución Ejecutiva Nº 103-2018-ITP/DE;

Que, mediante el Memorando Nº 323-2019-ITP/ CITEpesquero Ilo del 13 de noviembre de 2019, el referido CITE remite la propuesta de modificación del Tarifario de Servicios Tecnológicos del referido CITE, modificando la denominación del Servicio de Asistencia Técnica en la Calidad Pesquera por Asistencia Técnica para la implementación del Programa SCORE, así como la actualización de los costos y eliminar el Servicio de Asesoría Especializada;

Que, la Oficina de Gestión de Recursos Humanos mediante Memorando Nº 1839-2019-ITP/OGRRHH del 2 de diciembre de 2019, valida la información del "Costo de Mano de Obra por Minuto" del personal del CITEagroindustrial Huallaga los cuales se encuentran conformes;

Que, mediante los Memorandos Nº 12878 y 13076--2019-ITP/OA del fechas 25 y 28 de noviembre de 2019, respectivamente, la Oficina de Administración valida el cálculo del costo presentado de la depreciación de los equipos que intervienen en la prestación del servicio, así como los costos detallados en los Anexos 2 y 4 respecto al "Costo de los materiales Fungibles" y "Costo de los materiales no Fungibles";

Que, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización en cumplimiento de sus funciones, por el Informe Nº 543-2019-ITP/OPPM y el Memorando Nº 5789-2019-ITP/OPPM del 4 y 12 de diciembre de 2019, respectivamente, emite opinión favorable para aprobar las modificaciones del Tarifario de Servicios Tecnológicos del CITEagroindustrial Huallaga y del Tarifario de Servicios Tecnológicos del CITEpesquero Ilo;

Que, por el Informe Nº 1115-2019-ITP/OAJ de fecha 13 de diciembre de 2019, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que resulta jurídicamente viable aprobar las modificaciones del Tarifario de Servicios Tecnológicos del CITEagroindustrial Huallaga y del Tarifario de Servicios Tecnológicos del CITEpesquero Ilo;

Que, con la aprobación de la propuesta de modificación del Tarifario de Servicios Tecnológicos del CITEagroindustrial Huallaga se estaría poniendo a disposición de la ciudadanía nuevos servicios a ser prestados por la Unidad Técnica de Ambo y con la aprobación de la propuesta de modificación del Tarifario de Servicios Tecnológicos del CITEpesquero Ilo se estaría poniendo a disposición de la ciudadanía una nueva unidad de medida - que a su vez permite un cálculo más preciso de los costos de estos para el ciudadano - lo cual es conforme a lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el artículo 11 de la Ley n.º 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y sus modificatorias;

Que, el numeral 43.4 del artículo 43 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 00 4-2019-JUS, dispone que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular, establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento; y el segundo parrado del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 88-2001-PCM dispone que toda modificación a la Resolución mencionada deberá aprobarse por Resolución del Titular y publicarse en el Diario Oficial "El Peruano";

Con la visación de la Secretaría General, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 92, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1451 que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Decreto Supremo Nº 88-2001-PCM, norma que establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes; el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2016-PRODUCE;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Modificar el "Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Huallaga -
CITEagroindustrial Huallaga", aprobado por la Resolución Ejecutiva Nº 213-2016-ITP/DE, incluyendo treinta tres (33) servicios que como Anexo 1 forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Modificar el "Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Ilo - CITEpesquero Ilo", aprobado por la Resolución Ejecutiva Nº 003-2017-ITP/DE y modificatoria, conforme con el Anexo 2
que forma parte integrante de la presente Resolución y eliminar el Servicio de Asesoría Especializada Nº 3
denominado "Formulación de Propuestas Técnicas" del mencionado Tarifario.

Artículo 3.- Publíquese la presente Resolución y sus Anexos en el Diario Oficial "El Peruano".

Artículo 4.- Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información del Instituto Tecnológico de la Producción
(ITP) publique la presente Resolución y sus Anexos en el portal institucional (https://www.gob.pe/produce/itp) el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SERGIO RODRIGUEZ SORIA
Director Ejecutivo
ANEXO 1
Modificación del Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Huallaga - CITEagroindustrial Huallaga.

CITEagroindustrial Huallaga Unidad Técnica Agroindustrial Ambo Nº Denominación del Servicio Tecnológico Requisitos Unidad de Medida Precio de venta 1
% UIT
Servicios de Transferencia Tecnológica Asistencia Técnica 1 Asistencia técnica específica en desarrollo tecnológico. Solicitud dirigida al Director/a del Órgano 5
Hora 28.00 0.6667
2 Asistencia técnica programa implementación del sistema HACCP
2
. Hora 28.80 0.6857
Diseño, Desarrollo y/o Mejora de Productos 3 Desarrollo de prototipo de frutos andinos (granadilla, aguaymanto, durazno, lúcuma, y otros).

Solicitud dirigida al Director/a del Órgano 5
Hora 31.40 0.7476
Soporte Productivo 4 Elaboración de deshidratado de frutas (aguaymanto, lúcuma, durazno, entre otras).

Solicitud dirigida al Director/a del Órgano 5
Kilogramo 2.50 0.0595
5 Elaboración de harina de frutas (lúcuma, plátano, entre otras). Kilogramo 2.90 0.0690
6 Elaboración de mermelada de frutas (aguaymanto, granadilla, durazno, entre otras). Kilogramo 2.10 0.0500
7 Elaboración de néctar de frutas (aguaymanto, granadilla, durazno, entre otras). Kilogramo 1.80 0.0429
8 Elaboración de pulpa de frutas (aguaymanto, granadilla, durazno, entre otras). Kilogramo 2.00 0.0476
9 Servicio de molienda. Kilogramo 0.50 0.0119
Laboratorio 10 Determinación de humedad - Método de estufa AOAC
3
. Ensayo 25.70 0.6119
11 Determinación de pH - Método potenciométrico AOAC
3
. Ensayo 21.20 0.5048
12 Determinación de Acidez total - Método de titulación AOAC
3
. Ensayo 31.50 0.7500
13 Determinación de sólidos totales - Método del refractómetro AOAC
3
. Ensayo 16.60 0.3952
14 Determinación de cloruros - Método AOAC
3
. Ensayo 39.10 0.9310
15 Determinación de cloro residual en agua - Método AOAC
3
. Ensayo 19.30 0.4595
16 Estudio de vida útil de productos alimenticios mediante pruebas aceleradas (3 meses). Servicio 1919.60 45.7048
17 Numeración de microorganismos Aerobios Mesofilos Viables - Método ICMSF
4
. Ensayo 55.50 1.3214
18 Numeración de Coliformes totales - Método ICMSF
4
. Ensayo 53.30 1.2690
19 Numeración de Escherichia coli - Método ICMSF
4
. Solicitud dirigida al Director/a del Órgano 5
Ensayo 113.10 2.6929
20 Numeración de Mohos y Levaduras - Método de Recuento en Placa ICMSF
4
. Ensayo 69.50 1.6548
21 Identificación de Salmonella - Método siembra en placa en medio selectivo ICMSF
4
. Ensayo 116.90 2.7833
22 Recuento de estafilococos coagulasa positivos - Método ICMSF
4
. Ensayo 76.10 1.8119
23 Aislamiento e identificación de listeria monocytogenes. Ensayo 126.60 3.0143
24 Determinación de grasa total - Método AOAC
3
. Ensayo 74.20 1.7667
Servicios de Capacitación Producción 25 Procesamiento de deshidratado de frutas. Hora 3.40 0.0810
26 Procesamiento de mermeladas y jaleas. Hora 3.10 0.0738
27 Procesamiento de pulpas y bebidas de frutas.

Solicitud dirigida al Director/a del Órgano 5
Hora 5.40 0.1286
Gestión 28 Costeo en la agroindustria.

Solicitud dirigida al Director/a del Órgano 5
Hora 2.70 0.0643
29 Diseño de etiquetado de alimentos. Hora 2.40 0.0571
30 Gestión en I+D+i. Hora 2.30 0.0548
31 Procesamiento de alimentos en planta aplicando el sistema HACCP
2
. Hora 4.00 0.0952
Servicios de Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+i)
Investigación para Nuevos Planteamientos y Soluciones 32 Formulación de proyectos de innovación. Solicitud dirigida al Director/a del Órgano 5
Hora 32.40 0.7714
33 Planes de negocio. Hora 32.60 0.7762
Nota:

1
El precio de venta está expresado en soles e incluye el Impuesto General a las Ventas (IGV). El pago se hará en efectivo, cheque o transferencia bancaria a la cuenta del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), proporcionada por el CITEagroindustrial Huallaga.

2
El sistema HACCP (Hazard Analysis and Critical Control Points), también conocido como el Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control, es un sistema de inocuidad alimentaria basado en la identificación de todos los peligros potenciales en los ingredientes y los distintos procesos de producción de los alimentos.

3
Es el método oficializado por the Association of Official Agricultural Chemists, el cual ha sido sustentado por el CITEagroindustrial Huallaga para los ensayos fisicoquímicos de sus servicios.

4 Es el método oficializado por the Commission on Microbiological Specifications for Foods, el cual ha sido sustentado por el CITEagroindustrial Huallaga.

5 La solicitud tiene carácter de Declaración Jurada y obligatoria según Formulario ITP-00-FR-0001.

6
La cantidad de horas y números de participantes por tipo de servicio tecnológico es definida por el CITEagroindustrial Huallaga, considerando la estructura de costos que dio origen al presente tarifario de servicio tecnológico.

7
Los servicios tecnológicos brindados fuera de las instalaciones del CITE, no incluyen gastos por alimentos, transporte y hospedaje; estos se describirán en la propuesta económica presentada por el CITEagroindustrial Huallaga.

ANEXO 2
Modificación del Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Ilo - CITEpesquero Ilo CITEpesquero Ilo Nº Denominación del Servicio Tecnológico Requisitos Unidad de Medida Precio de venta 1
% UIT
Servicios de Transferencia Tecnológica Asistencia Técnica 1 Asistencia técnica para la implementación del Programa SCORE.

Solicitud dirigida al Director/a del Órgano 2
Hora 56.20 1.3381
Nota:

1
El precio de venta está expresado en soles e incluye el Impuesto General a las Ventas (IGV). El pago se hará en efectivo, cheque o transferencia bancaria a la cuenta del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), proporcionada por el CITEpesquero Ilo.

2 La solicitud tiene carácter de Declaración Jurada y obligatoria según Formulario ITP-00-FR-0001.

3
La cantidad de horas y números de participantes por tipo de servicio tecnológico es definida por el CITEpesquero Ilo, considerando la estructura de costos que dio origen al presente tarifario de servicio tecnológico.

4
Los servicios tecnológicos brindados fuera de las instalaciones del CITE, no incluyen gastos por alimentos, transporte y hospedaje; estos se describirán en la propuesta económica presentada por el CITEpesquero Ilo.

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RE 334-2019-ITP/DE Modifican el "Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Huallaga - CITEagroindustrial Huallaga" y el "Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Ilo - CITEpesquero Ilo" INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN EJECUTIVA
  • Numero : 334-2019-ITP/DE
  • Emitida por : Produce - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-12-30
  • Fecha de aplicacion : 2019-12-31

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