3/02/2020

Transferencia Partidas Presupuesto Sector Público DS 037-2020-EF Economia y Finanzas

Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor de diversos Pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales DS 037-2020-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Décima Octava Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, señala que, en el
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor de diversos Pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales
DS 037-2020-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:



Que, la Décima Octava Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, señala que, en el marco de lo dispuesto en el primer párrafo de la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, durante el Año Fiscal 2020, se autoriza al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS) a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional hasta por la suma de S/ 30 000
000,00 (TREINTA MILLONES Y 00/100 SOLES), a favor de las entidades del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales para financiar la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad (EASS), la cual incluye la operación y mantenimiento de las Plataformas Itinerantes de Acción Social (PIAS), las que se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, a propuesta de esta última;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 002-2020-MIDIS
se aprueban las acciones que el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Cultura, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Gobierno Regional del Departamento de Loreto, el Gobierno Regional del Departamento de Puno y el Gobierno Regional del Departamento de Ucayali deben cumplir para hacer efectiva la transferencia de los recursos señalados en la Décima Octava Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019;


Que, mediante Informe Nº 008-2020-MlDlS/SG/ OGPPM/OP, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del MIDIS sustenta la disponibilidad de recursos y propone realizar la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, a favor de los pliegos Ministerio de Defensa, Ministerio de Cultura, Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, Gobierno Regional del Departamento de Loreto, Gobierno Regional del Departamento de Puno y Gobierno Regional del Departamento de Ucayali, para financiar la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad (EASS), la cual incluye la operación y mantenimiento de las Plataformas Itinerantes de Acción Social (PIAS); en virtud de ello, mediante Oficio Nº 120-2020-MIDIS/SG, el citado ministerio solicita dar trámite a la referida Transferencia de Partidas;


Que, de acuerdo a la información proporcionada por el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante el Informe Nº 0305-2020-EF/53.04 remite costeo para financiar la contratación de servidores CAS;

Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 28 344 546,00 (VEINTIOCHO MILLONES TRESCIENTOS
CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CUARENTA
Y SEIS Y 00/100 SOLES) a favor del Ministerio de Defensa, el Ministerio de Cultura, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Gobierno Regional del Departamento de Loreto, el Gobierno Regional del Departamento de Puno y el Gobierno Regional del Departamento de Ucayali, para financiar la EASS, la cual incluye la operación y mantenimiento de las PIAS;

De conformidad con lo dispuesto en la Décima Octava Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020;

DECRETA:



Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 28 344 546,00 (VEINTIOCHO
MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL
QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Defensa, el Ministerio de Cultura, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Gobierno Regional del Departamento de Loreto, el Gobierno Regional del Departamento de Puno y el Gobierno Regional del Departamento de Ucayali, para financiar la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad (EASS), la cual incluye la operación y mantenimiento de las Plataformas Itinerantes de Acción Social (PIAS), de acuerdo con el siguiente detalle:

DE LA
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 040 : Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social UNIDAD EJECUTORA 008 : Programa Nacional Plataformas de Acción para la Inclusión Social -
PAIS
CATEGORIA
PRESUPUESTARIA 9002 : Acciones Presupuestarias que No Resultan en Productos - APNOP
ACTIVIDAD 5002358 : Gestión de las Prestaciones Sociales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios En Soles
GASTO CORRIENTE
2.4 Donaciones y Transferencias 28 344 546,00
TOTAL EGRESOS 28 344 546,00
===========
A LA En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO : Gobierno Nacional FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios SUB TOTAL 21 800 549,00
===========
SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos Regionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios
SUB TOTAL 6 543 997,00
===========
TOTAL EGRESOS 28 344 546,00
===========
1.2 El pliego habilitador y los pliegos habilitados en el numeral 1.1 y los montos de transferencia por pliego se
detallan en el Anexo Nº 1 "Transferencia de Partidas a pliegos del Gobierno Nacional para financiar la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad", y en el Anexo Nº 2 "Transferencia de Partidas a pliegos de Gobiernos Regionales para financiar la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad", que forman parte integrante del presente Decreto Supremo, los cuales se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitador y de los pliegos habilitados en la Transferencia de Partidas aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran, como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social y por la Ministra de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de febrero del año dos mil veinte.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
FABIOLA MUÑOZ DODERO
Ministra del Ambiente Encargada del despacho del Ministerio de Economía y Finanzas
ARIELA MARIA DE LOS MILAGROS LUNA FLOREZ
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 037-2020-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor de diversos Pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 037-2020-EF
  • Emitida por : Economia y Finanzas - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2020-03-01
  • Fecha de aplicacion : 2020-03-02

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.