5/18/2020

Guía 001 2020 midis lineamientos Gestión RM 087-2020-MIDIS Desarrollo e Inclusion Social

Poder Ejecutivo, Desarrollo e Inclusion Social Aprueban la Guía Nº 001-2020-MIDIS "Lineamientos de Gestión para el Almacenamiento y Atención de Comedores del Programa de Complementación Alimentaria - PCA durante y después de la Emergencia Sanitaria para prevenir la propagación del Coronavirus (COVID-19)" RM 087-2020-MIDIS Lima, 16 de mayo de 2020 VISTOS: El Memorando Nº 131-2020-MIDIS/VMPS, emitido por el Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; el
Poder Ejecutivo, Desarrollo e Inclusion Social
Aprueban la Guía Nº 001-2020-MIDIS "Lineamientos de Gestión para el Almacenamiento y Atención de Comedores del Programa de Complementación Alimentaria - PCA durante y después de la Emergencia Sanitaria para prevenir la propagación del Coronavirus (COVID-19)"
RM 087-2020-MIDIS
Lima, 16 de mayo de 2020
VISTOS:

El Memorando Nº 131-2020-MIDIS/VMPS, emitido por el Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales;
el Informe Nº 26-2020-MIDIS/VMPS/DGDAPS, emitido por la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales; el Memorando Nº 305-2020-MIDIS/ SG/OGPPM, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº 133-2020-MIDIS/SG/OGAJ, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 26-2020-MIDIS/VMPS/ DGDAPS/DPSC, emitido por la Dirección de Prestaciones Sociales Complementarias de la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales; y, el Informe Nº 031-2020-MIDIS/SG/OGPPM/OM, emitido por la Oficina de Modernización de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y,

CONSIDERANDO:



Que, mediante Ley Nº 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica;

asimismo, se establece que dicho Ministerio es el organismo rector de las políticas de desarrollo e inclusión social a nivel intergubernamental, dentro del marco del proceso de descentralización y en el ámbito del desarrollo social, superación de la pobreza, promoción de la inclusión y equidad social, así como de protección social de poblaciones en situación de riesgo, vulnerabilidad y abandono;

Que, el numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Supremo Nº 006-2016-MIDIS, Decreto Supremo que establece funciones que corresponden al Gobierno Nacional, Gobiernos Locales y las organizaciones que participan en el Programa de Complementación Alimentaria - PCA, señala que el Programa de Complementación Alimentaria - PCA otorga un apoyo alimentario a sus usuarios a través de los centros de atención agrupados en un conjunto de modalidades;


Que, de acuerdo con el numeral 3.2 del artículo 3 y el literal a) del artículo 6 del citado Decreto Supremo Nº 006-2016-MIDIS, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social tiene como función, entre otras, establecer, mediante resolución ministerial, los lineamientos de gestión y medidas necesarias para el cumplimiento de los objetivos del Programa de Complementación Alimentaria - PCA; asimismo, en el literal b) del acotado artículo 6
se indica que es función, entre otras, de dicho Ministerio el formular políticas, normas generales y normas técnicas de alcance nacional para los procesos de ejecución, supervisión, seguimiento, monitoreo y evaluación del Programa de Complementación Alimentaria - PCA;

Que, conforme al artículo 12 del Reglamento de las Modalidades de Atención del Programa de Complementación Alimentaria - PCA, aprobado por Resolución Ministerial Nº 167-2016-MIDIS, los Comedores, entre otras, son una modalidad del Programa de Complementación Alimentaria - PCA, los cuales son Organizaciones Sociales de Base conformadas por personas, que tienen como actividad principal la preparación de alimentos y el apoyo social, pudiendo ser Comedor Popular, Comedor Clubes de Madres, Comedor Parroquial y otros afines;

Que, el artículo 44 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobada por Decreto Supremo Nº 003-2020-MIDIS, establece que la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales, es el órgano de línea responsable de diseñar e innovar los nuevos modelos o modalidades de atención de los Programas Sociales y Prestaciones Sociales Complementarias, siendo responsable de articular las prestaciones sociales y de supervisar el efectivo cumplimiento de las políticas y normativa general por parte de los Programas Sociales y Prestaciones Sociales Complementarias en línea con la Política Sectorial y Políticas nacionales promovidas por el Estado en materia de Desarrollo e Inclusión Social; asimismo, el literal a) del artículo 45 de la acotada Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones señala que es función de la referida Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales, entre otras, el proponer y aprobar la implementación, estandarización y sincronización de las prestaciones y programas sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, cuando corresponda;

Que, a su vez, el literal a) artículo 97 de la Sección Segunda del Reglamento de Organización del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobada por Resolución Ministerial Nº 046-2020-MIDIS, establece que es función, entre otras, de la Dirección de Prestaciones Sociales Complementarias, el formular y proponer normas y lineamientos para la gestión de las prestaciones sociales complementarias;

Que, a través del Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, se declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario, por la existencia del COVID-19, y se dictan medidas de prevención y control para evitar la propagación del COVID-19;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM, se declara el Estado de Emergencia Nacional y se dispone el aislamiento social obligatorio por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, las cuales incluyen la suspensión de todas las actividades en el sector público y privado que no estén exceptuadas específicamente en la citada norma; el cual ha sido precisado o modificado por los Decretos Supremos Nº 045-2020-PCM, Nº 046-2020-PCM, Nº 051-2020-PCM, Nº 053-2020-PCM, Nº 057-2020-PCM, Nº 058-2020-PCM, Nº 061-2020-PCM, Nº 063-2020-PCM, Nº 064-2020-PCM, Nº 068-2020-PCM, Nº 072-2020-PCM y Nº 083-2020-PCM, y prorrogado mediante los Decretos Supremos Nº 051-2020-PCM, Nº 064-2020-PCM, Nº 075-2020-PCM y Nº 083-2020-PCM, hasta el 24 de mayo de 2020;

Que, en tal contexto, y en el marco de sus funciones previstas en la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, la Dirección de Prestaciones Sociales Complementarias, mediante el Informe Nº 26-2020-MIDIS/VMPS/DGDAPS/DPSC, se sustenta la Guía denominada "Lineamientos de Gestión para el Almacenamiento y Atención de Comedores del Programa de Complementación Alimentaria - PCA durante y después de la Emergencia Sanitaria para prevenir la propagación del Coronavirus (COVID-19)", a fin de garantizar una adecuada gestión de los Comedores del Programa de Complementación Alimentaria-PCA, durante y después de la Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el COVID
-19; identificando la importancia de la operatividad de los mismos y reconociendo a las representantes de los Comedores como aliadas estratégicas del Estado para la comunidad en el acceso a alimentación a bajo costo; habiendo sido elaborada la referida propuesta de documento normativo con la asistencia técnica del Programa Mundial de Alimentos - PMA;

Que, la Guía denominada "Lineamientos de Gestión para el Almacenamiento y Atención de Comedores del Programa de Complementación Alimentaria - PCA durante y después de la Emergencia Sanitaria para prevenir la propagación del Coronavirus (COVID-19)", propuesta por la Dirección de Prestaciones Sociales Complementarias cuenta con la conformidad del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales y de la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales, de acuerdo con lo señalado en el Memorando Nº 131-2020-MIDIS/VMPS e Informe Nº 26-2020-MIDIS/ VMPS/DGDAPS, respectivamente; asimismo, cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria - DIGESA del Ministerio de Salud, según lo indicado en el Oficio Nº 134-2020/DG/DIGESA, así como de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Oficina de Modernización, conforme a lo indicado en el Memorando Nº 305-2020-MIDIS/SG/OGPPM e Informe Nº 031-2020-MIDIS/SG/OGPPM/OM, respectivamente;

Que, por lo expuesto, a fin de dar continuidad al funcionamiento de los Comedores del Programa de Complementación Alimentaria - PCA durante y después de la Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el COVID-19, resulta necesario aprobar la Guía denominada "Lineamientos de Gestión para el Almacenamiento y Atención de Comedores del Programa de Complementación Alimentaria - PCA durante y después de la Emergencia Sanitaria para prevenir la propagación del Coronavirus (COVID-19)", la cual ha sido elaborada en base al análisis del contexto de la Emergencia Sanitaria a nivel nacional, la realidad y características en la que funcionan los Comedores a nivel nacional, respetando las principales medidas adoptadas por las entidades competentes del Estado Peruano en materia de salud e inocuidad alimentaria, con el fin de salvaguardar la seguridad sanitaria de los miembros de los Comedores, sus familias, usuarios y comunidad en general, contribuyendo así al acceso a la alimentación de la población vulnerable y a la prevención de la propagación del COVID-19;

Con los visados del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, de la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y, las Secciones Primera y Segunda de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobadas por Decreto Supremo Nº 003-2020-MIDIS y Resolución Ministerial Nº 046-2020-MIDIS, respectivamente;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobar la Guía Nº 001-2020-MIDIS
"Lineamientos de Gestión para el Almacenamiento y Atención de Comedores del Programa de Complementación Alimentaria - PCA durante y después de la Emergencia Sanitaria para prevenir la propagación del Coronavirus (COVID-19)", cuyo texto, en Anexo, forma parte de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales la elaboración de los lineamientos que corresponda para el manejo de residuos que ocasione la actividad de los Comedores del Programa de Complementación Alimentaria-PCA, con la participación y conformidad del Ministerio del Ambiente.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www. midis.gob.pe), en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ARIELA MARIA DE LOS MILAGROS LUNA FLOREZ
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 087-2020-MIDIS Aprueban la Guía Nº 001-2020-MIDIS "Lineamientos de Gestión para el Almacenamiento y Atención de Comedores del Programa de Complementación Alimentaria - PCA durante y después de la Emergencia Sanitaria para prevenir la propagación del Coronavirus (COVID-19)"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 087-2020-MIDIS
  • Emitida por : Desarrollo e Inclusion Social - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2020-05-17
  • Fecha de aplicacion : 2020-05-18

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