5/21/2020

Precisan Artículo 2 Rm 160 2020 produce Cuanto 162-2020-PRODUCE Produce

Poder Ejecutivo, Produce Precisan el artículo 2 de la R.M. Nº 160-2020-PRODUCE en cuanto a los procedimientos que se tramitan a través de la Plataforma de Trámites Digitales de PRODUCE Virtual o de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) RM 162-2020-PRODUCE Lima, 19 de mayo de 2020 VISTOS: El Informe Nº 00000046-2020-PRODUCE/ DN de la Dirección de Normatividad de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio del Despacho Viceministerial de MYPE
Poder Ejecutivo, Produce
Precisan el artículo 2 de la R.M. Nº 160-2020-PRODUCE en cuanto a los procedimientos que se tramitan a través de la Plataforma de Trámites Digitales de PRODUCE Virtual o de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE)
RM 162-2020-PRODUCE
Lima, 19 de mayo de 2020
VISTOS: El Informe Nº 00000046-2020-PRODUCE/ DN de la Dirección de Normatividad de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, el Informe Nº 00000295-2020-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Que, mediante Resolución Ministerial Nº 160-2020-PRODUCE se aprueba el listado de procedimientos cuya tramitación no se encuentra sujeta a la suspensión de plazos establecida en la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 026-2020, ni en el artículo 28 del Decreto de Urgencia Nº 029-2020;

Que, el artículo 2 de la citada resolución ministerial señala que los procedimientos incluidos en el listado aprobado por el artículo 1 se tramitan a través de la Plataforma de Tramites Digitales del Ministerio de la Producción (PRODUCE VIRTUAL);

Que, mediante el informe de vistos, la Dirección de Normatividad señala que dentro del listado aprobado mediante la citada resolución ministerial existen procedimientos que son tramitados también a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), por lo que resulta necesario realizar la precisión respectiva;


De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE y modificatoria, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Precisar el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 160-2020-PRODUCE, el cual queda redactado en los siguientes términos:
"Articulo 2.- Tramitación Los procedimientos incluidos en el Listado aprobado por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, se tramitan a través de la Plataforma de Tramites Digitales del Ministerio de la Producción (PRODUCE Virtual) o de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), de corresponder".


Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución ministerial en el diario oficial El Peruano, así como también en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www. gob.pe/produce) el mismo día de su publicación en el Diario Oficial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROCÍO BARRIOS ALVARADO
Ministra de la Producción

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 162-2020-PRODUCE Precisan el artículo 2 de la R.M. Nº 160-2020-PRODUCE en cuanto a los procedimientos que se tramitan a través de la Plataforma de Trámites Digitales de PRODUCE Virtual o de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE)
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 162-2020-PRODUCE
  • Emitida por : Produce - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2020-05-20
  • Fecha de aplicacion : 2020-05-21

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.