Inicio
Últimas normas legales
Precisan Artículo 2 Rm 160 2020 produce Cuanto 162-2020-PRODUCE Produce
5/21/2020
Precisan Artículo 2 Rm 160 2020 produce Cuanto 162-2020-PRODUCE Produce
Poder Ejecutivo, Produce Precisan el artículo 2 de la R.M. Nº 160-2020-PRODUCE en cuanto a los procedimientos que se tramitan a través de la Plataforma de Trámites Digitales de PRODUCE Virtual o de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) RM 162-2020-PRODUCE Lima, 19 de mayo de 2020 VISTOS: El Informe Nº 00000046-2020-PRODUCE/ DN de la Dirección de Normatividad de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio del Despacho Viceministerial de MYPE
Precisan el artículo 2 de la R.M. Nº 160-2020-PRODUCE en cuanto a los procedimientos que se tramitan a través de la Plataforma de Trámites Digitales de PRODUCE Virtual o de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE)
RM 162-2020-PRODUCE
Lima, 19 de mayo de 2020
VISTOS: El Informe Nº 00000046-2020-PRODUCE/ DN de la Dirección de Normatividad de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, el Informe Nº 00000295-2020-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 160-2020-PRODUCE se aprueba el listado de procedimientos cuya tramitación no se encuentra sujeta a la suspensión de plazos establecida en la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 026-2020, ni en el artículo 28 del Decreto de Urgencia Nº 029-2020;
Que, el artículo 2 de la citada resolución ministerial señala que los procedimientos incluidos en el listado aprobado por el artículo 1 se tramitan a través de la Plataforma de Tramites Digitales del Ministerio de la Producción (PRODUCE VIRTUAL);
Que, mediante el informe de vistos, la Dirección de Normatividad señala que dentro del listado aprobado mediante la citada resolución ministerial existen procedimientos que son tramitados también a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), por lo que resulta necesario realizar la precisión respectiva;
TAMBIEN PUEDES VER: Listado Trece Procedimientos Cargo Dirección RPE 034-2020-INACAL/PE Produce
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE y modificatoria, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Precisar el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 160-2020-PRODUCE, el cual queda redactado en los siguientes términos:
"Articulo 2.- Tramitación Los procedimientos incluidos en el Listado aprobado por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, se tramitan a través de la Plataforma de Tramites Digitales del Ministerio de la Producción (PRODUCE Virtual) o de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), de corresponder".
MAS NORMAS LEGALES: Criterios Focalización Territorial obligación RM 161-2020-PRODUCE Produce
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución ministerial en el diario oficial El Peruano, así como también en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www. gob.pe/produce) el mismo día de su publicación en el Diario Oficial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROCÍO BARRIOS ALVARADO
Ministra de la Producción
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 162-2020-PRODUCE Precisan el artículo 2 de la R.M. Nº 160-2020-PRODUCE en cuanto a los procedimientos que se tramitan a través de la Plataforma de Trámites Digitales de PRODUCE Virtual o de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE)
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 162-2020-PRODUCE
- Emitida por : Produce - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2020-05-20
- Fecha de aplicacion : 2020-05-21
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)