9/18/2020

T Exto Único Procedimientos Administrativos RM 218-2020-VIVIENDA Vivienda Construccion y

Poder Ejecutivo, Vivienda Construccion y Saneamiento Modifican el T exto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO y el formulario correspondiente al procedimiento administrativo de "Acceso a la Información Pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre o posee bajo su control" RM 218-2020-VIVIENDA Lima, 14 de setiembre de 2020 VISTOS: El Oficio Nº 79-2020-VIVIENDA/SENCICO-02.00
Poder Ejecutivo, Vivienda Construccion y Saneamiento
Modifican el T exto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO y el formulario correspondiente al procedimiento administrativo de "Acceso a la Información Pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre o posee bajo su control"
RM 218-2020-VIVIENDA
Lima, 14 de setiembre de 2020
VISTOS:

El Oficio Nº 79-2020-VIVIENDA/SENCICO-02.00 del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO; el Memorando Nº 988-2020-VIVIENDA-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto-OGPP, el Informe Nº 165-2020-VIVIENDA/OGPP-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización; y,

CONSIDERANDO:



Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2006-VIVIENDA, y su modificatoria aprobada por Decreto Supremo Nº 019-2009-VIVIENDA, se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO, el mismo que contiene once (11) procedimientos administrativos;

Que, el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 117-2019-PCM, establece que las entidades están obligadas a actualizar su TUPA, de acuerdo a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, en adelante el TUO de la Ley Nº 27444;


Que, en virtud de la norma señalada en el considerando precedente, el SENCICO a través del documento de vistos, propone la actualización y modificación de su TUPA, a fin de eliminar diez (10) procedimientos administrativos, así como modificar el procedimiento administrativo de "Acceso a la Información Pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre o posea bajo su control", y su respectivo formulario;

Que, el numeral 40.5 del artículo 40 del TUO de la Ley Nº 27444, establece que las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplificación de los mismos pueden aprobarse por Resolución Ministerial, en concordancia con el numeral 44.5, del artículo 44 del mismo cuerpo normativo, que establece que una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector;


Que, el numeral 19.1 del artículo 19 de los "Lineamientos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA)", aprobados por Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, dispone que una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se aprueba con Resolución Ministerial;

Que, el Decreto Supremo Nº 110-2018-PCM, ratifica en su artículo 2, el procedimiento administrativo: "Acceso a la información pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre o posee bajo su control", establecido en los artículos 10 y 11 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2019- JUS, y en el artículo 10 de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, toda vez que constituye un procedimiento administrativo que toda entidad pública debe establecer en su TUPA, al tratarse de un procedimiento común y de obligatorio cumplimiento para todas la entidades de la administración pública;

Que, en atención a la propuesta de actualización y modificación del TUPA, presentada por el SENCICO a través del Oficio Nº 79-2020-VIVIENDA/SENCICO-02.00, la Oficina de Planeamiento y Modernización de la OGPP de este Ministerio, ha emitido opinión favorable por medio del Informe Nº 165-2020-VIVIENDA/OGPP-OPM, conforme a la normativa sobre la materia;

De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA y modificado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO.

Modificar el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO, el mismo que en Anexo 1 forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Eliminación de Procedimientos Administrativos.

Eliminar diez (10) procedimientos administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos del SENCICO, conforme a lo señalado en el Anexo 2 que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 3.- Modificación de Formulario Modificar el formulario correspondiente al procedimiento administrativo de "Acceso a la Información Pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre o posee bajo su control" del T exto Único de Procedimientos Administrativos del SENCICO, el cual se encuentra comprendido en el Anexo 3
que forma parte de la presente resolución.

Artículo 4.- Publicación Publicar la presente resolución y sus Anexos en el portal del Diario Oficial El Peruano; adicionalmente difundir la misma a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano, y en el Portal Institucional del SENCICO (www.sencico. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS LOZADA CONTRERAS
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACIÓN PARA
LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN - SENCICO
{N}RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 218 -2020-VIVIENDA
ANEXO Nº 02
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS A
ELIMINAR DEL TUPA DEL SENCICO (SEGÚN NÚMERO DE ORDEN ANTES DE LA PRESENTE
MODIFICACIÓN)
Nº de Orden
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS A ELIMINAR
1 Expedición de certificados y constancias de las carreras y cursos de capacitación general 2 Otorgamiento del título técnico y título técnico escuela 3 Otorgamiento de certificación ocupacional en las gerencias zonales 4 Evaluación técnica de sistemas constructivos no convencionales 5 Evaluación y certificación de la cocina mejorada 6 Devolución de pago en exceso de la contribución del SENCICO
7 Inscripción en el padrón de contribuyentes al SENCICO
8 Otorgamiento de certificado de no adeudo al SENCICO
9 Derechos pensionarios y subsidios 10 Servicio de fedatarios
SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACIÓN PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN-
SENCICO
{N}RESOLUCION MINISTERIAL Nº 218 -2020-VIVIENDA
ANEXO Nº 03
APELLIDOS Y NOMBRES:
...........................................................................................................

FIRMA
FECHA Y HORA DE RECEPCION:

OBSERVACIONES:
............................................................................................................................................................................................................
............ ............................................................................................................................................................................................................
............ (*) El envio via correo electronico es GRATUITO, siempre y cuando la naturaleza de la información solicitada y la capacidad de la Entidad asi lo permitan. (**) Otros medios magnéticos que sean proporcionados por el SOLICITANTE.

INFORMACION PARA SER COMPLETADA POR LA INSTITUCION:

IV. DEPENDENCIA DE LA CUAL SE REQUIERE LA INFORMACIÓN:

V. FUNCIONARIO RESPONSABLE DE ENTREGAR LA INFORMACION
ESPECIFICAR
III. FORMA DE ENTREGA DE LA INFORMACIÓN (marcar con una "x")
COPIA
SIMPLE
COPIA
FEDATEADA
PLOTTER (*)CORREO
ELECTRONICO
(**)OTROS:

ESPECIFICAR
PROVINCIA DEPARTAMENTO CORREO ELECTRONICO TELEFONO
II. INFORMACION SOLICITADA
I. DATOS DEL SOLICITANTE
APELLIDOS Y NOMBRES/RAZON SOCIAL DOCUMENTO DE IDENTIDAD
D.N.I./L.M./C.E./OTRO
DOMICILIO
AV/CALLE/JR/PSJ Nº/DPTO./INT. URBANIZACION DISTRITO
SOLICITUD DE ACCESO A LA
INFORMACION PUBLICA (Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N' 043-2003-PCM)
Nº DE REGISTRO
FORMULARIO Nº 001-TUPA

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 218-2020-VIVIENDA Modifican el T exto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO y el formulario correspondiente al procedimiento administrativo de "Acceso a la Información Pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre o posee bajo su control"
  • Tipo de norma : RESOLUCION MINISTERIAL
  • Numero : 218-2020-VIVIENDA
  • Emitida por : Vivienda Construccion y Saneamiento - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2020-09-17
  • Fecha de aplicacion : 2020-09-18

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