Ratifícan el Addendum Nº 3 al Convenio de Financiación Nº DCI-ALA/2015/037-956 entre la Unión Europea y la República del Perú relativo al "Programa de Apoyo a la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social"
DS 035-2020-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Addendum Nº 3 al Convenio de Financiación Nº DCI-ALA/2015/037-956 entre la Unión Europea y la República del Perú relativo al "Programa de Apoyo a la Estrategia Nacional…
Ratifícan el Addendum Nº 3 al Convenio de Financiación Nº DCI-ALA/2015/037-956 entre la Unión Europea y la República del Perú relativo al "Programa de Apoyo a la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social"
DS 035-2020-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Addendum Nº 3 al Convenio de Financiación Nº DCI-ALA/2015/037-956 entre la Unión Europea y la República del Perú relativo al "Programa de Apoyo a la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social"
fue formalizado mediante intercambio de notas, nota Ares (2020) 2699995 de la Unión Europea del 25 de mayo de y nota RE (APC) Nº 7-10-B 0002-del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú del 3 de julio de 2020;
Que es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional;
Que es conforme con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú, que facultan al Presidente de la República para celebrar tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso;
DECRETA:
Artículo 1º.- Ratifícase el Addendum Nº 3 al Convenio de Financiación Nº DCI-ALA/2015/037-956 entre la Unión Europea y la República del Perú relativo al "Programa de Apoyo a la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social" formalizado mediante intercambio de notas, nota Ares (2020) 2699995 de la Unión Europea del 25 de mayo de y nota RE (APC) Nº 7-10-B 0002-del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú del 3 de julio de 2020.
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Artículo 2º.- De conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto íntegro del referido Addendum Nº 3, así como la fecha de entrada en vigencia.
Artículo 3º.- Dése cuenta al Congreso de la República.
Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de setiembre del año dos mil veinte.
MAS NORMAS LEGALES: Cuadro Asignación Personal Provisional – Cap RM 279-2020-EF/10 Economia y Finanzas
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
MARIO LÓPEZ CHÁVARRI
Ministro de Relaciones Exteriores
NORMA LEGAL:
- Titulo: DS 035-2020-RE Ratifícan el Addendum Nº 3 al Convenio de Financiación Nº DCI-ALA/2015/037-956 entre la Unión Europea y la República del Perú relativo al "Programa de Apoyo a la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social"
- Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
- Numero : 035-2020-RE
- Emitida por : Relaciones Exteriores - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2020-10-01
- Fecha de aplicacion : 2020-10-02