Inicio
Últimas normas legales
Reconocen Como Representantes Federación Nacional RM 232-2020-TR Trabajo y Promocion del Empleo
10/11/2020
Reconocen Como Representantes Federación Nacional RM 232-2020-TR Trabajo y Promocion del Empleo
Poder Ejecutivo, Trabajo y Promocion del Empleo Reconocen como representantes de la Federación Nacional de Trabajadores Lustradores de Calzado y Afines del Perú - FENTRALUC, ante el Comité Directivo del órgano de dirección y del Comité de Vigilancia del órgano de control de la Caja de Protección y …
Reconocen como representantes de la Federación Nacional de Trabajadores Lustradores de Calzado y Afines del Perú - FENTRALUC, ante el Comité Directivo del órgano de dirección y del Comité de Vigilancia del órgano de control de la Caja de Protección y Asistencia de los Trabajadores Lustradores de Calzado del Perú - CAJAPATRAC, para el período 2020- 2022
RM 232-2020-TR
Lima, 9 de octubre de 2020
VISTOS: El Oficio Nº 048-CEN/FENTRALUC-2020, de la Federación Nacional de Trabajadores Lustradores de Calzado y Afines del Perú - FENTRALUC y el Informe Nº 1968-2020-MTPE/4/8, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 25249, se crea la Caja de Protección y Asistencia de los Trabajadores Lustradores de Calzado - CAJAPATRAC;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-91-TR, se establecieron las normas reglamentarias de la Ley Nº 25249, regulándose en el artículo 9 que la estructura de la CAJAPATRAC está constituida por un órgano de dirección, un órgano de control y un órgano ejecutivo;
Que, el Comité Directivo del órgano de dirección está integrado por un (1) representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y cuatro (4) representantes de los trabajadores acreditados por la Federación Nacional de Trabajadores Lustradores de Calzado y Afines del Perú-FENTRALUC; el Comité de Vigilancia del órgano de control está integrado por un (1) representante de este Ministerio, un (1) representante de la FENTRALUC y un (1) representante de las empresas industriales, acreditado por la Sociedad Nacional de Industrias-SNI;
TAMBIEN PUEDES VER: Transferencia Partidas Presupuesto Sector Público DS 305-2020-EF Economia y Finanzas
Que, la Primera Disposición Final del Decreto Supremo Nº 006-91-TR establece, entre otros, que el reconocimiento de los representantes de la FENTRALUC
se formaliza por Resolución Ministerial de este Sector;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 257-2018-TR, de fecha 9 de octubre de 2018, se reconoció a los representantes de la Federación Nacional de Trabajadores Lustradores de Calzado y Afines del Perú - FENTRALUC, ante el Comité Directivo del órgano de dirección y del Comité de Vigilancia del órgano de control de la Caja de Protección y Asistencia de los Trabajadores Lustradores de Calzado del Perú -
MAS NORMAS LEGALES: Seis Fichas Técnicas Rubro Medicamentos Productos RJ 099-2020-PERU Transportes y Comunicaciones
CAJAPATRAC, para el periodo 2018-2020;
Que, el artículo 11 del Decreto Supremo Nº 006-91-TR, señala que el mandato de los miembros del Comité Directivo será de dos años, pudiendo renovarse sólo por un periodo más;
Que, mediante documento de vistos, la FENTRALUC
comunica al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, que en el XVII Congreso Nacional Ordinario denominado "Eduardo Suárez Silva y Lodecino Campos Poma", realizado del 29 de agosto al 02 de setiembre de 2020, se han elegido a los nuevos representantes de los trabajadores ante los órganos de Dirección y de Control de CAJAPATRAC para el período - 2022, adjuntando para dicho efecto, copia del acta del citado congreso;
Que, en ese sentido, corresponde emitir el acto de administración interna mediante el cual se formalice el reconocimiento de los representantes de los trabajadores ante el Comité Directivo del órgano de dirección y del Comité de Vigilancia del órgano de control de
CAJAPATRAC;
Con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 25249, Ley que crea la Caja de Protección y Asistencia de los Trabajadores Lustradores de Calzado del Perú - CAJAPATRAC; el Decreto Supremo Nº 006-91-TR, Reglamento de la Ley Nº 25249; el numeral 5.2 del artículo 5 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y modificatorias; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 308-2019-TR;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- RECONOCER como representantes de la Federación Nacional de Trabajadores Lustradores de Calzado y Afines del Perú - FENTRALUC, ante el Comité Directivo del órgano de dirección y del Comité de Vigilancia del órgano de control de la Caja de Protección y Asistencia de los Trabajadores Lustradores de Calzado del Perú - CAJAPATRAC, para el período 2020- 2022, a las siguientes personas:
ÓRGANO DE DIRECCIÓN
Comité Directivo Representantes de los Trabajadores - HENRY ROBERTO CALDERON ORE, identificado con DNI Nº 43393146.
- MAXIMO SULCA PRADO, identificado con DNI Nº 07111563.
- JESUS CHOQUEHUANCA CARLOS, identificado con DNI Nº 06238167.
- JUAN MANUEL LOPEZ GONZALEZ, identificado con DNI Nº 32816223.
ÓRGANO DE CONTROL
Comité de Vigilancia Representante de los Trabajadores - MAURO ADOLFO RAMOS TAIPE, identificado con
DNI Nº 06898780.
Artículo 2.- Déjese sin efecto toda norma que se oponga a la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAVIER EDUARDO PALACIOS GALLEGOS
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 232-2020-TR Reconocen como representantes de la Federación Nacional de Trabajadores Lustradores de Calzado y Afines del Perú - FENTRALUC, ante el Comité Directivo del órgano de dirección y del Comité de Vigilancia del órgano de control de la Caja de Protección y Asistencia de los Trabajadores Lustradores de Calzado del Perú - CAJAPATRAC, para el período 2020- 2022
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 232-2020-TR
- Emitida por : Trabajo y Promocion del Empleo - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2020-10-10
- Fecha de aplicacion : 2020-10-11
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- septiembre 2023 (220)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)