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Veinte (20) Fichas Técnicas Rubro Medicamentos RJ 160-2020-PERU Transportes y Comunicaciones
1/03/2021
Veinte (20) Fichas Técnicas Rubro Medicamentos RJ 160-2020-PERU Transportes y Comunicaciones
Organismos Ejecutores, Transportes y Comunicaciones Aprueban veinte (20) Fichas Técnicas del rubro Medicamentos y productos farmacéuticos, disponiendo su inclusión en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - RJ 160-2020-PERU COMPRAS Lima, 30 de diciembre de 2020 VISTO: El Informe Nº 000120-2020-PERU COMPRAS-DES, de fecha 17 de diciembre de 2020 y el Memorando Nº 000650-2020-PERU COMPRAS-DES, de fecha 29 de diciembre de 2020, ambos emitidos por la Dirección
Aprueban veinte (20) Fichas Técnicas del rubro Medicamentos y productos farmacéuticos, disponiendo su inclusión en el Listado de Bienes y Servicios Comunes -
RJ 160-2020-PERU COMPRAS
Lima, 30 de diciembre de 2020
VISTO:
El Informe Nº 000120-2020-PERU COMPRAS-DES, de fecha 17 de diciembre de 2020 y el Memorando Nº 000650-2020-PERU COMPRAS-DES, de fecha 29 de diciembre de 2020, ambos emitidos por la Dirección de Estandarización y Sistematización; y, el Informe Nº 000286-2020-PERU COMPRAS-OAJ, de fecha 30 de diciembre de 2020, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas - PERU
COMPRAS; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Central de Compras Públicas - PERU
COMPRAS es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que goza de personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; y tiene como funciones, entre otras: la de realizar las Compras Corporativas Obligatorias, de acuerdo a lo que se establezca en el Decreto Supremo correspondiente; realizar las Compras Corporativas Facultativas que le encarguen otras entidades del Estado; realizar las adquisiciones que le encarguen otras entidades del Estado, de acuerdo al convenio correspondiente; promover y conducir los procesos de selección para la generación de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco para la adquisición de bienes y servicios, así como suscribir los acuerdos correspondientes; y, promover la Subasta Inversa y el proceso de homologación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1018, modificado por la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado;
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Que, mediante Decreto Supremo Nº 052-2019-EF, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS;
Que, el numeral 26.1 del artículo 26 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, señala que el procedimiento de selección de Subasta Inversa Electrónica se utiliza para la contratación de bienes y servicios comunes que cuenten con Ficha Técnica y se encuentren incluidos en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC;
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Que, el numeral 110.2 del artículo 110 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modificatorias, en adelante "el Reglamento", referido al procedimiento de Subasta Inversa Electrónica, establece que la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS genera y aprueba las fichas técnicas de los bienes y servicios a incluirse en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, al que se accede a través del SEACE, pudiendo ser objeto de modificación o exclusión, previo sustento técnico;
Que, el Anexo Nº 1 de Definiciones del Reglamento señala que, son bienes y servicios comunes aquellos que, existiendo más de un proveedor en el mercado, cuentan con características o especificaciones usuales en el mercado, o han sido estandarizados como consecuencia de un proceso de homogeneización llevado a cabo al interior del Estado, cuyo factor diferenciador entre ellos es el precio en el cual se transan;
Que, los numerales 8.1 y 8.2 de las Disposiciones Específicas de la Directiva Nº 006-2016-PERU
COMPRAS, denominada "Disposiciones sobre el Listado de Bienes y Servicios Comunes, y la Obligatoriedad de su Uso", aprobada por Resolución Jefatural Nº 042-2016-PERU COMPRAS, modificada y actualizada en su Versión 3.0 por Resolución Jefatural Nº 063-2017-PERU
COMPRAS, en adelante "la Directiva", señalan que la Ficha Técnica contiene las características técnicas y/o prestaciones específicas que debe tener determinado bien o servicio al momento de su entrega o prestación a la Entidad, asimismo, la estructura de la misma se encuentra conformada por: i) Características generales del bien o servicio común, y ii) Características específicas del bien o servicio común;
Que, el numeral 8.5 de las Disposiciones Específicas de la Directiva establece que, para los efectos de la generación y aprobación de una Ficha Técnica, PERU
COMPRAS, a través de la Dirección de Estandarización y Sistematización, podrá solicitar información u opinión técnica a entidades del Estado, las mismas que deberán responder a lo solicitado de manera idónea, bajo responsabilidad; asimismo, indica que PERU COMPRAS
comprobará la existencia de organismos evaluadores de la conformidad que permitan verificar la calidad del bien o servicio;
Que, los numerales 8.6 y 8.7 de las Disposiciones Específicas de la Directiva disponen que, la Dirección de Estandarización y Sistematización, pre publicará en el Portal Institucional de PERU COMPRAS, los proyectos de Fichas Técnicas de los bienes y servicios transables, por un plazo no menor de ocho (8) días hábiles; sin perjuicio de lo señalado, los citados proyectos de Fichas Técnicas se pre publicarán, durante el mismo periodo, a través del SEACE, donde estará habilitado un formulario electrónico para recibir sugerencias y recomendaciones, alternativamente a otras vías; y, una vez transcurrido el mencionado plazo, la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERU COMPRAS evaluará las sugerencias y/o recomendaciones recibidas, para lo cual podrá solicitar una opinión técnica o información
complementaria a las entidades competentes, las que deberán responder a lo solicitado de manera idónea y oportuna, bajo responsabilidad;
Que, el numeral 8.8 de las Disposiciones Específicas de la Directiva establece que PERU COMPRAS, contando o no con sugerencias y/o recomendaciones, aprobará, mediante Resolución Jefatural, el contenido definitivo de la Ficha Técnica de un bien o servicio, disponiendo su inclusión en el Listado de Bienes y Servicios Comunes y su publicación en el Portal de PERU COMPRAS;
Que, a través del Informe Nº 000120-2020-PERU
COMPRAS-DES, la Dirección de Estandarización y Sistematización señala que evaluó la condición de bienes comunes de los productos de las Fichas Técnicas propuestas para su inclusión en el LBSC, conforme al siguiente detalle: i) se verificó la existencia de más de un titular con registro sanitario vigente autorizado para la comercialización de los veinte (20) productos farmacéuticos en evaluación; y, ii) las características de los bienes materia de evaluación han sido estandarizadas como consecuencia de un proceso de homogeneización en base a la información de los registros sanitarios, considerando la normativa sectorial aplicable; en ese sentido, concluye que, los productos objeto de análisis cumplen con la condición de bienes comunes, por lo que recomienda la aprobación de la inclusión de veinte (20)
Fichas Técnicas del rubro de Medicamentos y productos farmacéuticos en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, a fin de contribuir que las entidades realicen contrataciones eficientes;
Que, en el citado informe, la Dirección de Estandarización y Sistematización informa las acciones desarrolladas en cumplimiento de lo dispuesto por los numerales 8.5, 8.6 y 8.7 de las Disposiciones Específicas de la Directiva;
Que, mediante el Informe Nº 000286-2020-PERU
COMPRAS-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que, de conformidad con el numeral 110.2 del artículo 110 del Reglamento, así como lo dispuesto en la versión 3.0 de la Directiva Nº 006-2016-PERU COMPRAS, resulta viable la aprobación de la inclusión de las referidas Fichas Técnicas;
Con el visto bueno de la Gerencia General, la Dirección de Estandarización y Sistematización, y la Oficina de Asesoría Jurídica, y;
De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1018; el Reglamento y modificatorias; la Directiva Nº 006-2016-PERU COMPRAS, aprobada por Resolución Jefatural Nº 042-2016-PERU COMPRAS, modificada y actualizada en su Versión 3.0 por Resolución Jefatural Nº 063-2017-PERU COMPRAS; y, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 8 y los literales d) e y) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas - PERU
COMPRAS, aprobado por Decreto Supremo Nº 052-2019-EF;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar veinte (20) Fichas Técnicas del rubro Medicamentos y productos farmacéuticos, disponiendo su inclusión en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, de acuerdo al contenido del Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, según el siguiente detalle:
Nº DENOMINACIÓN DEL BIEN
1 AGUA PARA INYECCIÓN, INYECTABLE, 1 L, BOLSA
2 AMFOTERICINA B, 50 mg, INYECTABLE (liposomal)
3 CITARABINA, 100 mg, INYECTABLE
4 CITARABINA, 500 mg, INYECTABLE (sin preservante)
5
CLORURO DE SODIO, 0,9%, INYECTABLE, 1 L (para circuito cerrado)
6 CLORURO DE SODIO, 0,9%, INYECTABLE, 1 L, BOLSA
7
CLORURO DE SODIO, 0,9%, INYECTABLE, 100 mL (para circuito cerrado)
8 CLORURO DE SODIO, 0,9%, INYECTABLE, 100 mL, BOLSA
Nº DENOMINACIÓN DEL BIEN
9
CLORURO DE SODIO, 0,9%, INYECTABLE, 250 mL (para circuito cerrado)
10 CLORURO DE SODIO, 0,9%, INYECTABLE, 250 mL, BOLSA
11
CLORURO DE SODIO, 0,9%, INYECTABLE, 500 mL (para circuito cerrado)
12 CLORURO DE SODIO, 0,9%, INYECTABLE, 500 mL, BOLSA
13 GLUCOSA, 5%, INYECTABLE, 1 L (para circuito cerrado)
14 GLUCOSA, 5%, INYECTABLE, 1 L, BOLSA
15 GLUCOSA, 5%, INYECTABLE, 100 mL (para circuito cerrado)
16 GLUCOSA, 5%, INYECTABLE, 100 mL, BOLSA
17 GLUCOSA, 5%, INYECTABLE, 250 mL (para circuito cerrado)
18 GLUCOSA, 5%, INYECTABLE, 250 mL, BOLSA
19 GLUCOSA, 5%, INYECTABLE, 500 mL (para circuito cerrado)
20 GLUCOSA, 5%, INYECTABLE, 500 mL, BOLSA
Las Fichas Técnicas podrán ser visualizadas en el siguiente enlace web: www.perucompras.gob.pe/lbsc.
Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección de Estandarización y Sistematización, así como la Oficina de Tecnologías de la Información, realicen la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE
y en el Portal Institucional de la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS (www.perucompras.gob. pe), respectivamente.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FERNANDO MASUMURA TANAKA
Jefe de la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS
NORMA LEGAL:
- Titulo: RJ 160-2020-PERU COMPRAS Aprueban veinte (20) Fichas Técnicas del rubro Medicamentos y productos farmacéuticos, disponiendo su inclusión en el Listado de Bienes y Servicios Comunes -
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
- Numero : 160-2020-PERU COMPRAS
- Emitida por : Transportes y Comunicaciones - Organismos Ejecutores
- Fecha de emision : 2021-01-02
- Fecha de aplicacion : 2021-01-03
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