9/25/2021

Creación Puesto Control hornopampa Anexo RJ 0111-2021-MIDAGRI-SENASA Defensa

Poder Ejecutivo, Defensa Aprueban la creación del Puesto de Control "Hornopampa", en el anexo Hornopampa, distrito de Balsas, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas, a fin de disminuir el ingreso y reinfestación de la plaga de las moscas de la fruta RJ 0111-2021-MIDAGRI-SENASA 23 de septiembre de 2021 VISTOS: El INFORME-0214-2021-MIDAGRI-SENASA-OAJ-CREVOREDO de fecha 14 de setiembre de 2021, de la Oficina de Asesoría Jurídica; el MEMORÁNDUM-0289-2021-MIDAGRI-SENASA-OPDI
Poder Ejecutivo, Defensa
Aprueban la creación del Puesto de Control "Hornopampa", en el anexo Hornopampa, distrito de Balsas, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas, a fin de disminuir el ingreso y reinfestación de la plaga de las moscas de la fruta
RJ 0111-2021-MIDAGRI-SENASA
23 de septiembre de 2021
VISTOS:

El INFORME-0214-2021-MIDAGRI-SENASA-OAJ-CREVOREDO de fecha 14 de setiembre de 2021, de la Oficina de Asesoría Jurídica; el MEMORÁNDUM-0289-2021-MIDAGRI-SENASA-OPDI de fecha 9 de agosto de 2021, de la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional; el INFORME-0009-2021-MIDAGRI-SENASA-DSV-CDELACRUZ de fecha 12 de abril de 2021, de la Dirección de Sanidad Vegetal; y,

CONSIDERANDO:



Que, de acuerdo al artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1059, Ley General de Sanidad Agraria, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria es el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA;

Que, el artículo 6 del Decreto Legislativo referido en el considerando anterior, señala: "La movilización de plantas, productos vegetales, animales, productos de origen animal y otros productos reglamentados, cuando constituya riesgo, será regulada; para lo cual, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria establecerá las medidas fito y zoosanitarias específicas [...]";

Que, a través del Decreto Legislativo Nº 1387, Decreto Legislativo que Fortalece las Competencias, las Funciones de Supervisión, Fiscalización y Sanción y, la Rectoría del SENASA, se establecen disposiciones orientadas a prevenir y corregir conductas o actividades que representen riesgo para la vida, la salud de las personas y de los animales, y la preservación de los vegetales; así como para la inocuidad de los alimentos agropecuarios de producción y procesamiento primario destinados al consumo humano y piensos, de producción nacional o extranjera;


Que, el inciso 2.3 del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1387 señala, como una de las finalidades de esta norma, lo siguiente: "Asegurar que todas las personas naturales o jurídicas, de derecho público o privado, cumplan con la normativa en materia de sanidad agraria e inocuidad de los alimentos agropecuarios de producción y procesamiento primario; así como garantizar la prevención, el control y la erradicación de plagas y 12 NORMAS LEGALES Viernes 24 de setiembre de 2021
El Peruano / enfermedades, que representen riesgos para la vida, la salud de las personas y los animales; y, la preservación de los vegetales";

Que, el literal c) del artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del SENASA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, establece como una función de la institución:
"Mantener y fortalecer el sistema de cuarentena con la finalidad de realizar el control fito y zoosanitario, según sea el caso, del flujo nacional e internacional de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, capaces de introducir o diseminar plagas y enfermedades";

Que, el artículo 35 del ROF del SENASA indica: "Las Direcciones Ejecutivas cuentan, según las características agrosanitarias y geográficas propias de su jurisdicción, con Puestos de Control y con Centros de Trámite Documentario, en el ámbito de su jurisdicción";

Que, el segundo párrafo del artículo 35 del ROF del SENASA señala: "Los Puestos de Control son las dependencias encargadas de prevenir, controlar o ejecutar acciones orientadas a proteger y mejorar el estado agrosanitario y contribuir a la seguridad e inocuidad agroalimentaria, de los riesgos relacionados al comercio nacional e internacional de mercancías, ubicados en los pasos fronterizos y dentro del territorio nacional, cuando exista justificación técnico - económico [...] La creación o desactivación se aprueba mediante Resolución Jefatural, previo informe técnico - económico de las Oficinas y Direcciones competentes";

Que, mediante el INFORME-0010-2021-MIDAGRI-SENASA-DEAMA-ASV-JRODAS de fecha 11 de febrero de 2021, el Área de Sanidad Vegetal de la Dirección Ejecutiva del SENASA Amazonas manifiesta que es necesario evaluar y autorizar la creación del Puesto de Control "Hornopampa";

Que, a través del INFORME-0009-2021-MIDAGRI-SENASA-DSV-CDELACRUZ, la Dirección de Sanidad Vegetal señala que existe un riesgo permanente de ingreso de la plaga de moscas de la fruta a través del anexo Hornopampa debido al comercio y al traslado de hospedantes de la referida plaga procedentes del departamento de San Martín y parte del departamento de Amazonas;

Que, en el informe citado en el considerando anterior se indica que en el marco del programa de inversiones del 2019-2023 del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, el Gobierno de la República del Perú aprueba el "Programa de Desarrollo de la Sanidad Agraria y la Inocuidad Agroalimentaria - Fase II", financiado por el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, según el Contrato de Préstamo Nº 4457/OC-PE del 1 de octubre de 2018; en el que se encuentra comprendido el "Proyecto de Erradicación de la Mosca de la Fruta en los departamentos de Piura, Tumbes, Amazonas, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Apurímac, Cusco y Puno", con el objetivo de que los productores hortofrutícolas de los referidos departamentos acceden a suficientes y adecuados servicios fitosanitarios y sin presencia de la plaga de moscas de la fruta en sus predios a través de la aplicación del control cuarentenario;

Que, el sistema de control cuarentenario, de acuerdo a lo manifestado en el informe de la Dirección de Sanidad Vegetal, está conformado, entre otros componentes, por infraestructuras denominadas Puestos de Control, los mismos que tienen diferentes áreas para revisión de vehículos, cargas comerciales, equipajes y pasajeros, y su implementación y operatividad contribuyen en prevenir el ingreso y reinfestación de la plaga de moscas de la fruta en las áreas del ámbito e intervención del Proyecto;

Que, en el INFORME-0020-2021-MIDAGRI-SENASA-DEAMA-ASV-JRODAS de fecha 30 de junio de 2021, el Área de Sanidad Vegetal de la Dirección Ejecutiva del SENASA Amazonas manifiesta que con la creación Puesto de Control "Hornopampa" se realizará el control del ingreso de hospedantes de moscas de la fruta y evitará el riesgo de diseminación de la plaga en las zonas de intervención de los departamentos de Amazonas, Cajamarca y La Libertad. Además, refiere que el local que albergará el puesto de control ha sido adecuado y refaccionado, cuenta con mobiliario, con los servicios de agua, luz y desagüe, y se ha implementado una plataforma para el ingreso de vehículos;

Que, mediante el INFORME-0002-2021-MINAGRI-SENASA-OPDI-UECT-VMOK de fecha 4 de agosto de 2021, se concluye que el INFORME-0009-2021-MIDAGRI-SENASA- DSV-CDELACRUZ y el INFORME-0020-2021-MIDAGRI-SENASA-DEAMA-ASV-JRODAS
sustentan la viabilidad técnica de la instalación del Puesto de Control "Hornopampa" y que con esa información se ha trabajado el análisis costo - beneficio, resultando con indicadores superiores a la unidad; asimismo, se recomienda su implementación de acuerdo a la disponibilidad presupuestal;

Que, a través del MEMORÁNDUM-0289-2021-MIDAGRI-SENASA-OPDI, la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional remite, a la Dirección de Sanidad Vegetal, el INFORME-0002-2021-MINAGRI-SENASA-OPDI-UECT-VMOK con la evaluación estimada en base a las condiciones que justifican la operatividad del Puesto de Control "Hornopampa";

Que, la Dirección de Sanidad Vegetal recomienda, a través de su informe, la implementación del Puesto de Control "Hornopampa", que se ubicará en el anexo Hornopampa, distrito de Balsas, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas, con el propósito de disminuir el ingreso y reinfestación de la plaga de las mocas de la fruta en el ámbito del "Proyecto de Erradicación de la Mosca de la Fruta en los departamentos de Piura, Tumbes, Amazonas, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Apurímac, Cusco y Puno", siendo técnica y económicamente viable, lo cual se encuentra dentro de las funciones asignadas al SENASA, las mismas que han sido descritas en el INFORME-0214-2021-MIDAGRI-SENASA- OAJ-CREVOREDO;

Que, el literal k) del artículo 12 del ROF del SENASA
aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, modificado por el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 027-2008- AG, establece que el Jefe del SENASA es la máxima autoridad ejecutiva de la institución, ejerciendo funciones ejecutivas y administrativas en su calidad de funcionario de mayor jerarquía de la Entidad, teniendo entre sus funciones el emitir Resoluciones Jefaturales en asuntos de su competencia;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059; en el Decreto Legislativo Nº 1387;
en el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG y modificatoria;
y con las visaciones de la Directora General de la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional, del Director General (e) de la Dirección de Sanidad Vegetal, y de los Directores Generales de la Oficina de Administración y de la Oficina de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- APROBAR la creación del Puesto de Control "Hornopampa", que se ubicará en el anexo Hornopampa, distrito de Balsas, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Jefatural.

Artículo 2.- DISPONER que la Dirección de Sanidad Vegetal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria efectúe las acciones necesarias para la implementación del Puesto de Control creado a través del artículo 1 de la presente Resolución Jefatural.

Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (www.gob.pe/senasa).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIGUEL QUEVEDO VALLE
Jefe Servicio Nacional de Sanidad Agraria

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RJ 0111-2021-MIDAGRI-SENASA Aprueban la creación del Puesto de Control "Hornopampa", en el anexo Hornopampa, distrito de Balsas, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas, a fin de disminuir el ingreso y reinfestación de la plaga de las moscas de la fruta
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
  • Numero : 0111-2021-MIDAGRI-SENASA
  • Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2021-09-24
  • Fecha de aplicacion : 2021-09-25

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