10/31/2021

Instrumentos Monitoreo Evaluación Cumplimiento RM 209-2021-MINAM Ambiente

Poder Ejecutivo, Ambiente Aprueban los "Instrumentos para el monitoreo y evaluación del cumplimiento del Plan Integral Frente a la Minería Ilegal - Plan Restauración, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2021-MINAM" RM 209-2021-MINAM Lima, 28 de octubre de 2021 VISTOS; el Informe Nº 00020-2021-MINAM/VMGA/ DGPIGA/DPIGA de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental; el Memorando Nº 803-2021-MINAM/VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental;
Poder Ejecutivo, Ambiente
Aprueban los "Instrumentos para el monitoreo y evaluación del cumplimiento del Plan Integral Frente a la Minería Ilegal - Plan Restauración, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2021-MINAM"
RM 209-2021-MINAM
Lima, 28 de octubre de 2021
VISTOS; el Informe Nº 00020-2021-MINAM/VMGA/ DGPIGA/DPIGA de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental; el Memorando Nº 803-2021-MINAM/VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe Nº 00559-2021-MINAM/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;y,

CONSIDERANDO:



Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Ministerio del Ambiente, cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2021-MINAM
se aprueba el Plan Integral Frente a la Minería Ilegal "Plan Restauración", cuyo objeto es erradicar la minería ilegal en el departamento de Madre de Dios y en los distritos de Camanti, provincia de Quispicanchi, y Ayapata, provincia de Carabaya, de los departamentos de Cusco y Puno, respectivamente; y evitar su desplazamiento a otros ámbitos del territorio nacional, estableciéndose actividades por implementar a Ministerios y organismos públicos;


Que, el artículo 2 del precitado Decreto Supremo señala que los Ministerios y los organismos públicos implementan, en el ámbito de sus competencias, las acciones necesarias para cumplir con las metas y objetivos del referido Plan; asimismo, el artículo 3 del referido Decreto Supremo señala que corresponde a la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental del Ministerio del Ambiente efectuar acciones de coordinación, supervisión, evaluación y monitoreo respecto del cumplimento del Plan Restauración;

Que, en ese contexto, mediante Informe Nº 00020-2021-MINAM/VMGA/DGPIGA/DPIGA la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental, sustenta la necesidad de contar con "Instrumentos para el seguimiento al cumplimiento del Plan Integral Frente a la Minería Ilegal - Plan Restauración, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2021-MINAM", los cuales tienen por objeto orientar a los Ministerios y entidades públicas para efectuar reportes de cumplimiento y avance de las acciones a su cargo derivadas del Plan Restauración;

Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Secretaría General, de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo Nº 017-2021-MINAM, Decreto Supremo que aprueba el Plan Integral Frente a la Minería Ilegal "Plan Restauración"; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Resolución Ministerial Nº 167-2021-MINAM;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobación de Instrumentos Aprobar los "Instrumentos para el monitoreo y evaluación del cumplimiento del Plan Integral Frente a la Minería Ilegal - Plan Restauración, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2021-MINAM", que en cuatro (4)
Anexos forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Los Instrumentos tienen por objeto establecer las disposiciones para la remisión y procesamiento de la información que permitirá a la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental del Ministerio del Ambiente evaluar el cumplimiento del Plan Restauración y elaborar el reporte semestral de seguimiento.

Artículo 2.- Alcance Los Instrumentos aprobados con el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial son aplicados por las entidades públicas que tienen la obligación de reportar avances de cumplimiento, según sus compromisos asumidos en el Plan Restauración.

Artículo 3.- Definiciones Para efectos de los Instrumentos aprobados con el artículo 1 de la presente Reoslución Ministerial, se debe considerar las siguientes definiciones:
a) DPIGA: Dirección de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental.
b) DGPIGA: Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental.
c) MINAM: Ministerio del Ambiente.
d) Entidad Responsable del reporte: Es aquella entidad que pertenece al equipo de entidades responsables de ejecutar una determinada actividad, se encargará de acopiar la información sobre los avances realizados por todos los ejecutores de dicha actividad, de consolidar la información en una ficha y de reportar al MINAM. Esta responsabilidad incluye una coordinación interna con todas las entidades ejecutoras para una determinada actividad.
e) Entidades ejecutoras: Son las entidades que forman parte de un equipo y en el marco de sus competencias implementarán o ejecutarán una actividad.

Artículo 4.- Procedimiento de reporte 4.1. La DGPIGA, a propuesta de la DPIGA, solicita al Responsable del reporte, información en relación al avance y/o cumplimiento de las metas establecidas en el Plan Restauración, solicitud que irá acompañada de una ficha técnica, en la que se debe consignar la información solicitada para el reporte semestral (ver Anexo Nº 03 de la presente Resolución Ministerial).

4.2. La Entidad Responsable del reporte prepara, solicita y/o coordina con las entidades ejecutoras de actividades, a efectos de realizar las gestiones necesarias para contar con la información sobre el avance y/o cumplimiento de compromisos asumidos en el Plan Restauración.

4.3. Efectuado el reporte por las Entidades ejecutoras, la Entidad Responsable del reporte consolida la información y procede al llenado de las fichas técnicas por cada actividad, según formato del Anexo Nº 03 de la presente Resolución Ministerial, la cual es remitida a la DGPIGA para la atención correspondiente.

4.4. La DGPIGA deriva las fichas antes referidas a la DPIGA a efectos que proceda a la revisión, sistematización, análisis y evaluación sobre la información de las actividades por cada eje.

4.5. En caso no se tenga observaciones por parte de la DPIGA sobre la información remitida por las Entidades Responsables del reporte conformantes del Plan Restauración, se procede a elaborar la propuesta de reporte semestral, para su conformidad y difusión correspondiente.

4.6 Si existiesen observaciones a la información presentada por la Entidad Responsable de reporte, la DPIGA coordina y gestiona con dichas entidades los aspectos observados y/o la remisión de la ficha de actividades en la cual se atienda a las referidas observaciones, a efectos de que se cuente con información completa y se proceda al trámite correspondiente para la elaboración y difusión del reporte semestral.

4.7. Para la atención de las observaciones formuladas por la DPIGA, se puede hacer uso de medios virtuales, electrónicos y reuniones de trabajo, según corresponda, para facilitar la coordinación en la revisión y posterior levantamiento de observaciones.

Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y sus Anexos en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RUBÉN JOSÉ RAMÍREZ MATEO
Ministro del Ambiente

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 209-2021-MINAM Aprueban los "Instrumentos para el monitoreo y evaluación del cumplimiento del Plan Integral Frente a la Minería Ilegal - Plan Restauración, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2021-MINAM"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 209-2021-MINAM
  • Emitida por : Ambiente - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2021-10-30
  • Fecha de aplicacion : 2021-10-31

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