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Amplían Vigencia Grupo Trabajo Multisectorial RM 00455-2021-PRODUCE Produce
12/31/2021
Amplían Vigencia Grupo Trabajo Multisectorial RM 00455-2021-PRODUCE Produce
Poder Ejecutivo, Produce Amplían vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de la Producción, conformado mediante la Resolución Ministerial Nº 182-2020-PRODUCE RM 00455-2021-PRODUCE Lima, 30 de diciembre de 2021 VISTOS: El Memorando Nº 00001503-2021-PRODUCE/ DGPARPA y el Informe Nº 00000073-2021-PRODUCE/ DSE de la Dirección de Seguimiento y Evaluación, ambos de la Dirección General de Políticas y Análisis
Amplían vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de la Producción, conformado mediante la Resolución Ministerial Nº 182-2020-PRODUCE
RM 00455-2021-PRODUCE
Lima, 30 de diciembre de 2021
VISTOS: El Memorando Nº 00001503-2021-PRODUCE/ DGPARPA y el Informe Nº 00000073-2021-PRODUCE/ DSE de la Dirección de Seguimiento y Evaluación, ambos de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura; el Informe Nº 00000106-2021-PRODUCE/OCTAI de la Oficina de Cooperación Técnica y Asuntos Internacionales; el Memorando Nº 00001197-2021-PRODUCE/OGPPM y el Informe Nº 00000313-2021-PRODUCE/OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización, ambos de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización;
y, el Informe Nº 00001115-2021-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 35 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modificatorias, dispone, entre otros, que las Comisiones del Poder Ejecutivo son órganos que se crean para cumplir con las funciones de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes, que deben servir de base para las decisiones de otras entidades asimismo, señala que, para otras funciones distintas a las mencionadas, el Poder Ejecutivo puede encargarlas a Grupos de Trabajo;
Que, de acuerdo con el artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, los grupos de trabajo son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes técnicos, tales como la elaboración de propuestas normativas, instrumentos, entre otros productos específicos, careciendo sus conclusiones de efectos jurídicos sobre terceros; éstos pueden ser sectoriales o multisectoriales y se aprueban mediante resolución ministerial del ministerio del cual depende; asimismo, los grupos de trabajo de naturaleza temporal se extinguen de forma automática cumplidos sus objetivos y su periodo de vigencia;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 182-2020-PRODUCE se crea el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal hasta el día 31 de diciembre de 2021, dependiente del Ministerio de la Producción, con el objeto de proponer acciones conducentes a la implementación de la "Convención para la Conservación y Ordenamiento de los Recursos Pesqueros de Alta Mar del Océano Pacifico Sur", así como de los acuerdos de medidas de conservación y ordenación aprobadas por la Organización Regional de Ordenación Pesquera del Pacífico Sur (OROP-PS), siendo las funciones del mencionado grupo: a) Efectuar la identificación de las acciones, intra o intersectoriales, que contribuyan a la implementación de la "Convención para la Conservación y Ordenamiento de los Recursos Pesqueros de Alta Mar del Océano Pacifico Sur", así como de los acuerdos de medidas de conservación y ordenación aprobadas por la Organización Regional de Ordenación Pesquera del Pacifico Sur (OROP-PS); b)
Promover con las entidades participantes la adecuación de los procesos y procedimientos, trámites u otros instrumentos, que permitan la implementación de la "Convención para la Conservación y Ordenamiento de los Recursos Pesqueros de Alta Mar del Océano Pacifico Sur", así como de los acuerdos de medidas de conservación y ordenación aprobadas por la Organización Regional de Ordenación Pesquera del Pacifico Sur (OROP-PS);
c) Recomendar las actualizaciones de disposiciones que resulten necesarias, para la implementación de la "Convención para la Conservación y Ordenamiento de los Recursos Pesqueros de Alta Mar del Océano Pacifico Sur", así como de los acuerdos de medidas de conservación y ordenación aprobadas por la Organización Regional de Ordenación Pesquera del Pacifico Sur (OROP-PS); d) Evaluar y recomendar la posición nacional para el Comité Técnico Científico de la OROP-PS que se llevará a cabo en el año 2020; y, e) Evaluar y recomendar la posición nacional para la Reunión de la Comisión de la Organización Regional de Ordenamiento Pesquero del Pacífico Sur correspondiente al año 2021;
Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 3 de la señalada resolución ministerial, el mencionado grupo de trabajo se encuentra conformado por: a) un representante del Ministerio de la Producción - PRODUCE, quien preside el Grupo de Trabajo, b) un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores y c) un representante del Instituto 16 NORMAS LEGALES Jueves 30 de diciembre de 2021
El Peruano / del Mar del Perú - IMARPE, pudiéndose designar a los representantes alternos, en arreglo con el artículo 4 de la Resolución Ministerial 182-2020-PRODUCE;
Que, según el Acta de la Vigésimo Segunda Sesión Ordinaria, los miembros del Grupo de Trabajo Multisectorial sugirieron, entre otras cosas, que se realicen las gestiones a fin de que la vigencia del grupo de trabajo se amplie por dos (2) años;
Que, en esa línea, a través del Informe Nº 00000073-2021-PRODUCE/DSE la Dirección de Seguimiento y Evaluación de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura señala que: "(...) partiendo de la premisa que los grupos de trabajo se crean para cumplir funciones distintas a las que ejercen las Comisiones, siendo estas las relacionadas a propuestas normativas, instrumentales, entre otros productos específicos, se considera pertinente la emisión de una resolución ministerial que amplíe la vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial conformado mediante la Resolución Ministerial Nº 182-2020-PRODUCE hasta el 31 de diciembre de 2023, a fin de continuar con el trabajo que se viene realizando";
Que, mediante Memorando Nº 00001197-2021-PRODUCE/OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización traslada el Informe Nº 00000313-2021-PRODUCE/ OPM, el cual hace suyo, mediante el cual la Oficina de Planeamiento y Modernización, tomando en cuenta la opinión de la Oficina de Cooperación Técnica y Asuntos Internacionales, considera procedente continuar con el trámite de ampliación de la vigencia del Grupo de Trabajo conformado mediante la Resolución Ministerial Nº 182-2020-PRODUCE, hasta el 31 de diciembre de 2023;
Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica a través del Informe Nº 00001115-2021-PRODUCE/OGAJ
ha señalado que resulta legalmente viable ampliar la vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal, conformado mediante la Resolución Ministerial Nº 182-2020-PRODUCE, hasta el 31 de diciembre de 2023;
Que, en consecuencia, resulta necesario emitir una resolución ministerial que disponga ampliar el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial con el objeto de proponer acciones conducentes a la implementación de la "Convención para la Conservación y Ordenamiento de los Recursos Pesqueros de Alta Mar del Océano Pacifico Sur", así como de los acuerdos de medidas de conservación y ordenación aprobadas por la Organización Regional de Ordenación Pesquera del Pacífico Sur (OROP-PS) hasta el 31 de diciembre de 2023;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio de Pesca y Acuicultura, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Producción; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE; y los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Ampliación de la vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial Amplíase la vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de la Producción, conformado mediante la Resolución Ministerial Nº 182-2020-PRODUCE, hasta el 31 de diciembre de 2023.
Artículo 2. Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), así como en los portales institucionales de las entidades que integran el referido Grupo de Trabajo, el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE LUIS PRADO PALOMINO
Ministro de la Producción
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 00455-2021-PRODUCE Amplían vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de la Producción, conformado mediante la Nº 182-2020-PRODUCE
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 00455-2021-PRODUCE
- Emitida por : Produce - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2021-12-30
- Fecha de aplicacion : 2021-12-31
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