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Oficializan Cátedra Denominada embajador Igor RM 0603-2021-RE Relaciones Exteriores
12/20/2021
Oficializan Cátedra Denominada embajador Igor RM 0603-2021-RE Relaciones Exteriores
Poder Ejecutivo, Relaciones Exteriores Oficializan la cátedra denominada "Embajador Igor Velásquez", organizada por el Ministerio y la Academia Diplomática del Perú RM 0603-2021-RE Lima, 16 de diciembre de 2021 VISTOS: El Memorándum (DAD) N.º DAD002492021, de la Dirección Adjunta de la Academia Diplomática del Perú; y la Hoja de Trámite (GAB) N.º 1829, del Despacho Ministerial; CONSIDERANDO: Que, la Ley N.º 29357, Ley de Organización
Oficializan la cátedra denominada "Embajador Igor Velásquez", organizada por el Ministerio y la Academia Diplomática del Perú
RM 0603-2021-RE
Lima, 16 de diciembre de 2021
VISTOS:
El Memorándum (DAD) N.º DAD002492021, de la Dirección Adjunta de la Academia Diplomática del Perú;
y la Hoja de Trámite (GAB) N.º 1829, del Despacho Ministerial;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N.º 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores señala que este ministerio ejerce funciones rectoras en representación permanente del Estado Peruano en el ámbito internacional, a través de los Órganos del Servicio Exterior y del Servicio Diplomático de la República;
asimismo, el artículo 7 de la citada Ley establece que este ministerio tiene la función específica de orientar, formular, dirigir, coordinar, determinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales a su cargo;
así como conducir en el ámbito político - diplomático la defensa de la soberanía nacional, así como la defensa de los intereses del país a nivel bilateral y multilateral;
Que, el artículo 64 del Texto Único Ordenado de la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por Decreto Supremo N.º 047-2021-RE, establece que la Academia Diplomática es el centro de formación profesional en relaciones internacionales, diplomacia y gestión pública externa, de los aspirantes y miembros del Servicio Diplomático. Esta formación debe ser integral, multidisciplinaria y propender a la especialización;
Que, asimismo, el artículo 65 del citado dispositivo legal dispone que la Academia Diplomática goza de autonomía académica y administrativa, sin defecto de las atribuciones que competen al Ministerio de Relaciones Exteriores;
Que, adicionalmente, el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.º 135-2010-RE dispone que el Despacho Viceministerial está a cargo del Viceministro de Relaciones Exteriores, quien es la autoridad inmediata al Ministro y tiene entre sus funciones orientar y emitir las directivas generales para el cumplimiento de los objetivos de la Academia Diplomática del Perú;
Que, mediante el artículo 140 del citado Reglamento, la Academia Diplomática del Perú es el centro de formación profesional del Ministerio de Relaciones Exteriores y única vía de acceso al Servicio Diplomática de la República y es responsable de la formación integral de los aspirantes al Servicio Diplomático, así como de la continua capacitación y perfeccionamiento de los miembros del Servicio Diplomático. La Academia Diplomática depende del Viceministro de Relaciones Exteriores, de quien recibe las directivas generales para el cumplimiento de sus objetivos y se rige de acuerdo a su propio reglamento;
Que, para el cumplimiento de tales objetivos, la Academia Diplomática del Perú debe dotar a los aspirantes al servicio diplomático de los conocimientos, competencias y herramientas que les permitan una mejor comprensión de la realidad política y socioeconómica de nuestro país y enfrentar su problemática, incluyendo la capacidad de adaptarse a los cambios que irán surgiendo en el contexto en el cual desarrollarán sus funciones;
Que, en concordancia, el artículo 3 del Reglamento de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuellar, aprobado por Resolución Ministerial N.º 0053-2018-RE, dispone que la Academia Diplomática es el órgano de formación profesional e investigación del Ministerio de Relaciones Exteriores. Depende del Viceministro de Relaciones Exteriores, de quien recibe las directivas generales para el cumplimiento de sus objetivos;
Que, el artículo 5 del citado dispositivo legal señala que la Academia Diplomática es autónoma en su régimen académico y administrativo; en tal sentido, tiene, entre otras, la potestad de elaborar los planes de estudios, estructurar y organizar el proceso de enseñanza -
aprendizaje;
Que, a su vez, el artículo 7 del señalado instrumento legal establece que, dentro de los principios rectores de la referida Academia, se encuentra el fomento de la creatividad, la investigación y la innovación. Asimismo, dentro de sus funciones se encuentra la promoción de la investigación académica, siendo la revista Política Internacional una de sus herramientas;
Que, en ese marco, es conveniente la oficialización de la cátedra sobre política exterior "Embajador Igor Velásquez", en honor al ilustre diplomático peruano cuya vocación y amor por el servicio llevó a dejar un legado especial en la carrera diplomática, donando desinteresadamente lo necesario para adquirir la propiedad donde hoy se encuentra ubicada la Academia Diplomática del Perú;
Que, la referida cátedra tiene como objeto conocer y analizar las variables que inciden sobre la política exterior, la geopolítica y la defensa nacional en los escenarios
contemporáneos, desde una visión crítico-analítica, con la finalidad de contribuir a la formación de los aspirantes al Servicio Diplomático, quienes obtendrán de ella insumos para el diseño y ejecución de políticas públicas en el ámbito de la política exterior;
Con la opinión favorable y los visados de la Academia Diplomática del Perú y de la Oficina General de Asuntos Legales;
De conformidad con la Ley N.º 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo N.º 135-2010-RE;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Oficializar la cátedra denominada "Embajador Igor Velásquez", organizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Academia Diplomática del Perú.
Artículo 2. La realización de la cátedra "Embajador Igor Velásquez", se desarrollará con los recursos financieros otorgados a la Academia Diplomática del Perú.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA
Ministro de Relaciones Exteriores
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 0603-2021-RE Oficializan la cátedra denominada "Embajador Igor Velásquez", organizada por el Ministerio y la Academia Diplomática del Perú
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 0603-2021-RE
- Emitida por : Relaciones Exteriores - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2021-12-19
- Fecha de aplicacion : 2021-12-20
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