Inicio
Últimas normas legales
Plan Anual T Ransferencia Competencias RM 083-2022-MINEM/DM Energia y Minas
3/03/2022
Plan Anual T Ransferencia Competencias RM 083-2022-MINEM/DM Energia y Minas
Poder Ejecutivo, Energia y Minas Aprueban el "Plan Anual de T ransferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Ministerio de Energía y Minas para el año 2022" RM 083-2022-MINEM/DM Lima, 28 de febrero de 2022 VISTOS: El Oficio Múltiple Nº D000016-2022-PCM-SD de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros; el Informe Nº 036-2022-MINEM/OGPP-ODICR de la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación
Aprueban el "Plan Anual de T ransferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Ministerio de Energía y Minas para el año 2022"
RM 083-2022-MINEM/DM
Lima, 28 de febrero de 2022
VISTOS: El Oficio Múltiple Nº D000016-2022-PCM-SD de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros; el Informe Nº 036-2022-MINEM/OGPP-ODICR de la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 210-2022-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 188 de la Constitución Política del Perú establece que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país;
se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales;
Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que la descentralización tiene como finalidad el desarrollo integral, armónico y sostenible del país, mediante la separación de competencias y funciones, y el equilibrado ejercicio del poder por los tres niveles de gobierno, en beneficio de la población;
Que, el proceso de transferencia de competencias sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 83 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, se realiza a través de planes anuales de transferencia, los cuales son propuestos hasta el último día útil del mes de febrero de cada año;
Que, con Oficio Múltiple Nº D000016-2022-PCM-SD, la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros solicita al Ministerio de Energía y Minas, en adelante el MINEM, la elaboración del Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2022, debiendo tomar en cuenta la Directiva Nº 001-2022-PCM/ SD, "Directiva para la Formulación de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales";
Que, por otra parte, el numeral 20.1 del artículo 20 del Decreto Supremo Nº 029-2018-PCM, que aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales establece que el Ministerio con competencias compartidas determina los roles y responsabilidades para cada nivel de gobierno, a través del establecimiento de modelos de provisión de bienes y servicios orientados al ciudadano;
Que, el numeral 20.2 del artículo 20 del citado Decreto Supremo, señala que, para la construcción de los modelos de provisión de bienes y servicios, el Ministerio identifica el bien o servicio; los roles y responsabilidades de cada nivel de gobierno; y, los principales problemas o puntos críticos que dificultan la entrega o provisión del bien o servicio, conforme a la metodología que apruebe la Presidencia del Consejo de Ministros;
Que, bajo dicho marco, el artículo 2 de la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 011-2020-PCM/SD, que aprueba los "Lineamientos para la elaboración de los modelos de provisión de bienes y servicios" establece que, dichas disposiciones son de aplicación progresiva para los Ministerios con competencias compartidas, debiendo coordinarse con la Secretaría de Descentralización la secuencia y plazos respectivos;
Que, el artículo 3 de la citada Resolución, dispone que los Ministerios con competencias compartidas elaboran sus planes de transferencia anuales incorporando los avances en la programación, formulación e implementación de los modelos de provisión de bienes y servicios;
Que, según lo dispuesto por el literal b) del artículo 45 del Reglamento de Organización y Funciones del MINEM, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM
y sus modificatorias, la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, tiene la función, entre otros, de coordinar las acciones correspondientes al proceso de descentralización y de la transferencia de las competencias a los Gobiernos Regionales;
Que, mediante el Informe Nº 036-2022-MINEM/ OGPP-ODICR la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, sustenta y propone la aprobación del "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Ministerio de Energía y Minas para el año 2022", en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;
Que, asimismo, a través de la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 002-2022-PCM/SD, que aprueba la Directiva Nº 001-2022-PCM/SD, Directiva para la Formulación de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales, se establece la metodología para la elaboración de los citados Planes;
Que, en consecuencia, corresponde aprobar el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Ministerio de Energía y Minas para el año 2022"
18 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de marzo de 2022
El Peruano / De conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias;
el Decreto Supremo Nº 029-2018-PCM, que aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales;
y, la Directiva Nº 001-2022-PCM/SD, Directiva para la Formulación de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales, aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 002-2022-PCM/SD; y,
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Ministerio de Energía y Minas para el año 2022", el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.minem.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial "El Peruano".
Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial y su anexo, a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS SABINO PALACIOS PÉREZ
Ministro de Energía y Minas
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 083-2022-MINEM/DM Aprueban el "Plan Anual de T ransferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Ministerio de Energía y Minas para el año 2022"
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 083-2022-MINEM/DM
- Emitida por : Energia y Minas - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2022-03-02
- Fecha de aplicacion : 2022-03-03
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- octubre 2024 (24)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)