5/15/2022

Artículo 3 Rm 003 2022 minam Respecto Delegación 116-2022-MINAM Ambiente

Poder Ejecutivo, Ambiente Modifican el artículo 3 de la R.M. Nº 003-2022-MINAM, respecto a la delegación de facultades y atribuciones a el/la Secretario/a General RM 116-2022-MINAM Lima, 12 de mayo de 2022 VISTOS: el Memorando Nº 00504-2022-MINAM/SG/ OGA de la Oficina General de Administración; el Informe Nº 00084-2022-MINAM/SG/OGA/OF de la Oficina de Finanzas; el Informe Nº 00200-2022-MINAM/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que,
Poder Ejecutivo, Ambiente
Modifican el artículo 3 de la R.M. Nº 003-2022-MINAM, respecto a la delegación de facultades y atribuciones a el/la Secretario/a General
RM 116-2022-MINAM
Lima, 12 de mayo de 2022
VISTOS: el Memorando Nº 00504-2022-MINAM/SG/ OGA de la Oficina General de Administración; el Informe Nº 00084-2022-MINAM/SG/OGA/OF de la Oficina de Finanzas; el Informe Nº 00200-2022-MINAM/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Que, de conformidad con el artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 003-2022-MINAM, modificada por Resolución Ministerial Nº 015-2022-MINAM, el Titular del Ministerio del Ambiente delega facultades y atribuciones en titulares de diversas unidades de organización de la entidad, para el Año Fiscal 2022;

Que, a través del Decreto Legislativo Nº 1525, se modifica, entre otros, el sub numeral 3 del numeral 8.1 del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad, según el cual el titular de la entidad del Sector Público, los jefes de las Oficinas Generales de Administración, los jefes de las Oficinas de Contabilidad y de Presupuesto o quienes hagan sus veces, están obligados, según corresponda, a suscribir y/o presentar por medio digital, la rendición de cuentas de acuerdo con el artículo 23 del citado Decreto Legislativo, pudiendo el titular de la entidad delegar esta función en la máxima autoridad administrativa o quien haga sus veces;


Que, mediante el Memorando Nº 00504-2022-MINAM/ SG/OGA y el Informe Nº 00084-2022-MINAM/SG/OGA/OF , la Oficina General de Administración solicita la modificación de la Resolución Ministerial Nº 003-2022-MINAM, a fin de delegar en la Secretaría General la función prevista en sub numeral 3 del numeral 8.1 del artículo 8 del Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad;

Que, teniendo en consideración la norma citada con anterioridad y con el propósito de lograr una mayor fl uidez en la marcha administrativa del Ministerio del Ambiente, resulta conveniente delegar dicha facultad conforme a lo propuesto por la Oficina General de Administración, durante el Año Fiscal 2022;

Que, el artículo 13 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Resolución Ministerial Nº 167-2021-MINAM, establece que la Secretaría General está a cargo de el/ la Secretario/a General, quien es la máxima autoridad administrativa del Ministerio;

Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Secretaría General, de la Oficina General de Administración, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Recursos Humanos, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente;
el Decreto Legislativo Nº 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad y su modificatoria efectuada por Decreto Legislativo Nº 1525; y, la Resolución Ministerial Nº 167-2021-MINAM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Modificar el artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 003-2022-MINAM, modificada por Resolución Ministerial Nº 015-2022-MINAM, de acuerdo con el siguiente detalle:
"Artículo 3.- Delegación de facultades y atribuciones a el/la Secretario/a General.

Delegar en el/la Secretario/a General del Ministerio del Ambiente para el Año Fiscal 2022, las siguientes facultades y atribuciones:

3.1 Facultades en materia presupuestal y financiera, para lo siguiente:
a) Aprobar y/o formalizar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, previo informe favorable de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto.
b) Suscribir y/o presentar por medio digital, la rendición de cuentas del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, de acuerdo al artículo 23 del Decreto Legislativo Nº 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad. (...)
Artículo 2.- Notificar la presente Resolución Ministerial al/a la funcionario/a en quien han sido delegadas facultades y atribuciones, así como publicarla en la sede digital del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam)
en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MODESTO MONTOYA ZAVALETA
Ministro del Ambiente

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 116-2022-MINAM Modifican el artículo 3 de la R.M. Nº 003-2022-MINAM, respecto a la delegación de facultades y atribuciones a el/la Secretario/a General
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 116-2022-MINAM
  • Emitida por : Ambiente - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2022-05-14
  • Fecha de aplicacion : 2022-05-15

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