Decreto Supremo que ratifica el "Acuerdo de Cooperación entre la República del Perú y la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos para la Lucha contra la Corrupción"
DS 023-2022-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el "Acuerdo de Cooperación entre la República del Perú y la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos para la Lucha contra la Corrupción"
fue suscrito el 25 de febrero de …
Decreto Supremo que ratifica el "Acuerdo de Cooperación entre la República del Perú y la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos para la Lucha contra la Corrupción"
DS 023-2022-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el "Acuerdo de Cooperación entre la República del Perú y la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos para la Lucha contra la Corrupción"
fue suscrito el 25 de febrero de 2022 en Lima, Perú;
Que es conveniente a los intereses del Perú la ratificación interna del citado instrumento jurídico internacional;
Que, conforme con lo dispuesto en los artículos 57º
y 118º numeral 11 de la Constitución Política del Perú y el segundo párrafo del artículo 2º de la Ley Nº 26647, el Presidente de la República se encuentra facultado a celebrar y ratificar tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso;
18 NORMAS LEGALES Jueves 5 de mayo de 2022
El Peruano / Estando al Informe (DGT) Nº 3-2022; y, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley
Nº 26647;
DECRETA:
Artículo 1º.- Ratifícase el "Acuerdo de Cooperación entre la República del Perú y la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos para la Lucha contra la Corrupción", suscrito el 25 de febrero de 2022
en Lima, Perú.
Artículo 2º.- El Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial "El Peruano", de conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley Nº 26647, el texto íntegro del referido Acuerdo y la fecha de su entrada en vigor.
Artículo 3º.- Dése cuenta al Congreso de la República.
Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil veintidós.
JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES
Presidente de la República
CÉSAR LANDA ARROYO
Ministro de Relaciones Exteriores
NORMA LEGAL:
- Titulo: DS 023-2022-RE que ratifica el "Acuerdo de Cooperación entre la República del Perú y la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos para la Lucha contra la Corrupción"
- Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
- Numero : 023-2022-RE
- Emitida por : Relaciones Exteriores - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2022-05-05
- Fecha de aplicacion : 2022-05-06