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Transferencia Concesión Única Prestación RV 041-2022-MTC/03 Transportes y Comunicaciones
5/09/2022
Transferencia Concesión Única Prestación RV 041-2022-MTC/03 Transportes y Comunicaciones
Poder Ejecutivo, Transportes y Comunicaciones Aprueban transferencia de la Concesión Única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones otorgada a INNOVA TELECOMUNICACIONES E.I.R.L. a favor de la empresa INNOVA EMPRESA DE SERVICIOS GENERALES E.I.R.L. RV 041-2022-MTC/03 Lima, 4 de mayo de 2022 VISTA, la solicitud presentada mediante escrito de registro Nº T-113466-2022, por la empresa INNOVA TELECOMUNICACIONES E.I.R.L., para la aprobación de la
Aprueban transferencia de la Concesión Única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones otorgada a INNOVA TELECOMUNICACIONES E.I.R.L. a favor de la empresa INNOVA EMPRESA DE SERVICIOS GENERALES E.I.R.L.
RV 041-2022-MTC/03
Lima, 4 de mayo de 2022
VISTA, la solicitud presentada mediante escrito de registro Nº T-113466-2022, por la empresa INNOVA
TELECOMUNICACIONES E.I.R.L., para la aprobación de la transferencia de su Concesión Única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones a favor de la empresa INNOVA EMPRESA DE SERVICIOS
GENERALES E.I.R.L.;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1130-2019-MTC/01.03 del 2 de diciembre de 2019, se otorgó a la empresa INNOVA TELECOMUNICACIONES E.I.R.L., concesión única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú, estableciéndose como primer servicio a prestar, el Servicio Portador Local en la modalidad conmutado; habiéndose suscrito el respectivo Contrato de Concesión el 15 de enero de 2020;
Que, por Resolución Directoral Nº 018-2020-MTC/27 del 15 de enero de 2020, se inscribió en el Registro de Servicios Públicos de Telecomunicaciones, a favor de la empresa INNOVA TELECOMUNICACIONES E.I.R.L., el Servicio Portador Local en la modalidad conmutado; y se aprobó la Ficha Nº 833 de la inscripción del servicio antes mencionado;
Que, mediante el expediente de Vista, la empresa INNOVA TELECOMUNICACIONES E.I.R.L. solicitó al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la aprobación previa y expresa para la transferencia de su Concesión Única otorgada con Resolución Ministerial Nº 1130-2019-MTC/01.03, a favor de la empresa INNOVA EMPRESA DE
SERVICIOS GENERALES E.I.R.L.;
Que, el artículo 51 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, en adelante TUO de la Ley, establece que "Los derechos otorgados por el Estado (...) (concesiones, autorizaciones, licencias y permisos) son intransferibles, salvo previa autorización del Ministerio (...)", señalando, además que "la inobservancia de esta condición produce la resolución de pleno derecho del contrato de concesión o la anulación automática en el caso de autorizaciones, permisos y licencias";
Que, el artículo 32 de los Lineamientos de Políticas de Apertura del Mercado de Telecomunicaciones del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-98-MTC, dispone que, en caso de transferencia, cesión, arrendamiento u otorgamiento del derecho de uso de cualquier título de concesiones y asignación del espectro, se requerirá la autorización previa del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el que no podrá denegarlo sin causa justificada;
Que, el artículo 117 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, en adelante, TUO del Reglamento, establece que: "(...) Las concesiones y las asignaciones de espectro relativas a aquéllas son intransferibles total o parcialmente, salvo aprobación previa y expresa del Ministerio, la cual será formalizada mediante resolución viceministerial";
Que, la Cláusula Décima del Contrato de Concesión Única aprobado por Resolución Ministerial Nº 1130-2019-MTC/01.03, suscrito con la empresa INNOVA
TELECOMUNICACIONES E.I.R.L., referida a las limitaciones de la cesión de posición contractual, transferencia de la concesión o reorganización societaria, señala que: "LA CONCESIONARIA no podrá ceder la posición contractual derivada del presente Contrato, ni podrá transferir o gravar, arrendar ni usufructuar, total o parcialmente, bajo ningún título, los derechos, intereses u obligaciones que de él se deriven o de EL REGISTRO, ni realizar actos de reorganización societaria, con excepción de la transformación, sin la previa aprobación expresa y por escrito de EL MINISTERIO, quien podrá denegarlo sólo por causa justificada (...)";
Que, mediante Informe Nº 158-2022-MTC/27, la Dirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones concluye que es procedente la solicitud formulada por la empresa INNOVA
TELECOMUNICACIONES E.I.R.L., sobre aprobación de la transferencia de la Concesión Única otorgada con Resolución Ministerial Nº 1130-2019-MTC/01.03, a favor de la empresa INNOVA EMPRESA DE SERVICIOS
GENERALES E.I.R.L.;
De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de T elecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y sus modificatorias; el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC y sus modificatorias; el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01, y; el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias; y, Con la opinión favorable del Director General de Programas y Proyectos de Comunicaciones;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la transferencia de la Concesión Única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones otorgada a la empresa INNOVA
TELECOMUNICACIONES E.I.R.L., por Resolución Ministerial Nº 1130-2019-MTC/01.03, conjuntamente con los demás actos administrativos derivados de esta, a favor de la empresa INNOVA EMPRESA DE SERVICIOS
GENERALES E.I.R.L.
Artículo 2.- Aprobar la Adenda al Contrato de Concesión Única, mediante la cual se formaliza la transferencia descrita en el artículo precedente, y autorizar al Director General de Programas y Proyectos de Comunicaciones a suscribir la Adenda en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
Artículo 3.- Reconocer a la empresa INNOVA
EMPRESA DE SERVICIOS GENERALES E.I.R.L., como nueva titular de la Concesión Única otorgada por Resolución Ministerial Nº 1130-2019-MTC/01.03, a partir de la fecha de suscripción de la Adenda a que se refiere el artículo precedente, asumiendo todos los derechos y obligaciones derivados de la concesión transferida.
Artículo 4.- La presente resolución quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si la Adenda a la cual se refiere el artículo 2 de la presente resolución, no es suscrita por la empresa INNOVA
TELECOMUNICACIONES E.I.R.L. y la empresa INNOVA
EMPRESA DE SERVICIOS GENERALES E.I.R.L. en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución.
Artículo 5.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones, para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
VIRGILIO FREDY TITO CHURA
Viceministro de Comunicaciones
NORMA LEGAL:
- Titulo: RV 041-2022-MTC/03 Aprueban transferencia de la Concesión Única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones otorgada a INNOVA TELECOMUNICACIONES E.I.R.L. a favor de la empresa INNOVA EMPRESA DE SERVICIOS GENERALES E.I.R.L.
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
- Numero : 041-2022-MTC/03
- Emitida por : Transportes y Comunicaciones - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2022-05-08
- Fecha de aplicacion : 2022-05-09
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