4/25/2023

Presupuesto Analítico Personal Pap Universidad RCCO 164-2023-CCO-UNAJ Instituciones Educativas

Poder Judicial, Instituciones Educativas Aprueban el Presupuesto Analítico de Personal PAP - de la Universidad Nacional de Juliaca, correspondiente al ejercicio fiscal del año 2023 UNIVERSIDAD NACIONAL DE JULIACA RCCO 164-2023-CCO-UNAJ Juliaca, 20 de abril de 2023 VISTOS: El Oficio Nº 1991-2023-EF/53.06, de fecha 18 de abril del 2023, Informe Nº 094-2023-URH-CO-UNAJ/CVBS, de fecha 19 de abril del 2023, Informe Nº 101-2023-DGA-P-CO/UNAJ, de fecha 19 de abril del 2023 y el Acuerdo Nº 279-2023-SO-CCO-UNAJ de Sesión Ordinaria de fecha 19 de abril de 2023 y; CONSIDERANDO: …
Poder Judicial, Instituciones Educativas
Aprueban el Presupuesto Analítico de Personal PAP - de la Universidad Nacional de Juliaca, correspondiente al ejercicio fiscal del año 2023 UNIVERSIDAD NACIONAL DE JULIACA
RCCO 164-2023-CCO-UNAJ
Juliaca, 20 de abril de 2023
VISTOS:

El Oficio Nº 1991-2023-EF/53.06, de fecha 18 de abril del 2023, Informe Nº 094-2023-URH-CO-UNAJ/CVBS, de fecha 19 de abril del 2023, Informe Nº 101-2023-DGA-P-CO/UNAJ, de fecha 19 de abril del 2023 y el Acuerdo Nº 279-2023-SO-CCO-UNAJ de Sesión Ordinaria de fecha 19 de abril de 2023 y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto por el Art. 18, 4to párrafo de la Constitución Política del Estado, establece que cada Universidad es autónoma en su régimen normativo de gobierno, académico, administrativo y económico. Las Universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la constitución y las leyes.

Que, mediante Ley Nº 30220-Ley Universitaria, en su Art. 8, enuncia que el Estado reconoce la autonomía Universitaria, la autonomía inherente a las Universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable, ésta autonomía se manifiesta en los siguientes regímenes:

Normativo, De gobierno, Académico, Administrativo y Económico.

Que, el artículo 59º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece: El Consejo Universitario en el presente caso el Consejo de Comisión Organizadora de la UNAJ tiene las siguientes funciones, Numeral 59.2 Dictar el Reglamento General de la Universidad, el reglamento de elecciones y otros reglamentos internos especiales, así como vigilar su cumplimiento, Numeral 59.5 Concordar y ratificar los planes de estudios y de trabajo propuestos por las unidades académicas.

Que, el Documento Normativo "Disposiciones para la Constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución, aprobada bajo Resolución Vice Ministerial Nº 244-2021-MINEDU; señalando son funciones de la Comisión Organizadora, literal t) los miembros de las comisiones organizadoras son responsables administrativamente por el usos de los recursos de la institución, sin perjuicio de la responsabilidad civil, penal y administrativa.

Que, de conformidad con el numeral 2.4 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N.º 044-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia de gestión pública de los recursos humanos del Sector Público, la implementación de los instrumentos de la gestión fiscal de los recursos humanos del Sector Público se encuentra a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos, que comprende la aprobación del Catálogo Único de Conceptos de Ingresos correspondientes a los recursos humanos del Sector Público; la aprobación de los lineamientos para la formulación, aprobación y modificación del Presupuesto Analítico de Personal - PAP; y, otros que contribuyan con la asignación y utilización eficiente de los fondos públicos, así como brindar opinión favorable sobre el Presupuesto Analítico de Personal - PAP de cada entidad del Sector Público, previo a su aprobación.

Que, los numerales 16.1 y 16.2 del artículo 16 de la Directiva Nº 0005-2021-EF/53.01 "Lineamientos para la formulación, aprobación, registro y modificación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público", aprobada mediante Resolución Directoral N.º 0109-2021-EF/53.01, establecen que, una vez notificada la opinión favorable de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos, la entidad del Sector Público tiene un plazo no mayor de diez (10)
días hábiles para aprobar el Presupuesto Analítico de Personal - PAP, mediante acto administrativo emitido por el Titular de la Entidad, o a quien éste delegue expresamente dicha función. La Resolución que aprueba el Presupuesto Analítico de Personal - PAP incluye, como anexos, los formatos correspondientes que fueron materia de opinión favorable por la mencionada Dirección General;

Que, el mismo cuerpo normativo establece en el artículo 18 la resolución de aprobación del PAP y sus anexos son remitidos por la entidad a la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos (DGGFRH) para el registro en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de
los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP), en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha de su aprobación.

Que, mediante Informe Nº 094-2023-URH-CO-UNAJ/CVBS, de fecha 19 de abril del 2023, el Jefe de la Unidad de Recursos Humanos, Ing. Celso Víctor Benito Sagua, solicita la aprobación del Presupuesto Analítico de Personal PAP 2023, conforme a la normativa vigente, adjuntando anexos correspondientes.

Que, el Pleno del Consejo de Comisión Organizadora de la UNAJ, en su Sesión Ordinaria de fecha 19 de abril de 2023, mediante Acuerdo Nº 279-2023-SO-CCO-UNAJ, acordó POR UNANIMIDAD; APROBAR, el Presupuesto Analítico de Personal PAP - de la Universidad Nacional de Juliaca, correspondiente al ejercicio fiscal del año 2023.

En uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Art. 18, de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 30220, el Documento Normativo, aprobada bajo Resolución Vice Ministerial Nº 244-2021-MINEDU y el Estatuto de la UNAJ;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR, el Presupuesto Analítico de Personal PAP - de la Universidad Nacional de Juliaca, correspondiente al ejercicio fiscal del año 2023, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente resolución y sus anexos en el Diario Oficial el "Peruano"
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección General de Administración, remitir copia de la presente resolución y anexos a la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos (DGGFRH) para su registro en el (AIRHSP), en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha de su aprobación de conformidad con lo establecido en el art. 18 de la Directiva Nº 0005-2021-EF/53.01 "Lineamientos para la formulación, aprobación, registro y modificación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público"
Artículo Cuarto.- NOTIFICAR con el tenor del presente acto resolutivo a Vicepresidencia Académica, Vicepresidencia de Investigación, Dirección General de Administración, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Unidad de Recursos Humanos, y Oficina de Tecnologías de la Información para su conocimiento y fines pertinentes.

Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Oficina de Tecnologías de la Información, la publicación de la presente resolución en el portal Institucional de la Universidad Nacional de Juliaca (www.unaj.edu.pe).

FREDDY MARTÍN MARRERO SAUCEDO
Presidente
NEIL QUIROZ VILLAVICENCIO
Secretario General

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RCCO 164-2023-CCO-UNAJ Aprueban el Presupuesto Analítico de Personal PAP - de la Universidad Nacional de Juliaca, correspondiente al ejercicio fiscal del año 2023 UNIVERSIDAD NACIONAL DE JULIACA
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE CONSEJO DE COMISIÓN ORGANIZADORA
  • Numero : 164-2023-CCO-UNAJ
  • Emitida por : Instituciones Educativas - Poder Judicial
  • Fecha de emision : 2023-04-25
  • Fecha de aplicacion : 2023-04-26

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