4/12/2023
Segundo Párrafo Artículo 9 procedimiento RM 137-2023-EF/40 Defensa
Poder Ejecutivo, Defensa Modifican el segundo párrafo del artículo 9 del "Procedimiento para la notificación electrónica de los actos administrativos que emite el Tribunal Fiscal y otros actos que faciliten la resolución de las controversias", aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 205-2020-EF/4 RM 137-2023-EF/40 Lima, 11 de abril del 2023 CONSIDERANDO: Que, el artículo 11 del T exto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1263, señala que el domicilio procesal p…
Modifican el segundo párrafo del artículo 9 del "Procedimiento para la notificación electrónica de los actos administrativos que emite el Tribunal Fiscal y otros actos que faciliten la resolución de las controversias", aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 205-2020-EF/4
RM 137-2023-EF/40
Lima, 11 de abril del 2023
CONSIDERANDO:
Que, el inciso b) del artículo 104 del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece como una forma de notificación de los actos administrativos la realizada por medios electrónicos siempre que se pueda confirmar la entrega por la misma vía; correspondiendo que en el caso del Tribunal Fiscal, el procedimiento, los requisitos, formas y demás condiciones se establezcan mediante resolución ministerial del Sector Economía y Finanzas;
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 205-2020-EF/40 se aprueba el "Procedimiento para la notificación electrónica de los actos administrativos que emite el Tribunal Fiscal y otros actos que faciliten la resolución de las controversias";
Que, el segundo párrafo del artículo 9 del citado Procedimiento dispone que la notificación se considera efectuada y surte efectos el día hábil siguiente a la fecha del depósito del documento, de conformidad con lo establecido en el inciso b) del artículo 104 y en el artículo 106 del Código Tributario;
Que, el Decreto Legislativo Nº 1523, Decreto Legislativo que modifica el Código Tributario, modifica el inciso b) del artículo 104 del Código Tributario, señalando que tratándose del correo electrónico u otro medio electrónico aprobado por la SUNAT u otras Administraciones Tributarias o el Tribunal Fiscal, que permita la transmisión o puesta a disposición de un mensaje de datos o documento, la notificación se considera efectuada en la fecha del depósito del mensaje de datos o documento;
Que, en tal sentido, resulta necesario modificar el segundo párrafo del artículo 9 del "Procedimiento para la notificación electrónica de los actos administrativos que emite el Tribunal Fiscal y otros actos que faciliten la resolución de las controversias", aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 205-2020-EF/40, a efectos de adecuar dicha disposición con lo regulado en el inciso b) del artículo 104 del Código Tributario, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1523;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 y el inciso b) del artículo 104 del Texto Único Ordenado del Código Tributario;
SE RESUELVE:
"Artículo 9. Notificación por medio electrónico y mecanismos de seguridad (...)
La citada notificación se considera efectuada en la fecha del depósito del documento y surte efectos el día hábil siguiente, de conformidad con lo establecido en el inciso b) del artículo 104 y en el artículo 106 del Código Tributario. (...) "
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA
Ministro de Economía y Finanzas
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 137-2023-EF/40 Modifican el segundo párrafo del artículo 9 del "Procedimiento para la notificación electrónica de los actos administrativos que emite el Tribunal Fiscal y otros actos que faciliten la resolución de las controversias", aprobado mediante Nº 205-2020-EF/4
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 137-2023-EF/40
- Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2023-04-12
- Fecha de aplicacion : 2023-04-13
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