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Transferencia Financiera Favor Contraloría RM 0180-2023-JUS Justicia y Derechos Humanos
5/09/2023
Transferencia Financiera Favor Contraloría RM 0180-2023-JUS Justicia y Derechos Humanos
Poder Ejecutivo, Justicia y Derechos Humanos Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República RM 0180-2023-JUS Lima, 8 de mayo de 2023 VISTOS, el Oficio Nº 000863-2023-CG/SGE, de la Contraloría General de la República; el Informe Nº 184-2023-JUS/OGPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe Nº 469-2023-JUS-OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 31638, se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 y con Resolución Mini…
Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República
RM 0180-2023-JUS
Lima, 8 de mayo de 2023
VISTOS, el Oficio Nº 000863-2023-CG/SGE, de la Contraloría General de la República; el Informe Nº 184-2023-JUS/OGPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe Nº 469-2023-JUS-OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
y con Resolución Ministerial Nº 0414-2022-JUS, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA)
correspondiente al Año Fiscal 2023 del Pliego 006.
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos por la suma de S/ 557 445 281,00 (Quinientos Cincuenta y Siete Millones Cuatrocientos Cuarenta y Cinco Mil Doscientos Ochenta y Uno y 00/100 Soles) por toda Fuente de Financiamiento;
Que, el artículo 3 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, dispone que toda ejecución de cualquier iniciativa de contratación de bienes y servicios que no constituyan inversión, por parte de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos convocados superen los S/ 10 000 000,00 (Diez Millones y 00/100 Soles), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República.
Para este efecto, los pliegos comprendidos en dicha modalidad de control gubernamental deben destinar para su financiamiento hasta el 2% del monto convocado con cargo a su presupuesto institucional en la categoría de gasto corriente;
Que, los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4 de la Ley Nº 31358, autorizan a los pliegos involucrados del Gobierno Nacional, Regional y Locales, a cargo de las intervenciones a que se refieren los artículos 1 y 3 de la citada ley, a realizar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto; a fin de poder realizar transferencias financieras a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fiscalizadora superior; y que las referidas transferencias se aprueban mediante resolución del titular del pliego, en el caso del gobierno nacional, y se publican en el Diario Oficial El Peruano;
Que, el numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva Nº 0005-2022-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 0023-2022-EF/50.01, establece que el Pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias financieras en el marco de las disposiciones legales vigentes, deberá efectuar su registro en una actividad y en la Partida de Gasto 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, cuando la ejecución corresponda a gastos corrientes;
Que, el numeral 7.3 de la Directiva Nº 018-2022-CG/ GMPL, Directiva externa que establece disposiciones complementarias de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas de expansión del control concurrente, aprobada mediante Resolución de Contraloría Nº 275-2022-CG, establece que para las contrataciones de bienes y servicios que por su naturaleza no se realice una convocatoria o esta ya se haya realizado, el plazo para hacer efectiva la transferencia financiera es de quince (15) días hábiles de recibida la solicitud;
Que, mediante Oficio Nº 00863-2023-CG/SGE, la Contraloría General de la República solicita, en el marco de la Directiva Nº 018-2022-CG/GMPL, efectuar la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, hasta por el monto de S/ 205
901,73 (Doscientos Cinco Mil Novecientos Uno y 73/100
Soles), para financiar las acciones de control concurrente de la contratación del Servicio de Limpieza para la sede central de Lima y sus locales a nivel nacional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
Que, a través del Informe Nº 184-2023-JUS/OGPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, emite opinión favorable sobre la transferencia financiera a efectuarse a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, hasta por la suma de S/ 205 901,73 (Doscientos Cinco Mil Novecientos Uno y 73/100 Soles), para financiar las acciones de control concurrente de la contratación del Servicio de Limpieza para la sede central de Lima y sus locales a nivel nacional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en el marco de lo establecido en el artículo 4 de la Ley Nº 31358, al contarse con recursos disponibles en el presupuesto institucional del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Unidad Ejecutora 001.
Ministerio de Justicia - Oficina General de Administración, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios;
Que, resulta necesario autorizar una Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 205 901,73 (Doscientos Cinco Mil Novecientos Uno y 73/100 Soles), por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, en el marco de lo dispuesto en la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente;
18 NORMAS LEGALES Martes 9 de mayo de 2023
De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Resolución Directoral Nº 0023-2022-EF/50.01, que aprueba la Directiva Nº 0005-2022-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria; y, la Resolución de Contraloría Nº 275-2022-CG, que aprueba la Directiva Nº 018-2022-CG/GMPL, Directiva Externa que establece disposiciones complementarias de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente;
SE RESUELVE:
Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, se ha realizado con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 006:
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para el Año Fiscal 2023, según el siguiente detalle:
DE LA SOLES
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO : 006 Ministerio de Justicia y Derechos Humanos UNIDAD EJECUTORA : 001 Ministerio de Justicia - Oficina General de Administración CATEGORÍA PRESUPUESTAL : 9001 Acciones Centrales PRODUCTO : 3999999 Sin Producto ACTIVIDAD : 5000003 Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 1 Recursos Ordinarios
CATEGORÍA DE GASTO
GASTOS CORRIENTES
2.4 Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional S/ 205 901,73
TOTAL TRANSFERENCIA FINANCIERA S/ 205 901,73
Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en la sede digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DANIEL MAURATE ROMERO
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 0180-2023-JUS Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 0180-2023-JUS
- Emitida por : Justicia y Derechos Humanos - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2023-05-09
- Fecha de aplicacion : 2023-05-10
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