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Rm 0015 2023 midagri Formaliza Inicio Proceso 0204-2023-MIDAGRI Defensa
6/28/2023
Rm 0015 2023 midagri Formaliza Inicio Proceso 0204-2023-MIDAGRI Defensa
Proyecto, Defensa Modifican la R.M. Nº 0015-2023-MIDAGRI que formaliza el inicio del proceso de formulación del Plan Estratégico Sectorial Multianual - PESEM del Sector Agrario y de Riego 2023 - 2030 del MIDAGRI y se crea el "Grupo de Trabajo Sectorial de Planeamiento Estratégico del Sector Agrario y Riego" RM 0204-2023-MIDAGRI Lima, 23 de junio de 2023 VISTOS: El Memorando Nº 1303-2023-MIDAGI-SG/OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 0181-2023-MIDAGRI-SG/OGPP-OPLA, de la Oficina de Planeamiento y el Informe Legal Nº 0822-2023-MIDAGRI-SG/OGAJ de la …
Modifican la R.M. Nº 0015-2023-MIDAGRI que formaliza el inicio del proceso de formulación del Plan Estratégico Sectorial Multianual - PESEM del Sector Agrario y de Riego 2023 - 2030 del MIDAGRI y se crea el "Grupo de Trabajo Sectorial de Planeamiento Estratégico del Sector Agrario y Riego"
RM 0204-2023-MIDAGRI
Lima, 23 de junio de 2023
VISTOS:
El Memorando Nº 1303-2023-MIDAGI-SG/OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 0181-2023-MIDAGRI-SG/OGPP-OPLA, de la Oficina de Planeamiento y el Informe Legal Nº 0822-2023-MIDAGRI-SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN-, como el órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico;
Que, el segundo párrafo de la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 095-2022-PCM, que aprueba el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al 2050, dispone que los sectores formulan y aprueban su Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) articulados al Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al 2050, en un plazo no mayor de trescientos treinta (330) días calendario, contado a partir de la entrada en vigencia del citado Decreto Supremo;
Que, es necesario mencionar que mediante Resolución Ministerial Nº 0461-2015-MINAGRI, se aprobó el Plan Estratégico Sectorial Multianual PESEM
2015-2021 del Sector Agricultura y Riego, con Resolución Ministerial Nº 0602-2016-MINAGRI, se aprobó el Plan Estratégico Sectorial Multianual actualizado PESEM
2015-2021 (Diciembre 2016) del Sector Agricultura y Riego; y posteriormente, con Resolución Ministerial Nº 458-2019-MINAGRI, se aprobó la extensión del horizonte temporal del Plan Estratégico Sectorial Multianual actualizado (PESEM) 2015 - 2021 (diciembre 2016) del Sector Agricultura y Riego al 2024; y, luego con Resolución Ministerial Nº 0166-2022-MIDAGRI, se aprobó la ampliación del horizonte temporal del Plan Estratégico Sectorial Multianual - PESEM 2015 - 2021, del Sector Agricultura y Riego, al 2027;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0015-2023-MIDAGRI MIDAGRI publicada en el Diario Oficial El Peruano el 14 de enero de 2023, se formaliza el inicio del proceso de formulación del Plan Estratégico Sectorial Multianual - PESEM del Sector Agrario y de Riego 2023 - 2030 del MIDAGRI y se crea el Grupo de Trabajo Sectorial de naturaleza temporal denominado "Grupo de Trabajo Sectorial de Planeamiento Estratégico del Sector Agrario y Riego";
Que, conforme al numeral 28.1 del artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y modificatorias, los grupos de trabajo son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes técnicos, tales como la elaboración de propuestas normativas, instrumentos, entre otros productos específicos. Sus conclusiones carecen de efectos jurídicos sobre terceros; y en el numeral 28.2
se establece que se aprueban mediante resolución ministerial del ministerio del cual depende;
Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 0034-2023/CEPLAN/PCD publicada en el Diario Oficial El Peruano el 19 de mayo de 2023 se aprueba la ampliación de plazo para la formulación y aprobación del Plan Estratégico Sectorial Multianual, hasta el último día útil del mes de diciembre de 2023, el cual es aplicable a todos los sectores del Poder Ejecutivo del Gobierno Nacional;
Que, el literal b) del artículo 26 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI, establece que la Oficina de Planeamiento de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto tiene como función elaborar, entre otros, el Plan Estratégico Sectorial Multianual;
Que, mediante el Memorando Nº 1303-2023-MIDAGRI-SG/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe Nº 0181-2023-MIDAGRI-SG/OGPP-OPLA de la Oficina de Planeamiento, que solicita modificar la Resolución Ministerial Nº 0015-2023-MIDAGRI y el Informe Nº 0080-2023-MIDAGRI-SG/OGPP-OM de la Oficina de Modernización que emite opinión favorable respecto a la modificación acotada;
Que, con el visado del Secretario General, de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; Lineamientos de Organización del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, y modificatorias; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI; la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 0034-2023/CEPLAN/PCD, aprueba la ampliación de plazo para la formulación y aprobación del Plan Estratégico Sectorial Multianual, hasta el último día útil del mes de diciembre de 2023, el cual es aplicable a todos los sectores del Poder Ejecutivo del Gobierno Nacional y Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 009-2023/CEPLAN/PCD, que aprueba la Guía Metodológica para el Planeamiento Estratégico Sectorial;
SE RESUELVE:
Modifíquese los artículos 7, 9, 10 y 12 de la Resolución Ministerial Nº 0015-2023-MIDAGRI, quedando redactado de la siguiente manera:
"Artículo 7.- Conformación del Grupo de Trabajo 7.1 El Grupo de Trabajo Sectorial está conformado por:
a) El/La Ministro/a de Desarrollo Agrario y Riego, quien lo preside.
b) El/La Viceministro/a de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario.
c) El/La Viceministro/a de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego.
d) El/La Secretario/a General.
e) El/la director/a General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto.
f) El/La Director/a de la Oficina de Planeamiento de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en calidad de Secretario/a Técnico/a.
g) El/La Director/a General de la Dirección General de Políticas Agrarias.
h) El/La Director/a General de la Dirección General de Estadística, Seguimiento y Evaluación de Políticas.
i) El/La Director/a General de la Dirección General de Gestión Territorial.
j) El/La Director/a General de la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología.
k) El/La Director/a General de la Dirección General de Desarrollo Ganadero.
l) El/La Director/a General de la Dirección General de Saneamiento de la Propiedad Agraria y Catastro Rural.
m) El/La Director/a General de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios.
n) El/La Director/a General de la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego.
o) El/La Director/a General de la Dirección General de Asociatividad, Servicios Financieros y Seguros.
p) El/La Jefe/a de la Autoridad Nacional del Agua.
q) El/La Sub Director/a de la Unidad de Planeamiento y Modernización de la Autoridad Nacional del Agua.
r) El/La Jefe/a del Servicio Nacional de Sanidad Agraria.
s) El/La Director/a de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del Servicio Nacional de Sanidad Agraria.
t) El/La Jefe/a del Instituto Nacional de Innovación Agraria.
u) El/La Director/a de la Unidad de Planeamiento y Racionalización del Instituto Nacional de Innovación Agraria.
v) El/La Director/a Ejecutivo/a del Servicio Forestal y de Fauna Silvestre.
w) El/La Directora/a de la Oficina de Planeamiento y Racionalización del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre.
x) El/La Presidente/a Ejecutivo/a de Sierra y Selva Exportadora.
y) El/La Jefe/a de la Unidad de Planeamiento de Sierra y Selva Exportadora.
7.2 Los integrantes del Grupo de Trabajo Sectorial realizan sus funciones ad honorem y cuentan con un/a representante alterno/a."
"Artículo 9.- Designación de representantes alternos del Grupo de Trabajo Sectorial Los/Las representantes alternos/as que conforman el Grupo de Trabajo Sectorial, se acreditan ante la Secretaría Técnica mediante comunicación escrita, en un plazo no mayor de tres (03) días hábiles contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano."
"Artículo 10.- Funciones del Grupo de Trabajo Sectorial El Grupo de Trabajo Sectorial tiene las siguientes funciones:
a) Aprobar el plan de trabajo para la formulación del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) del Sector Agrario y de Riego 2023-2030.
b) Validar los productos de las fases del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua en la formulación con énfasis en la selección de los objetivos y acciones estratégicas sectoriales.
c) Validar el proyecto de PESEM del Sector Agrario y de Riego 2023-2030 y presentarlo a la Alta Dirección del Ministerio mediante informe técnico."
"Artículo 12.- Vigencia El Grupo de Trabajo Sectorial, tiene vigencia hasta el último día útil del mes de diciembre de 2023."
"Artículo 14.- Financiamiento del Grupo de Trabajo 14.1 El funcionamiento del Grupo de Trabajo Sectorial, se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
14.2 Los gastos que involucre la participación de los integrantes del Grupo de Trabajo Sectorial se financia con cargo al presupuesto institucional de la entidad a la cual pertenecen, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público."
Artículo 2.- Derogar los artículos 2, 3, 4 y 5 de la Resolución Ministerial Nº 0015-2023-MIDAGRI
Deróguese los artículos 2, 3, 4 y 5 de la Resolución Ministerial Nº 0015-2023-MIDAGRI, referidos a la creación y objeto, conformación, funciones y secretaría técnica de la Comisión Sectorial de Planeamiento Estratégico del Sector Agrario y de Riego.
Artículo 3.- Notificación Notificar la presente Resolución Ministerial a las unidades de organización, programas, proyectos especiales, unidades ejecutoras del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, así como a los organismos públicos adscritos que forman parte integrante del Grupo de Trabajo Sectorial.
Artículo 4.- Publicación La presente Resolución Ministerial es publicada en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
NELLY PAREDES DEL CASTILLO
Ministra de Desarrollo Agrario y Riego
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 0204-2023-MIDAGRI Modifican la R.M. Nº 0015-2023-MIDAGRI que formaliza el inicio del proceso de formulación del Plan Estratégico Sectorial Multianual - PESEM del Sector Agrario y de Riego 2023 - 2030 del MIDAGRI y se crea el "Grupo de Trabajo Sectorial de Planeamiento Estratégico del Sector Agrario y Riego"
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 0204-2023-MIDAGRI
- Emitida por : Defensa - Proyecto
- Fecha de emision : 2023-06-28
- Fecha de aplicacion : 2023-06-29
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