7/13/2023

Otorgan Distinción personalidad Meritoria RM 000267-2023-MC Cultura

Poder Ejecutivo, Cultura Otorgan distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura" RM 000267-2023-MC San Borja, 11 de julio de 2023 VISTOS; el Memorando Nº 000243-2023-VMI/MC del Viceministerio de Interculturalidad; el Informe Nº 000138-2023-DGCI/MC de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural; el Proveído Nº 005349-2023-VMPCIC/MC del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Memorando Nº 000654-2023-DGPC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; el Informe Nº 000995-2023-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: …
Poder Ejecutivo, Cultura
Otorgan distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura"
RM 000267-2023-MC
San Borja, 11 de julio de 2023
VISTOS; el Memorando Nº 000243-2023-VMI/MC del Viceministerio de Interculturalidad; el Informe Nº 000138-2023-DGCI/MC de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural; el Proveído Nº 005349-2023-VMPCIC/MC del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Memorando Nº 000654-2023-DGPC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; el Informe Nº 000995-2023-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modificatoria, se crea el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, estableciéndose entre sus funciones exclusivas el convocar y conceder reconocimiento al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;

Que, asimismo, el literal d) del artículo 7 de la norma citada y el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, prevén como función exclusiva del Ministerio de Cultura, convocar y conceder reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;

Que, el artículo 51 del ROF, establece que la Dirección General de Patrimonio Cultural es el órgano de línea encargado de diseñar, proponer y conducir la ejecución de las políticas, planes, estrategias, programas y proyectos para una adecuada gestión, registro, inventario, investigación, conservación, presentación, puesta en uso social, promoción y difusión del patrimonio cultural, con excepción del patrimonio mueble y patrimonio arqueológico inmueble;

Que, conforme con lo establecido en el artículo 84 del ROF, la Dirección General de Ciudadanía Intercultural es el órgano de línea encargado del diseño y la ejecución de políticas integrales de interculturalidad, de defensa, protección y promoción de los derechos de los pueblos indígenas y población afroperuana, promoviendo la pluralidad étnica y cultural, construyendo una ciudadanía intercultural y combatiendo la discriminación étnico-racial;

Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva Nº 002-2016-MC, Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura, aprobada por la Resolución Ministerial Nº 107-2016-MC establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte significativo al desarrollo cultural del país, el cual se formaliza mediante resolución ministerial a ser publicada en el diario oficial "El Peruano", conforme con lo establecido por el acápite 6.1.4 de la citada directiva;

Que, mediante la Carta Nº 042-2023-ECA
AMARAKAERI/WQD, el Consejo Directivo del Ejecutor del Contrato de Administración - ECA de la Reserva Comunal Amarakaeri, solicita evaluar el otorgamiento del reconocimiento de Personalidad Meritoria de la Cultura al señor Julio Yuri Yagar;

Que, con el Memorando Nº 000654-2023-DGPC/ MC, la Dirección General de Patrimonio Cultural remite el Informe Nº 000393-2023-DPI/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, el cual hace suyo el Informe Nº 000097-2023-DPI-PMP/MC, recomendando otorgar el reconocimiento como Personalidad Meritoria de la Cultura a la referida persona por su contribución a la transmisión y revaloración de los saberes ancestrales del pueblo
Harakbut, tanto al interior de las comunidades que lo integran como hacia la sociedad peruana en su conjunto a través de las producciones audiovisuales Chamán.

Sabio ancestral Harakbut, producido en conjunto por la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental - SPDA con el ECA Amarakaeri; y el largometraje documental Voces que sanan;

Que, mediante el Memorando Nº 000238-2023-DGCI/MC, la Dirección General de Ciudadanía Intercultural con sustento en el Informe Nº 000181-2023-DIN/MC de la Dirección de Políticas Indígenas, propone otorgar la referida distinción por la destacada trayectoria y aporte al desarrollo cultural del país de la persona propuesta;

Que, siendo esto así, resulta necesario emitir el acto resolutivo que otorgue el reconocimiento como Personalidad Meritoria de la Cultura al señor Julio Yuri Yagar; advirtiéndose que los informes técnicos emitidos constituyen partes integrantes de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS;

Con los vistos del Despacho Viceministerial de Interculturalidad, del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modificatoria;
el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva Nº 002-2016/ MC, Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura, aprobada por la Resolución Ministerial Nº 107-2016-MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar la distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura" al señor JULIO YURI YAGAR, en reconocimiento a su destacada labor y trayectoria en favor de salvaguardia y revalorización de los conocimientos tradicionales de los pueblos indígenas u originarios, constituyendo ello un valioso aporte a la pluralidad étnica y cultural de la nación.

Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional para los fines pertinentes.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de su publicación en el diario oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA
Ministra de Cultura

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 000267-2023-MC Otorgan distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 000267-2023-MC
  • Emitida por : Cultura - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2023-07-13
  • Fecha de aplicacion : 2023-07-14

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.