8/24/2023

Prepublicación Proyectos Actualización guía Toma RDE Defensa

Poder Ejecutivo, Defensa Disponen la prepublicación de los proyectos de actualización de la "Guía para la Toma de Inventario Inicial del Centro de Transformación Primaria" y de la "Guía para la Verificación del Inventario Inicial en el Centro de Transformación Primaria" RDE D000188-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE Magdalena del Mar, 23 de agosto del 2023 VISTOS: El Informe Técnico Nº D000210-2023-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS-DPR emitido por la Direcció n de Polí tica y Regulació n; el Memorando Nº D000577-2023-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS de la Direcció n General de Polí tica y Competitividad F…
Poder Ejecutivo, Defensa
Disponen la prepublicación de los proyectos de actualización de la "Guía para la Toma de Inventario Inicial del Centro de Transformación Primaria" y de la "Guía para la Verificación del Inventario Inicial en el Centro de Transformación Primaria"
RDE D000188-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE
Magdalena del Mar, 23 de agosto del 2023
VISTOS:

El Informe Técnico Nº D000210-2023-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS-DPR emitido por la Direcció n de Polí tica y Regulació n; el Memorando Nº D000577-2023-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS de la Direcció n General de Polí tica y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre;
y el Informe Legal Nº D000370-2023-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGAJ de la Oficina General de Asesorí a Jurí dica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 13 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno y como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego, ahora Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego;

Que, el artículo 14 de la Ley Nº 29763, establece como funciones del SERFOR, entre otros, emitir y proponer normas y lineamientos de aplicación nacional, relacionados con la gestión, administración y uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre;
así como, gestionar y promover el uso sostenible, la conservación y protección de los recursos forestales y de fauna silvestre;

Que, el artículo 120 de la Ley Nº 29763, señala que la autoridad regional forestal y de fauna silvestre (ARFFS) otorga la autorización para establecer plantas de transformación primaria y supervisa y fiscaliza su funcionamiento; asimismo, señala que, las empresas que se dedican a la transformación de la madera entregan la información de sus actividades forestales, según lo establece el reglamento de la mencionada Ley;

Que, asimismo, el artículo 127 de la Ley Nº 29763
dispone que el SERFOR desarrolla mecanismos transparentes para verificar el origen legal y la cadena de custodia de especies maderables, que incluyan los requerimientos para la supervisión del manejo y el mantenimiento de registros, con el fin de rastrear de manera confiable los especímenes desde la extracción hasta su transporte, procesamiento y exportación;

Que, a su vez, el artículo 121 de la Ley Nº 29763, refiere que el SERFOR, en su calidad de Autoridad Administrativa CITES, y la ARFFS están facultados para inspeccionar las plantas de transformación, lugares de acopio o depósitos de madera y otros productos forestales y de fauna silvestre a fin de verificar las existencias, las que son consignadas diariamente en un registro de ingresos y salidas de productos cuyas características las establece el reglamento. A su vez, refiere que los titulares o responsables de plantas de transformación de productos forestales y de fauna silvestre están en la obligación de verificar el origen legal de los productos que transforman;

Que, concordante con lo señalado, el literal b) del artículo 171 del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, y el literal b) del artículo 106 del Reglamento para la Gestión
Forestal y de Fauna Silvestre en Comunidades Nativas y Comunidades Campesinas, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2015-MINAGRI, indican que el libro de operaciones de centros y otros, es el documento en el que los titulares de los centros de transformación, lugares de acopio, depósitos y centros de comercialización de productos, subproductos y especímenes forestales, registran y actualizan obligatoriamente la información de ingresos y salidas;

Que, bajo ese marco, mediante Resolució n de Direcció n Ejecutiva Nº D000064-2021- MIDAGRI-SERFOR-DE el SERFOR aprueba la "Guí a para la Toma de Inventario Inicial en los Centros de Transformació n Primaria" y la "Guí a para la Verificació n del Inventario Inicial en los Centros de Transformació n Primaria";

Que, posteriormente, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº D000025-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE, el SERFOR aprueba los Formatos actualizados de "Libro de operaciones de centros de transformación primaria de productos y subproductos forestales maderables", las Instrucciones para el uso y las Instrucciones para el Registro de Informació n en el "Libro de operaciones de centros de transformació n primaria de productos y subproductos forestales maderables";

Que, a través de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº D000143-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE, el SERFOR
dispone, entre otros, que el uso de los Formatos actualizados de "Libro de operaciones de centros de transformación primaria de productos y subproductos forestales maderables", aprobados con Resolución de Dirección Ejecutiva Nº D000025-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE, sean exigibles a partir del quince (15) de enero de 2024;

Que, bajo ese marco, la Direcció n General de Polí tica y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, mediante el documento del Vistos, manifiesta su conformidad al Informe Técnico Nº D000210-2023-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS-DPR elaborado por la Dirección de Política y Regulación, el cual sustenta la prepublicación de los proyectos de actualización de la "Guía para la Toma de Inventario Inicial del Centro de Transformación Primaria" y de la "Guía para la Verificación del Inventario Inicial en el Centro de Transformación Primaria"; a efectos de recibir aportes y/o comentarios por parte de la ciudadanía en general;

Que, por su parte, la Oficina General de Asesoría Jurídica a través del Informe Legal Nº D000370-2023-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGAJ y bajo el sustento técnico contenido en el Informe Técnico Nº D000210-2023-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS-DPR, concluye que resulta legalmente viable emitir la Resolución de Dirección Ejecutiva que disponga la prepublicación de los proyectos de actualización de la "Guía para la Toma de Inventario Inicial del Centro de Transformación Primaria" y de la "Guía para la Verificación del Inventario Inicial en el Centro de Transformación Primaria"; conforme a lo prescrito en el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS;

Que, conforme a lo previsto en el artículo 14 del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, la Dirección Ejecutiva del SERFOR es la máxima autoridad ejecutiva institucional; asimismo, las normas expedidas por el SERFOR son aprobadas por dicha instancia, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva, de acuerdo a lo establecido en el literal m) del artículo 10 Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI, y su modificatoria;

Que, estando a lo señalado precedentemente, y con el visado del Director General de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; el Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI; el Reglamento para la Gestión Forestal y de Fauna Silvestre en Comunidades Nativas y Comunidades Campesinas, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2015-MINAGRI; y el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI, y su modificatoria;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Disponer la prepublicación de los proyectos de actualización de la "Guía para la Toma de Inventario Inicial del Centro de Transformación Primaria"
y de la "Guía para la Verificación del Inventario Inicial en el Centro de Transformación Primaria", que forman parte integrante de la presente Resolución por un plazo de diez (10) días hábiles, contado a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, a efectos de recibir los comentarios y/o aportes de las personas interesadas.

Artículo 2.- Los comentarios y/o aportes a los proyectos de actualización de la "Guía para la Toma de Inventario Inicial del Centro de Transformación Primaria"
y de la "Guía para la Verificación del Inventario Inicial en el Centro de Transformación Primaria", deben enviarse de acuerdo al formato que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución a la Sede Central del SERFOR, ubicada en Avenida Javier Prado Oeste Nº 2442, Urbanización Orrantia, Magdalena del Mar, Lima, a sus Administraciones Técnicas Forestales y de Fauna Silvestre, o a la dirección electrónica serforpropone@
serfor.gob.pe.

Artículo 3.- Encargar a la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, recibir, procesar y sistematizar los comentarios y/o aportes que se realicen en el marco de lo dispuesto en la presente Resolución.

Artículo 4.- Disponer la notificación de la presente Resolución a la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, para la acción prevista en el artículo 3 de la presente Resolución.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Diario Oficial El Peruano;
así como la publicación de dicho acto resolutivo, los documentos mencionados en el Artículo 1 y el Anexo en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR https://www.gob.pe/serfor.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS ALBERTO GONZALES ZÚÑIGA GUZMÁN
Director Ejecutivo Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre
ANEXO
FORMATO PARA EL INGRESO DE COMENTARIOS
Y/O APORTES A LOS PROYECTOS DE
ACTUALIZACIÓN DE LA "GUÍA PARA LA TOMA
DE INVENTARIO INICIAL DEL CENTRO DE
TRANSFORMACIÓN PRIMARIA" Y DE LA "GUÍA
PARA LA VERIFICACIÓN DEL INVENTARIO INICIAL
EN EL CENTRO DE TRANSFORMACIÓN PRIMARIA"
Número de identificación (Asignado por el SERFOR)
Nombres y apellidos completos Nº de Documento de Identidad Institución u organización a la que representa Teléfono Correo electrónico Especificar el tema o numeral de la propuesta Comentario y/o Aporte Sustento Técnico y/o legal del Comentario y/o Aporte

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RDE D000188-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE Disponen la prepublicación de los proyectos de actualización de la "Guía para la Toma de Inventario Inicial del Centro de Transformación Primaria" y de la "Guía para la Verificación del Inventario Inicial en el Centro de Transformación Primaria"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA
  • Numero : D000188-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE
  • Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2023-08-24
  • Fecha de aplicacion : 2023-08-25

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