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Transferencia Financiera Favor Contraloría RM 250-2023-MINCETUR Comercio Exterior y Turismo
9/01/2023
Transferencia Financiera Favor Contraloría RM 250-2023-MINCETUR Comercio Exterior y Turismo
Poder Ejecutivo, Comercio Exterior y Turismo Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República RM 250-2023-MINCETUR Lima, 31 de agosto de 2023 VISTO, el Oficio Nº 001281-2023-CG/SGE de la Secretaría General de la Contraloría General de la República; el Informe Nº 1824-2023-MINCETUR/DM/ COPESCO-DE/UEO/EO, de la Unidad de Ejecución de Obras de Plan COPESCO Nacional; el Informe Nº 0085-2023-MINCETUR/DM/COPESCO-DE/UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de Plan COPESCO Nacional; el Informe Nº 0314-2023-MINCETUR/SG/ OGPPD/OPP de la Oficina de Planificación…
Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República
RM 250-2023-MINCETUR
Lima, 31 de agosto de 2023
VISTO, el Oficio Nº 001281-2023-CG/SGE de la Secretaría General de la Contraloría General de la República; el Informe Nº 1824-2023-MINCETUR/DM/ COPESCO-DE/UEO/EO, de la Unidad de Ejecución de Obras de Plan COPESCO Nacional; el Informe Nº 0085-2023-MINCETUR/DM/COPESCO-DE/UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de Plan COPESCO
Nacional; el Informe Nº 0314-2023-MINCETUR/SG/ OGPPD/OPP de la Oficina de Planificación y Presupuesto de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo; el Informe Nº 0091-2023-MINCETUR/SG/ OGPPD/OCTIP de la Oficina de Cooperación Técnica e Inversión Pública de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo; y, el Memorándum Nº 893-2023-MINCETUR/SG/OGPPD de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 1.1. del artículo 1 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del Control Concurrente, modificado por la Ley Nº 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023, establece que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías financieras o no financieras por parte del Estado, cuyos montos de inversión superen los S/ 5 000 000,00 (Cinco Millones y 00/100 SOLES), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República;
Que, el numeral 2.1. del artículo 2 de la citada Ley Nº 31358 establece que para la aplicación del mecanismo de control gubernamental en las inversiones públicas, se destina para su financiamiento hasta el 2% de su valor total, desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, como costos indirectos u otros costos, un rubro denominado Control Concurrente, el cual corresponde al financiamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental;
Que, asimismo, el numeral 4.1. del artículo 4 de la Ley Nº 31358 autoriza a los pliegos involucrados a realizar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, a fin de poder realizar transferencias financieras a favor del pliego 019: Contraloría General, a solicitud de dicha entidad fiscalizadora superior; asimismo, el numeral 4.2. del citado artículo dispone que dichas transferencias se aprueban mediante resolución del titular del pliego del gobierno nacional, la cual se publica en el Diario Oficial "El Peruano";
Que, mediante el Oficio Nº 001281-2023-CG/SGE, la Contraloría General de la República, en el marco de la Ley Nº 31358, solicita al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo proceder a efectuar la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, hasta por el monto de S/ 86 359,00 (Ochenta y Seis Mil Trescientos Cincuenta y Nueve con 00/100 Soles); para la realización de las acciones de control concurrente al proyecto de inversión con CUI 2573436 "MEJORAMIENTO DE LOS
SERVICIOS TURÍSTICOS PÚBLICOS EN RECURSOS
TURÍSTICOS EN EL PARQUE ARQUEOLÓGICO
DE MACHUPICCHU (LLAQTA, MONTAÑAS
MACHUPICCHU, WAYNAPICCHU Y HUCHUYPICCHU)
DISTRITO DE MACHUPICCHU DE LA PROVINCIA
DE URUBAMBA DEL DEPARTAMENTO DE CUSCO", a cargo de la Unidad Ejecutora 004: Plan COPESCO
Nacional del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;
Que, la Oficina de Planificación y Presupuesto de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, mediante el Informe Nº 0314-2023-MINCETUR/ SG/OGPPD/OPP, emite opinión favorable para la Transferencia Financiera, a favor del Pliego 019:
Contraloría General, por la suma de S/ 86 359,00 (Ochenta y Seis Mil Trescientos Cincuenta y Nueve con 00/100
Soles), para financiar los servicios de control concurrente al proyecto de inversión a que se hace referencia en el considerando anterior, por lo que resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente;
Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;
el Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modificatorias; y, la Directiva Nº 005-2022-EF/50.01
"Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral Nº 0023-2022-EF/50.01;
SE RESUELVE:
Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, hasta por la suma de de S/ 86 359,00 (Ochenta y Seis Mil Trescientos Cincuenta y Nueve con 00/100 Soles), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del pliego 019: Contraloría General, para que ejecute las acciones de control concurrente del proyecto de inversión con
CUI 2573436 "MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS
TURÍSTICOS PÚBLICOS EN RECURSOS TURÍSTICOS
EN EL PARQUE ARQUEOLÓGICO DE MACHUPICCHU (LLAQT A, MONT AÑAS MACHUPICCHU, WA YNAPICCHU
Y HUCHUYPICCHU) DISTRITO DE MACHUPICCHU DE
LA PROVINCIA DE URUBAMBA DEL DEPARTAMENTO
DE CUSCO", en el marco de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente.
Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada por la presente Resolución Ministerial se atiende con cargo al presupuesto institucional para el Año Fiscal 2023 del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, Unidad Ejecutora Nº 004: Plan COPESCO
Nacional, Categoría Presupuestal 0127: "Mejora de la competitividad de los destinos turísticos", Proyecto
CUI 2573436 "MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS
TURÍSTICOS PÚBLICOS EN RECURSOS TURÍSTICOS
EN EL PARQUE ARQUEOLÓGICO DE MACHUPICCHU (LLAQT A, MONT AÑAS MACHUPICCHU, WA YNAPICCHU
Y HUCHUYPICCHU) DISTRITO DE MACHUPICCHU DE
LA PROVINCIA DE URUBAMBA DEL DEPARTAMENTO
DE CUSCO", por la suma de S/ 86 359,00 (Ochenta y Seis Mil Trescientos Cincuenta y Nueve con 00/100 Soles), Acción de Inversión 6000053: Control Concurrente, Categoría del Gasto: 6 Gasto de Capital, en la Específica de Gasto: 24.23.11 A Otras Unidades del Gobierno Nacional, por la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial, en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS MATHEWS SALAZAR
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 250-2023-MINCETUR Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 250-2023-MINCETUR
- Emitida por : Comercio Exterior y Turismo - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2023-09-01
- Fecha de aplicacion : 2023-09-02
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