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Otorgan Forma Póstuma Distinción personalidad RM 000491-2023-MC Cultura
11/30/2023
Otorgan Forma Póstuma Distinción personalidad RM 000491-2023-MC Cultura
Poder Ejecutivo, Cultura Otorgan en forma póstuma, la distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura" RM 000491-2023-MC San Borja, 29 de noviembre del 2023 VISTOS: el Proveído Nº 010833-2023-VMPCIC/MC del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Informe Nº 001032-2023-DGIA/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Informe Nº 000851-2023-DGPC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; el Informe Nº 001768-2023-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Le…
Otorgan en forma póstuma, la distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura"
RM 000491-2023-MC
San Borja, 29 de noviembre del 2023
VISTOS: el Proveído Nº 010833-2023-VMPCIC/MC del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias
Culturales; el Informe Nº 001032-2023-DGIA/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes;
el Informe Nº 000851-2023-DGPC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; el Informe Nº 001768-2023-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, asimismo, el literal d) del artículo 7 de la norma citada y el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, prevén como función exclusiva del Ministerio de Cultura, convocar y conceder reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;
Que, el artículo 77 del ROF, dispone que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene a su cargo formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la creación artística y fomentar la actividad artística en los más diversos campos. Conforme al numeral 78.14 del artículo 78 de la norma citada, le corresponde emitir opinión técnica y recomendación, en materia de su competencia, para el otorgamiento de reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;
Que, el artículo 82 del ROF, establece que la Dirección de Artes de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes está encargada de diseñar, promover e implementar políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la actividad creativa en los más diversos campos de las artes escénicas, musicales, plásticas, visuales, artes aplicadas y multidisciplinarias. El numeral 82.15 de la norma dispone que, dentro de sus funciones, le corresponde emitir opinión técnica para el otorgamiento de reconocimientos a personas naturales y jurídicas cuya labor y trayectoria en el campo de las artes constituyan un aporte al desarrollo cultural del país;
Que, el artículo 51 del ROF, señala que la Dirección General de Patrimonio Cultural se encuentra encargado de diseñar, proponer y conducir la ejecución de las políticas, planes, estrategias, programas y proyectos para una adecuada gestión, registro, inventario, investigación, conservación, presentación, puesta en uso social, promoción y difusión del patrimonio cultural, con excepción del patrimonio mueble y patrimonio arqueológico inmueble;
Que, el artículo 55 del ROF, establece que la Dirección de Patrimonio Inmaterial de la Dirección General de Patrimonio Cultural está encargada de gestionar, identificar, documentar, registrar, inventariar, investigar, preservar, salvaguardar, promover, valorizar, trasmitir y revalorizar el patrimonio cultural inmaterial del país en sus distintos aspectos;
Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva Nº 002-2016-MC, Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura, aprobada por la Resolución Ministerial Nº 107-2016-MC establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte significativo al desarrollo cultural del país, el cual se formaliza mediante resolución ministerial a ser publicada en el diario oficial "El Peruano", conforme con lo establecido por el acápite 6.1.4 de la citada directiva;
Que, conforme a lo previsto en el numeral 6.3 de la Directiva mencionada, se establece que excepcionalmente el Ministerio de Cultura, por razones debidamente justificadas, puede otorgar reconocimientos póstumos, a propuesta del órgano competente de la entidad;
Que, la Dirección General de Patrimonio Cultural con Informe Nº 000851-2023-DGPC/MC, hace suyo el Informe Nº 000177-2023-DPI-PMP/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, emitiendo opinión favorable a la propuesta para otorgar la distinción como Personalidad Meritoria de la Cultura, en forma póstuma, a la señora NELI JOSEFINA MUNGUÍA SAN MIGUEL, en reconocimiento a su destacada trayectoria como una de las más importantes intérpretes de la música ayacuchana, habiendo conjugado repertorios de alcance tradicional y moderno, y enlazando su labor artística con la defensa de causas sociales y su compromiso con el medio ambiente;
Que, mediante Informe Nº 001032-2023-DGIA/ MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes hace suyo el análisis y conclusiones del Informe Nº 023579-2023-DIA/MC de la Dirección de Artes en el que, con similares fundamentos a los señalados en el párrafo anterior, se considera procedente otorgar el reconocimiento a la persona propuesta;
Que, siendo esto así, resulta necesario emitir el acto resolutivo que otorgue el reconocimiento como Personalidad Meritoria de la Cultura, advirtiendo que los informes técnicos emitidos constituyen partes integrantes de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS;
Con los vistos del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modificatoria;
el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva Nº 002-2016/ MC, Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura, aprobada por la Resolución Ministerial Nº 107-2016-MC;
SE RESUELVE:
JOSEFINA MUNGUÍA SAN MIGUEL, en reconocimiento a su destacada trayectoria como una de las más importantes intérpretes de la música ayacuchana, habiendo conjugado repertorios de alcance tradicional y moderno, y enlazando su labor artística con la defensa de causas sociales y su compromiso con el medio ambiente.
Artículo 2.- Remitir copia de esta resolución a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional para los fines pertinentes.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de su publicación en el diario oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA
Ministra de Cultura
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 000491-2023-MC Otorgan en forma póstuma, la distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura"
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 000491-2023-MC
- Emitida por : Cultura - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2023-11-30
- Fecha de aplicacion : 2023-12-01
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