11/22/2023

Transferencia Financiera Recursos Favor Gobierno RM 472-2023-MINEM/DM Defensa

Poder Ejecutivo, Defensa Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Apurímac RM 472-2023-MINEM/DM Lima, 21 de noviembre de 2023 VISTOS: El Informe Nº 296-2023-MINEM/OGPP-ODICR de la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional y el Informe Nº 011-2023/MINEM-OGPP-OPRE de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº314-2023-MINEM-OGA/OFIN de la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración; el Informe Nº 1164-2023-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO…
Poder Ejecutivo, Defensa
Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Apurímac
RM 472-2023-MINEM/DM
Lima, 21 de noviembre de 2023
VISTOS: El Informe Nº 296-2023-MINEM/OGPP-ODICR de la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional y el Informe Nº 011-2023/MINEM-OGPP-OPRE de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº314-2023-MINEM-OGA/OFIN de la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración; el Informe Nº 1164-2023-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el acápite i) del literal k) del artículo 16 de la Ley Nº 31638, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, autoriza de manera excepcional la transferencia financiera que realice el MINEM a favor de los Gobiernos Regionales, cuyos recursos son destinados a financiar exclusivamente, a las direcciones o gerencias regionales de Energía y Minas de dichos Gobiernos Regionales para financiar el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, en el marco del proceso de descentralización, hasta por el monto de S/ 5 200,000,00 (Cinco Millones doscientos mil y 00/100 soles);

Que, la precitada norma señala que los recursos a transferir se financian con cargo al presupuesto institucional del MINEM, por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Energía y Minas-Central para el caso de los acápites i y ii; asimismo, dispone que las transferencias financieras autorizadas se aprueban previa suscripción de convenio entre el MINEM y las entidades involucradas;

Que, el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley Nº 31638, establece que las transferencias financieras autorizadas en el numeral 16.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, para su posterior publicación en el Diario Oficial "El Peruano";

Que, en atención a lo dispuesto en la Ley Nº 31638, el MINEM y el Gobierno Regional de Apurímac, con fecha 29 de marzo del 2023, suscribieron un Convenio de Cooperación y Gestión con el objeto de fortalecer la capacidad de gestión y apoyar económica y técnicamente a su Dirección Regional de Energía y Minas o de la unidad orgánica u órgano que haga sus veces, para realizar las competencias y atribuciones en las materias de energía y minería del GORE, a fin de que cuente con las competencias y los recursos humanos necesarios que le permiten ejercer las funciones que han sido y serán materia de transferencia;

Que, de acuerdo a lo señalado en el literal a) del numeral 6.1 de la cláusula sexta del citado Convenio de Cooperación y Gestión, el MINEM se compromete a transferir recursos presupuestales al Gobierno Regional de Apurímac, hasta por el monto de S/ 200,000,00 (Doscientos Mil y 00/100 Soles), para la contratación de personal profesional y para que desarrollen las competencias en las materias de energía y de minería, en el año fiscal 2023, por el monto de hasta S/ 200,000,00 (Doscientos mil y 00/100 soles);

Que, asimismo, el literal b) del numeral 6.1 de la Cláusula Sexta del referido Convenio de Cooperación y Gestión, señala que, la segunda transferencia se realizará dentro del segundo semestre del 2023, por el monto de S/ 100 000,00 (Cien mil y 00/100 soles), previa presentación de los Informes de avances y Logros correspondiente al primer y segundo trimestre del 2023; asimismo, corresponde precisar que la presentación de los Informes de avances y Logros debe contar con la conformidad de la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;

Que, mediante el Informe Nº 011-2023/MINEM-OGPP-OPRE, la Oficina de Presupuesto de la Oficina general de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable en materia presupuestal para efectuar las transferencias financieras a favor del citado gobierno Regional;

Que, a través del Informe Nº 296-2023-MINEM/ OGPP-ODICR, la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, señala que el Gobierno
Regional de Apurímac cumplió con presentar los Informes de avances y Logros del Convenio 2023, conforme a lo establecido en la Cláusula Sexta del citado Convenio;
asimismo, indica que la Oficina de Presupuesto con fecha 10 de enero de 2023, aprobó la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 2023-00013-001, con cargo a la Meta Nº 0049 y SIAF Nº 0000000008, por el monto de hasta S/ 5 200 000,00 (Cinco millones y doscientos mil 00/100 soles), por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados;

Que, la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración, mediante el Informe Nº314-2023-MINEM-OGA/OFIN, concluye que el Ministerio de Energía y Minas dispone de los recursos financieros necesarios hasta por la suma de S/ 100 000.00 (Cien mil y 00/100 soles)
en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, así como de los documentos sustentatorios requeridos, que permiten realizar la segunda transferencia financiera de recursos a favor del citado Gobierno Regional, en el marco de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2023, por lo que resulta pertinente su aprobación;

Que, mediante Informe Nº 1164-2023-MINEM/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica concluye que corresponde emitir el acto resolutivo que autoriza la transferencia financiera de recursos a favor del citado Gobierno Regional;

Que, en ese sentido, en aplicación de lo señalado en la Ley Nº 31638, resulta necesario autorizar la transferencia de recursos del Ministerio de Energía y Minas, hasta por la suma de S/ 100 000,00 (Cien mil y 00/100 soles), a favor del Gobierno Regional de Apurímac;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31638, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2023; el Decreto Legislativo Nº 1436, Decreto Legislativo Marco de la administración Financiera del Sector Público; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema nacional de Presupuesto, el Decreto Legislativo Nº 1441, Decreto Legislativo del Sistema nacional de tesorería; la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y el Decreto Supremo Nº 031-2017, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar la segunda transferencia financiera de recursos provenientes de la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados por la suma de S/ 100 000.00 (Cien Mil y 00/100 Soles), a favor del Gobierno Regional de Apurímac; para ser destinada exclusivamente a la Dirección o Gerencia Regional de Energía y Minas, para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, en el marco del proceso de descentralización, de acuerdo al siguiente detalle:

Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes:

2.4 : Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional 100 000,00
Artículo 2.- La transferencia señalada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se efectuará según el siguiente detalle:

A LA: (En Soles)
SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS
Pliego 442 : Gobierno Regional de Apurímac 100 000,00
Unidad Ejecutora : Nº 001 Región Apurímac-Sede Central Unidad Ejecutora SIAF : Nº 0747
Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público-CUT
RUC : Nº 20527141762
Artículo 3.- Los términos y obligaciones de la transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación y Gestión, celebrado entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional de Apurímac, correspondiente al año 2023.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OSCAR ELECTO VERA GARGUREVICH
Ministro de Energía y Minas

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 472-2023-MINEM/DM Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Apurímac
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 472-2023-MINEM/DM
  • Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2023-11-22
  • Fecha de aplicacion : 2023-11-23

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