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Dieciocho Fichas Homologación Aire Acondicionado RM 489-2023-MINEM/DM Defensa
12/02/2023
Dieciocho Fichas Homologación Aire Acondicionado RM 489-2023-MINEM/DM Defensa
Poder Ejecutivo, Defensa Aprueban dieciocho Fichas de Homologación de aire acondicionado RM 489-2023-MINEM/DM Lima, 30 de noviembre de 2023 VISTOS: El Oficio Nº 000564-2023-PERU COMPRAS-JEFATURA de la Central de Compras Públicas-PERU COMPRAS; el Informe Nº 033-2023-MINEM/DGEE-JWCCH y el Memorando Nº 755-2023/MINEM-DGEE de la Dirección General de Eficiencia Energética; el Memorando Nº 628-2023/MINEM-VME del Despacho Viceministerial de Electricidad; el Informe Nº 1212-2023-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 de l…
Aprueban dieciocho Fichas de Homologación de aire acondicionado
RM 489-2023-MINEM/DM
Lima, 30 de noviembre de 2023
VISTOS: El Oficio Nº 000564-2023-PERU COMPRAS-JEFATURA de la Central de Compras Públicas-PERU
COMPRAS; el Informe Nº 033-2023-MINEM/DGEE-JWCCH y el Memorando Nº 755-2023/MINEM-DGEE de la Dirección General de Eficiencia Energética; el Memorando Nº 628-2023/MINEM-VME del Despacho Viceministerial de Electricidad; el Informe Nº 1212-2023-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el literal b) del numeral 6.3 del artículo 6 del Reglamento de la Ley Nº 27345, aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2007-EM y sus modificatorias, establece que las entidades del Sector Público utilizarán, para fines de iluminación y otros usos, equipos eficientes que cumplan con las características técnicas determinadas por el Ministerio de Energía y Minas;
Que, el numeral 1.1 del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 004-2016-EM, Decreto Supremo que aprueba medidas para el uso eficiente de la energía, establece que las entidades y/o empresas públicas en la medida que requieran adquirir o reemplazar equipos energéticos, deben ser reemplazados o sustituidos por la tecnología más eficiente que exista en el mercado al momento de su compra; para tal efecto, el Ministerio de Energía y Minas, mediante Resolución Ministerial, establece los lineamientos y/o especificaciones técnicas de las tecnologías más eficientes de equipos energéticos previo procedimiento de homologación previsto en la Ley de Contrataciones del Estado;
Que, asimismo, el numeral 1.2 del artículo 1 del citado Decreto Supremo señala que, los equipos energéticos, que se encuentran dentro del alcance de lo antes establecido, son los siguientes: lámparas, balastos para lámparas fl uorescentes, aparatos de refrigeración, calderas, motores eléctricos trifásicos asíncronos o de inducción con rotor de jaula de ardilla, lavadoras, secadoras de tambor de uso doméstico, aparatos de aire acondicionado y calentadores de agua;
Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, establece que los Ministerios están facultados para uniformizar los requerimientos en el ámbito de sus competencias a través de un proceso de homologación;
debiendo elaborar y actualizar su Plan de Homologación de Requerimientos conforme a las disposiciones establecidas por la Central de Compras Públicas-PERU
COMPRAS;
Que, el numeral 30.1 del Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y sus modificatorias, señala que mediante la homologación, los Ministerios establecen las características técnicas y/o requisitos de calificación y/o condiciones de ejecución, conforme a las disposiciones establecidas por PERU COMPRAS;
Que, el numeral 31.1 del artículo 31 del citado Reglamento, establece que la aprobación, la modificación y la exclusión de las fichas de homologación se efectúan mediante resolución del Titular de la Entidad que realiza la homologación, conforme al procedimiento y plazos que establezca PERU COMPRAS; dichos actos cuentan con la opinión favorable de PERU COMPRAS y se publican en el Diario Oficial "El Peruano";
Que, la Directiva Nº 006-2020-PERU COMPRAS
denominada "Proceso de Homologación de Requerimientos", aprobada por Resolución Jefatural Nº 069-2020-PERU COMPRAS (en adelante la Directiva), señala en su numeral 7.5 que la Ficha de Homologación es el documento estándar mediante el cual los ministerios uniformizan sus requerimientos, estableciendo las características técnicas especificadas y/o requisitos de calificación y/o condiciones de ejecución, dentro el ámbito de sus competencias; asimismo, en su numeral 8.13.1
establece que, contando con la opinión favorable de la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERU
COMPRAS, la Ficha de Homologación será aprobada mediante Resolución Ministerial, la cual será publicada en el Diario Oficial "El Peruano";
Que, además, el numeral 8.13.2 de la Directiva, señala que el Ministerio deberá remitir a la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERU COMPRAS la Resolución de aprobación y la Ficha de Homologación aprobada, el mismo día de publicada en el diario oficial "El Peruano", a efectos de gestionar su incorporación en la "Relación de Fichas de Homologación vigentes" publicada en el Portal Institucional de PERU COMPRAS;
Que, conforme a los literales a), b) y n) del artículo 89 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus modificatorias, la
Dirección General de Eficiencia Energética tiene por funciones entre otras: i) Proponer la política del sector energético en concordancia con las políticas de desarrollo nacional; ii) Proponer la política de eficiencia energética, que incluya las medidas promocionales y regulatorias que sean necesarias en relación a la producción, transporte, transformación, distribución, comercialización de los recursos energéticos y el consumo en los sectores residencial, productivo, servicios, público y transporte; así como de las energías renovables; y, iii) Conducir, promover y/o ejecutar las actividades encargadas al Ministerio de Energía y Minas mediante la Ley de Promoción del Uso Eficiente de la Energía y su Reglamento, en el ámbito de su competencia;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 038-2023-MINEM/DM actualizada con Resolución Ministerial Nº 476-2023-MINEM/DM se aprobó el Plan de Homologación del Ministerio de Energía y Minas-MINEM, correspondiente al año 2023, el mismo que contiene veintidós (22) requerimientos de homologación, de los cuales dieciocho (18) corresponden a Fichas de Homologación de aire acondicionado;
Que, con Oficio Nº 0281-2023/MINEM-DGEE la Dirección General de Eficiencia Energética solicitó a PERU
COMPRAS emitir opinión respecto a la viabilidad para la aprobación de dieciocho (18) Fichas de Homologación de aire acondicionado, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8.10 de la Directiva;
Que, mediante Oficio Nº 000564-2023-PERU
COMPRAS-JEFATURA, PERU COMPRAS remite el Informe Nº 000175-2023-PERU COMPRAS-DES, a través del cual su Dirección de Estandarización y Sistematización emite opinión favorable respecto de la viabilidad para la aprobación de dieciocho (18) Fichas de Homologación de aire acondicionado;
Que, estando a lo sustentado por la Dirección General de Eficiencia Energética; a la opinión favorable de PERU COMPRAS; y contando con la opinión legal de la Oficina General de Asesoría Jurídica a través del Informe Nº 1212-2023-MINEM/OGAJ; corresponde emitir el acto resolutivo que aprueba dieciocho (18) Fichas de Homologación de aire acondicionado, de acuerdo con el Plan de Homologación del MINEM, correspondiente al año 2023;
Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; Ley Nº 27345, Ley de Promoción del Uso Eficiente de la Energía; el Decreto Supremo Nº 004-2016-EM, Decreto Supremo que aprueba medidas para el uso eficiente de la energía; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF; el Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias; y, la Directiva Nº 006-2020-PERU COMPRAS denominada "Proceso de Homologación de Requerimientos", aprobada por Resolución Jefatural Nº 069-2020-PERU COMPRAS;
SE RESUELVE:
Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y sus Anexos en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano".
Artículo 3.- Comunicación a Perú Compras Remitir copia de la presente Resolución Ministerial y sus Anexos a la Dirección de Estandarización y Sistematización de la Central de Compras Públicas-PERU
COMPRAS, el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano", de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8.13.2 de la Directiva Nº 006-2020-PERU COMPRAS, denominada "Proceso de Homologación de Requerimientos", aprobada por Resolución Jefatural Nº 069-2020-PERU COMPRAS.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OSCAR ELECTO VERA GARGUREVICH
Ministro de Energía y Minas
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 489-2023-MINEM/DM Aprueban dieciocho Fichas de Homologación de aire acondicionado
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 489-2023-MINEM/DM
- Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2023-12-02
- Fecha de aplicacion : 2023-12-03
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