12/01/2023
Dos 02 Fichas Homologación Denominadas: RM 0396-2023-MIDAGRI Defensa
Poder Ejecutivo, Defensa Modifican dos (02) Fichas de Homologación denominadas: "Pajillas de semen bovino congelado" y "Pajillas de semen bovino sexado congelado" RM 0396-2023-MIDAGRI Lima, 30 de noviembre de 2023 VISTOS: El Oficio Nº 0576-2023-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDG de la Dirección General de Desarrollo Ganadero, sobre la modificación de dos (02) Fichas de Homologación; el Oficio Nº 000568-2023-PERU COMPRAS-JEFATURA de la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS; el Informe Nº 0606-2023-MIDAGRI-SG/OGA de la Oficina General de Administración; y los Informes Nº 1758 y 1863-…
Modifican dos (02) Fichas de Homologación denominadas: "Pajillas de semen bovino congelado" y "Pajillas de semen bovino sexado congelado"
RM 0396-2023-MIDAGRI
Lima, 30 de noviembre de 2023
VISTOS:
El Oficio Nº 0576-2023-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDG de la Dirección General de Desarrollo Ganadero, sobre la modificación de dos (02) Fichas de Homologación; el Oficio Nº 000568-2023-PERU COMPRAS-JEFATURA de la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS; el Informe Nº 0606-2023-MIDAGRI-SG/OGA de la Oficina General de Administración; y los Informes Nº 1758 y 1863-2023-MIDAGRI-SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, establece que los Ministerios están facultados
para uniformizar los requerimientos en el ámbito de sus competencias a través de un proceso de homologación;
debiendo elaborar y actualizar su plan de Homologación de Requerimientos conforme a las disposiciones establecidas por la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS;
una vez aprobadas las Fichas de Homologación deben ser utilizadas por las Entidades comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley, inclusive para aquellas contrataciones que no se encuentren bajo su ámbito o que se sujeten a otro régimen legal de contratación;
Que, los numerales 30.1 y 30.2 del artículo 30 del Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, (en adelante el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado) señalan que mediante la homologación los Ministerios establecen las características técnicas y/o requisitos de calificación y/o condiciones de ejecución, conforme a las disposiciones establecidas por PERU COMPRAS y que el uso de la Ficha de Homologación es obligatorio a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano", siempre que no se haya convocado el procedimiento de selección correspondiente;
Que, el numeral 31.1 del artículo 31 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado prescribe, entre otros, que la aprobación de la Ficha de Homologación se efectúa mediante resolución del Titular de la Entidad que realiza la homologación, conforme al procedimiento y plazos que establezca PERU COMPRAS, siendo esta facultad indelegable;
Que, el numeral 31.2 del artículo 31 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado establece que el proyecto de Ficha de Homologación se prepublica en el portal institucional de la Entidad que realiza la homologación, de PERU COMPRAS y en el SEACE a fin de recibir comentarios, recomendaciones y observaciones sobre su contenido por un periodo mínimo de quince (15)
días hábiles, contando la Entidad con un plazo de quince (15) días hábiles para evaluar y, de ser el caso, modificar el proyecto de ficha de homologación;
Que, el numeral 8.10 de la Directiva Nº 006-2020-PERU
COMPRAS denominada "Proceso de Homologación de Requerimientos" (en adelante la Directiva), aprobada por Resolución Jefatural Nº 069-2020-PERU COMPRAS
establece que una vez finalizadas las actividades de prepublicación del proyecto de Ficha de Homologación y evaluación de comentarios, recomendaciones y observaciones al proyecto de Ficha de Homologación, los ministerios solicitarán a la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERU COMPRAS emitir opinión respecto de la viabilidad del proyecto de Fichas de Homologación;
Que, el numeral 8.15 de la Directiva establece el procedimiento para la modificación de Ficha de Homologación señalando en el sub numeral 8.15.1.
que los Ministerios deberán modificar la Ficha de Homologación, entre otros, cuando la modificación se refiera a cambios en el contenido técnico de la Ficha, relacionados a características técnicas y/o condiciones de ejecución y/o requisitos de calificación, siendo que el proceso a seguir es el mismo que para su aprobación, el cual se encuentra detallado en los numerales 8.7, 8.9 y 8.10 de la Directiva. Con relación a la solicitud de opinión favorable, los Ministerios deberán presentar a la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERU
COMPRAS el respectivo expediente, adjuntando los documentos que se hacen referencia en el numeral 8.10, según corresponda los aspectos por modificar;
Que, el sub numeral 8.15.3 establece que la aprobación de la modificación de la Ficha de Homologación deberá realizarse en un plazo no mayor de tres (3) días hábiles, contados desde el día siguiente de recibida la notificación de la opinión favorable por parte de PERU COMPRAS, respecto de la viabilidad de la modificación;
Que, por Oficio Nº 000568-2023-PERU COMPRAS-JEFATURA el Jefe de la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS, remite el Informe Nº 000181-2023-PERU COMPRAS-DES de la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERU COMPRAS, mediante el cual emite opinión favorable sobre los Proyectos de Fichas de Homologación denominadas: "Pajillas de semen bovino congelado" y "Pajillas de semen bovino sexado congelado";
Que, la Oficina General de Administración ha emitido opinión favorable a través del Informe Nº 0606-2023-MIDAGRI-SG/OGA al que adjunta el Informe Nº 1475-2023-MIDAGRI-SG/OGA-OA de la Oficina de Abastecimiento; y la Oficina General de Asesoría Jurídica hizo lo propio a través de los Informes Nº 1758 y 1863-2023-MIDAGRI-SG/OGAJ;
Con las visaciones del Secretario General, del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego, del Director General de Desarrollo Ganadero, del Director General de Administración y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado; el Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado y sus modificatorias; la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y, la Resolución Jefatural Nº 069-2020-PERU COMPRAS que aprueba la Directiva Nº 006-2020-PERU COMPRAS denominada "Proceso de homologación de requerimientos";
SE RESUELVE:
Nº Código CUBSO Denominación del Bien 1 11131602-00390283 Pajillas de semen bovino congelado 2 11131602-00390284 Pajillas de semen bovino sexado congelado Artículo 2.- Disponer se remita a la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS las Fichas de Homologación aprobadas en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano para los fines pertinentes.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JENNIFER LIZETTI CONTRERAS ÁLVAREZ
Ministra de Desarrollo Agrario y Riego
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 0396-2023-MIDAGRI Modifican dos (02) Fichas de Homologación denominadas: "Pajillas de semen bovino congelado" y "Pajillas de semen bovino sexado congelado"
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 0396-2023-MIDAGRI
- Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2023-12-01
- Fecha de aplicacion : 2023-12-02
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