12/16/2023

Otorgamiento Compensación Extraordinaria Mensual RM 01530-2023-DE Defensa

Poder Ejecutivo, Defensa Autorizan otorgamiento de compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero a oficial del Ejército Peruano, quien se encuentra participando en el Curso de Formación Académica, en la Academia Militar de Corea RM 01530-2023-DE Lima, 14 de diciembre del 2023 VISTOS: El Oficio Nº 238 SCGE/N-04 de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú; y, el Informe Legal Nº 02010-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0100-2019 DE/EP, del 30 de…
Poder Ejecutivo, Defensa
Autorizan otorgamiento de compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero a oficial del Ejército Peruano, quien se encuentra participando en el Curso de Formación Académica, en la Academia Militar de Corea
RM 01530-2023-DE
Lima, 14 de diciembre del 2023
VISTOS:

El Oficio Nº 238 SCGE/N-04 de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú; y, el Informe Legal Nº 02010-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0100-2019 DE/EP, del 30 de enero de 2019, se autorizó el viaje al exterior en misión de estudios, al entonces Cadete Aspirante EP Anderson David MEGO ROJAS, para participar en el Curso de Formación Académica, a realizarse en la Academia Militar de Corea, en la ciudad de Seúl, República de Corea, en el periodo comprendido del 2 de febrero de 2019 al 11 de marzo de 2024;

Que, con Resolución de la Comandancia General del Ejército Nº 789/CGE, del 14 de diciembre de 2022, se otorgó al citado personal militar el grado de Subteniente del Ejército del Perú, con fecha 1 de enero de 2023;

Que, el artículo 9 del Reglamento de Viajes al Extranjero del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, establece que los Cadetes o alumnos de las Escuelas Técnicas que continúen sus estudios en el extranjero, cuando su promoción en el Perú, a la cual originalmente pertenecen, obtengan su graduación, percibirán la compensación económica correspondiente a su nuevo grado;

Que, por medio de la Hoja de Recomendación Nº 042/U-4.b.3/05.00, elaborada por la Jefatura de Educación del Ejército del Perú, la Comandancia General del Ejército del Perú, aprobó el incremento de la compensación extraordinaria por servicios en el extranjero, al Subteniente EP Anderson David MEGO ROJAS, quien se encuentra en misión de estudios, en la República de Corea;

Que, a través del Dictamen Legal Nº 3021-2023/ OAJE, la Jefatura de la Oficina de Asuntos Jurídicos del Ejército señala que, en virtud de habérsele otorgado el grado militar de Subteniente al citado personal, con fecha 1 de enero de 2023, resulta viable autorizar el pago por concepto de compensación extraordinaria por servicio en el exterior, con eficacia anticipada del 1 de enero de 2023 al 11 de marzo de 2024, a favor del Subteniente EP Anderson David MEGO ROJAS, conforme a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, y sus modificatorias;

Que, la Exposición de Motivos, suscrita por el Jefe de Educación del Ejército de Perú, señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el pago por concepto de compensación extraordinaria por servicio en el exterior, del mencionado personal militar;
por cuanto, le permitirá cubrir sus gastos de alojamiento y alimentación, a fin de culminar satisfactoriamente el Curso de Formación Académica, en la Academia Militar de Corea, ciudad de Seúl, República de Corea, con el fin de que posteriormente los conocimientos adquiridos sean vertidos en provecho de su Institución;

Que, conforme a lo indicado en la Resolución Ministerial Nº 0100-2019 DE/EP, el Gobierno de Corea asumirá los gastos de alimentación y alojamiento del entonces Cadete Aspirante EP Anderson David MEGO
ROJAS, para participar en el Curso de Formación Académica, en la Academia Militar de Corea, en el periodo comprendido del 2 de febrero de 2019 al 11 de marzo de 2024; por lo que, de conformidad con lo establecido en el inciso c) del artículo 3 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por compensación extraordinaria por servicios en caso de misión de estudios, comisión de servicio y tratamiento médico altamente especializado con financiamiento parcial, corresponde se le otorgue el pago del veinte por ciento (20%) de la compensación extraordinaria por servicios en el extranjero;

Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos suscrita por el Jefe de Educación del Ejército del Perú, los gastos por concepto del veinte por ciento (20%) de compensación extraordinaria mensual por servicios en el extranjero, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023 de la Unidad Ejecutora Nº 003: Ejército Peruano, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, concordante con el artículo 7 del Reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo
Nº 002-2004-DE/SG;

Que, asimismo, conforme a la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0000000348, emitida por el Jefe de la Oficina de Presupuesto del Ejército del Perú, se garantiza el financiamiento del presente viaje al exterior, durante el Año Fiscal 2023;

Que, con Oficio Nº 238 SCGE/N-04, la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú solicita la autorización para el pago a favor del mencionado Oficial Subalterno, por el concepto de compensación extraordinaria por servicio en el extranjero, con eficacia anticipada desde el 1 de enero de 2023 hasta el 11 de marzo de 2024, debido a que continúa realizando estudios en el extranjero y ostenta el grado de Subteniente;

Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;

Que, mediante el Informe Legal Nº 02010-2023-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, al Ejército del Perú a efectuar el pago por compensación extraordinaria por servicio en el extranjero, con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2023, a favor del Subteniente EP Anderson David MEGO ROJAS, con eficacia anticipada desde el 1 de enero de 2023 hasta el 11 de marzo de 2024, quien se encuentra participando en el Curso de Formación Académica, en la Academia Militar de Corea, ciudad de Seúl, República de Corea, al amparo de lo previsto en el numeral 7.1 del artículo 7 y el artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS;

Con el visado de la Comandancia General del Ejército del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31638, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y, sus
EF, modificado por Decreto Supremo Nº 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; y, el T exto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo
Nº 004-2019-JUS.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar al Ejército del Perú a efectuar el pago por compensación extraordinaria por servicio en el extranjero, con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2023, a favor del Subteniente EP Anderson David MEGO ROJAS, identificado con DNI Nº 71003911, con eficacia anticipada desde el 1 de enero de 2023 hasta el 11 de marzo de 2024, quien se encuentra participando en el Curso de Formación Académica, en la Academia Militar de Corea, ciudad de Seúl, República de Corea, conforme al siguiente detalle:

Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero:

US$ 6,608.53 x 20 % x 12 meses x 1 persona (ene - dic 2023) US$ 15,860.47
---------------------- Total a pagar: US$ 15,860.47
Artículo 2.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero se hace por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fiscal correspondiente.

Artículo 3.- El pago por concepto de compensación extraordinaria por servicio en el extranjero, correspondiente al período del 1 de enero al 11 de marzo de 2024, así como de gastos de traslado (retorno), a favor del Subteniente EP Anderson David MEGO ROJAS, serán financiados con cargo al presupuesto institucional del año fiscal respectivo, correspondiente a la Unidad Ejecutora Nº 003: Ejército Peruano.

Artículo 4.- El monto de la Compensación Extraordinaria mensual será reducido, por el Ejército del Perú, en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del Numeral 1.4 del Artículo 1 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA
Ministro de Defensa

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 01530-2023-DE Autorizan otorgamiento de compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero a oficial del Ejército Peruano, quien se encuentra participando en el Curso de Formación Académica, en la Academia Militar de Corea
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 01530-2023-DE
  • Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2023-12-16
  • Fecha de aplicacion : 2023-12-17

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