11/29/2024
Artículo 10 003 2021 pcm/sgsd RSGSD 010-2024-PCM/SGSD PCM
Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros Modifican el artículo 10 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 003-2021-PCM/SGSD RSGSD 010-2024-PCM/SGSD Lima, 26 de noviembre de 2024 VISTO: El Informe Nº D000348-2024-PCM-SSGD de la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 17 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coo…
Modifican el artículo 10 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 003-2021-PCM/SGSD
RSGSD 010-2024-PCM/SGSD
Lima, 26 de noviembre de 2024
VISTO:
El Informe Nº D000348-2024-PCM-SSGD de la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 104 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), aprobado por la Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM, señala que la Secretaría de Gestión Social y Diálogo es el órgano de línea con autoridad técnico normativa a nivel nacional, responsable de las materias de prevención, gestión del diálogo territorial y solución de los confl ictos sociales en el territorio nacional;
Que, los literales h) y l) del artículo 105 del mencionado Texto Integrado, establecen como función de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, formalizar mediante Resolución de Secretaría la conformación de mesas de diálogo y/o grupos de trabajo que se acuerden en el marco de espacios de diálogo, en coordinación con los sectores y actores en el territorio, según corresponda y expedir resoluciones en materia de su competencia, respectivamente;
Que, mediante la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 003-2021-PCM/SGSD, se conforma el "Comité de Monitoreo, Seguimiento y Verificación de acuerdos de la Mesa de Diálogo para analizar la problemática minera del departamento de Moquegua";
Que, el artículo 10 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 003-2021- PCM/SGSD, modificado por las Resoluciones de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 018-2022-PCM/SGSD, Nº 002-2023-PCM/SGSD y Nº 020-2023-PCM/SGSD, dispone que el mencionado Grupo de Trabajo tiene plazo de vigencia hasta el 30 de noviembre de 2024;
Que, mediante el Informe Nº D000348-2024-PCM-SSGD la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros informa que, de los veintiséis (26) compromisos registrados en el marco del Comité, vinculados a la protección del medio ambiente, uso adecuado del agua y responsabilidad social en favor del desarrollo sostenible de Moquegua; ocho (08)
compromisos se encuentran cumplidos y dieciocho (18) se encuentran en proceso de atención, debido a su complejidad y envergadura; por lo que, persiste la necesidad de continuar con el monitoreo del cumplimiento de los mencionados compromisos;
Que, la referida Subsecretaría, sustenta la necesidad de modificar el artículo 10 de la Resolución de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 003-2021- PCM/SGSD, modificado por las Resoluciones de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 018-2022-PCM/SGSD, Nº 002-2023-PCM/SGSD y Nº 020-2023-PCM/SGSD, a fin de ampliar el periodo de vigencia del espacio hasta el 30 de noviembre de 2025, a efecto que se cumpla con su objeto de creación; agrega la Subsecretaría, que se cuenta con el consentimiento de las entidades que lo integran;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM;
SE RESUELVE:
Modifíquese el artículo 10 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 003-2021-PCM/ 11 NORMAS LEGALES
Viernes 29 de noviembre de 2024
SGSD, modificado por las Resoluciones de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 018-2022-PCM/SGSD, Nº 002-2023-PCM/SGSD y Nº 020-2023-PCM/SGSD, el cual queda redactado de la siguiente manera:
"Artículo 10.- Periodo de vigencia e Informe Final El Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 30 de noviembre de 2025, plazo en el que presenta un informe a la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros. Dicha vigencia puede ser ampliada a propuesta de la Secretaría Técnica".
Artículo 2.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo en el portal institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE LUIS MAGUIÑA VILLÓN
Secretario de Gestión Social y Diálogo
NORMA LEGAL:
- Titulo: RSGSD 010-2024-PCM/SGSD Modifican el artículo 10 de la Nº 003-2021-PCM/SGSD
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE GESTIÓN SOCIAL Y DIÁLOGO
- Numero : 010-2024-PCM/SGSD
- Emitida por : Presidencia del Consejo de Ministros - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2024-11-29
- Fecha de aplicacion : 2024-11-30
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