11/13/2024
Artículo Primero 0259 2024 midagri RM 0374-2024-MIDAGRI Defensa
Poder Ejecutivo, Defensa Modifican el Artículo Primero de la Resolución Ministerial Nº 0259-2024-MIDAGRI RM 0374-2024-MIDAGRI Lima, 12 de noviembre de 2024 VISTOS: El Memorando Nº 1265-2024-MIDAGRI-DVDAFIR/ DGIHR de la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego; el Informe Nº 0049-2024-MIDAGRI-DVDAFIR/DGIHR-DNIHR-RACH, de la Dirección de Normatividad de Infraestructura Hidráulica y Riego; el Memorando Nº 2172-2024-MIDAGRI-SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Nº 1258-2024-MIDAGRI-SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERAN…
Modifican el Artículo Primero de la Resolución Ministerial Nº 0259-2024-MIDAGRI
RM 0374-2024-MIDAGRI
Lima, 12 de noviembre de 2024
VISTOS:
El Memorando Nº 1265-2024-MIDAGRI-DVDAFIR/ DGIHR de la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego; el Informe Nº 0049-2024-MIDAGRI-DVDAFIR/DGIHR-DNIHR-RACH, de la Dirección de Normatividad de Infraestructura Hidráulica y Riego; el Memorando Nº 2172-2024-MIDAGRI-SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Nº 1258-2024-MIDAGRI-SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 7.1 del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 994, establece que el Ministerio de Agricultura (hoy Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego) tendrá a su cargo la tramitación y evaluación de las iniciativas privadas de inversión de competencia de Gobierno Nacional referidas en dicha norma, conforme a las normas de promoción de la inversión privada. Para tal efecto, podrá constituir un Comité Especial de Promoción de la Inversión Privada - CEPRI, que se encargará de la ejecución de los procedimientos vinculados a la aplicación del Decreto Legislativo;
Que, el artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1362 establece que las entidades públicas titulares de proyectos que cuenten con proyectos o prevean desarrollar procesos de promoción de la inversión privada bajo las modalidades reguladas en dicha norma, crearán el Comité de Promoción de Inversión Privada - CPIP, el mismo que asumirá los roles de Organismo Promotor de la Inversión Privada u Órgano de Coordinación con PROINVERSION, según sea el caso;
Que, por su parte, el numeral 7.3 del citado artículo establece que la designación de los miembros del Comité de Promoción de la Inversión Privada en los Ministerios se efectúa mediante Resolución Ministerial la cual debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y comunicada al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas;
Que, el artículo 17 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1362 aprobado mediante Decreto Supremo Nº 240-2018-EF, establece que el Comité de Promoción de la Inversión Privada - CPIP de un Ministerio o de otras entidades públicas habilitadas mediante Ley expresa que pertenezcan o se encuentren adscritas al Gobierno 13 NORMAS LEGALES
Miércoles 13 de noviembre de 2024
Nacional, es un órgano colegiado integrado por tres (3)
funcionarios de la Alta Dirección o titulares de órganos de línea o asesoramiento de la entidad;
Que, la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego a través del Memorando Nº 1265-2024-MIDAGRI-DVDAFIR-DGIHR y el Informe Nº 0049-2024-MIDAGRI-DVDAFIR/DGIHR-DNIHR-RACH, de la Dirección de Normatividad de Infraestructura Hidráulica y Riego, proponen la inclusión de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto - OGPP en el CPIP-CEPRI, considerando su rol estratégico en la gestión de inversión pública y privada del sector, y en la programación multianual de inversiones; así como, su participación en la coordinación y evaluación del Plan Operativo Institucional y el Plan Estratégico Institucional del MIDAGRI, asegurando que los proyectos de inversión estén alineados con las metas estratégicas y recursos disponibles;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 004-2024-MIDAGRI se crea el Comité Especial de Promoción de la Inversión Privada CPIP-CEPRI del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, en relación a los miembros que integran el Comité Especial de Promoción de la Inversión Privada CPIP, incorporar a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto - OGPP;
Con las visaciones del Viceministro de Desarrollo de la Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego; del Director General de Infraestructura Hidráulica y Riego; del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos; y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 240-2018-EF; el Decreto Legislativo Nº 994, Decreto Legislativo que promueve la inversión privada en proyectos de irrigación para la ampliación de la frontera agrícola, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 020-2008-AG; la Ley Nº 31075, Ley que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego;
y la Resolución Ministerial Nº 080-2021-MIDAGRI, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego;
SE RESUELVE:
Modificar el Artículo Primero de la Resolución Ministerial Nº 0259-2024-MIDAGRI, en los siguientes términos:
"Artículo Primero.- Creación del Comité Especial de Promoción de la Inversión Privada CPIP-CEPRI del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego y designación de sus integrantes.
Crear el Comité Especial de Promoción de la Inversión Privada CPIP-CEPRI del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, responsable de ejercer las funciones de conducción de los procesos de promoción de la inversión privada y de tramitar y evaluar las iniciativas privadas en proyectos de inversión agrarios que se presenten en el marco del Decreto Legislativo Nº 994 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 020-2008-AG, y el Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos; y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 240-2018-EF; el mismo que estará integrado de la siguiente manera:
1. Un Representante del Viceministerio de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego, quien lo preside.
2. El Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto.
3. El Director General de la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego.
El Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego designa a su representante mediante documento escrito dirigido a la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego Artículo Segundo.- Publicación La presente Resolución Ministerial es publicada en la Sede Digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS
Ministro de Desarrollo Agrario y Riego
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 0374-2024-MIDAGRI Modifican el Artículo Primero de la Nº 0259-2024-MIDAGRI
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 0374-2024-MIDAGRI
- Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2024-11-13
- Fecha de aplicacion : 2024-11-14
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