11/27/2025

Autoriza Transferencia Partidas Presupuesto DS 271-2025-EF Defensa

Poder Ejecutivo, Defensa Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor del Poder Judicial DS 271-2025-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el literal b) del numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, autoriza, de manera excepcional, 20 NORMAS LEGALES Jueves 27 de noviembre de 2025 durante el Año Fiscal 2025, al Ministerio de Economía y Finanzas a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional…
Poder Ejecutivo, Defensa
Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor del Poder Judicial
DS 271-2025-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el literal b) del numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, autoriza, de manera excepcional, 20 NORMAS LEGALES Jueves 27 de noviembre de 2025
durante el Año Fiscal 2025, al Ministerio de Economía y Finanzas a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, con cargo a los recursos a los que se refiere el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar los gastos asociados a la lucha contra la delincuencia y el crimen organizado, que incluye además el control, investigación y sanción de dichas acciones;

Que, el numeral 17.2 del artículo 17 de la Ley Nº 32185, dispone que las referidas modificaciones presupuestarias se aprueban utilizando solo el mecanismo establecido en el artículo 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, debiendo contar además con el refrendo del ministro del sector correspondiente en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, a propuesta del Titular de la entidad solicitante;

Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;

Que, mediante el Oficio Nº 001285-2025-GG-PJ, el Poder Judicial solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, a favor del citado Pliego, para financiar el fortalecimiento de la seguridad general de las sedes judiciales, el fortalecimiento de las herramientas para la celeridad de los casos de criminalidad y el fortalecimiento de las Unidades de Flagrancia Piloto creadas en los distritos judiciales de Lima Metropolitana y Callao, conforme a lo dispuesto en el literal b) del numeral 17.1 y en el numeral 17.2 del artículo 17 de la Ley Nº 32185; adjuntando para dicho efecto, el Informe Nº 000697-2025-SPP-GMPP-GG-PJ de la Subgerencia de Planes y Presupuesto de la Gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto del Poder Judicial, con los respectivos sustentos. Asimismo, mediante Oficio Nº 000905-2025-GMPP-GG-PJ remite información complementaria;

Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 17 958 372,00 (DIECISIETE MILLONES NOVECIENTOS
CINCUENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y
DOS Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Poder Judicial, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de conformidad con lo dispuesto en el literal b) del numeral 17.1 y en el numeral 17.2 del artículo 17 de la Ley Nº 32185;

De conformidad con lo establecido en el literal b) del numeral 17.1 y en el numeral 17.2 del artículo 17 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; y, en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;

DECRETA:

Artículo 1. Objeto 1.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 17 958 372,00 (DIECISIETE
MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL
TRESCIENTOS SETENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Poder Judicial, para financiar el fortalecimiento de la seguridad general de las sedes judiciales, el fortalecimiento de las herramientas para la celeridad de los casos de criminalidad y el fortalecimiento de las Unidades de Flagrancia Piloto creadas en los distritos judiciales de Lima Metropolitana y Callao, orientadas a la lucha contra la delincuencia y el crimen organizado, que incluye además el control, investigación y sanción de dichas acciones, conforme a lo dispuesto en el literal b) del numeral 17.1 y en el numeral 17.2 del artículo 17 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con el siguiente detalle:

DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : M. de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.0 Reserva de Contingencia 17 958 372,00
===========
TOTAL EGRESOS 17 958 372,00
===========
A LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 004 : Poder Judicial CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5001048 : Procesos Judiciales de las Cortes Superiores de Justicia FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 7 108 781,00
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de activos no financieros 10 849 591,00
===========
TOTAL EGRESOS 17 958 372,00
===========
1.2 El detalle de los recursos autorizados en la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del presente artículo, se encuentra en el Anexo "Transferencia de Partidas a favor del Poder Judicial", que forma parte integrante de la presente norma, el cual se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2. Procedimiento para la aprobación institucional 2.1. El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario contados a partir de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas partidas de ingresos, finalidades y unidades de medida.

2.3. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas de Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

21 NORMAS LEGALES
Jueves 27 de noviembre de 2025
Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que se hace referencia en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco.

JOSÉ ENRIQUE JERÍ ORÉ
Presidente de la República
DENISSE AZUCENA MIRALLES MIRALLES
Ministra de Economía y Finanzas

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 271-2025-EF que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor del Poder Judicial
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 271-2025-EF
  • Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2025-11-27
  • Fecha de aplicacion : 2025-11-28

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