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Patrimonio Cultural Nación serie Judicial RV 000292-2025-VMPCIC/MC Cultura

Poder Ejecutivo, Cultura Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la "Serie Judicial de la sección Juzgado Privativo de Aguas del fondo Cabildo de Lima (1655-1821)", custodiada por el Archivo General de la Nación RV 000292-2025-VMPCIC/MC San Borja, 25 de noviembre del 2025 VISTOS; los Oficios Nº 000235-2025-AGN/JEF y Nº 000046-2025-AGN/JEF de la Jefatura Institucional del Archivo General de la Nación; la Hoja de Elevación Nº 000622-2025-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el artículo II del Título…
Poder Ejecutivo, Cultura
Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la "Serie Judicial de la sección Juzgado Privativo de Aguas del fondo Cabildo de Lima (1655-1821)", custodiada por el Archivo General de la Nación
RV 000292-2025-VMPCIC/MC
San Borja, 25 de noviembre del 2025
VISTOS; los Oficios Nº 000235-2025-AGN/JEF y Nº 000046-2025-AGN/JEF de la Jefatura Institucional del Archivo General de la Nación; la Hoja de Elevación Nº 000622-2025-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación son bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación todo lugar, sitio, paisaje, edificación, espacio o manifestación material o inmaterial relacionada o con incidencia en el quehacer humano, que por su importancia, significado y valor arqueológico, arquitectónico, histórico, urbanístico, artístico, militar, social, simbólico, antropológico, vernacular o tradicional, religioso, etnológico, científico, tecnológico, industrial, intelectual, literario, documental o bibliográfico sea expresamente declarado como tal o sobre el que exista la presunción legal de serlo;

Que, el numeral 1.2 del artículo 1 de la citada norma establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nación los bienes materiales muebles, entre los que se encuentran los documentos bibliográficos o de archivo y testimonios de valor histórico, manuscritos raros, incunables, libros, documentos, fotos, negativos, daguerrotipos y publicaciones antiguas de interés especial por su valor histórico, artístico, científico o literario y otros que sirvan de fuente de información para la investigación en los aspectos científico, histórico, social, político, artístico, etnológico y económico;

Que, de conformidad con lo establecido en el literal b) del artículo 7 de la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura es competencia exclusiva de este Ministerio, realizar acciones de declaración del Patrimonio Cultural de la Nación. Asimismo, el literal a) del artículo 14 de la referida norma señala que corresponde al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, el artículo 19 de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación dispone que el Ministerio de Cultura, la Biblioteca Nacional y el Archivo General de la Nación, están encargados de la identificación, inventario, inscripción, registro, investigación, protección, conservación, difusión y promoción de los bienes 11 NORMAS LEGALES
Jueves 27 de noviembre de 2025
integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación de su competencia;

Que, además, el literal b) del artículo 25 del Reglamento de Organización y Funciones del Archivo General de la Nación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005- 2018-MC, señala que la Dirección de Archivo Histórico es el órgano de línea responsable de identificar, inscribir y registrar los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación en el ámbito de su competencia;

Que, con el Oficio Nº 000046-2025-AGN/JEF, la Jefatura Institucional del Archivo General de la Nación solicita la declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de la "Serie Judicial de la sección Juzgado Privativo de Aguas del fondo Cabildo de Lima (1655-1821)", custodiada por el Archivo General de la Nación;

Que, a través de los Memorandos Nº 000838-2025-AGN/DAH y Nº 000171-2025-AGN/DAH, la Dirección de Archivo Histórico alcanza los Informes Nº 000214-2025-AGN/DAH-URDPD, Nº 000104-2025-AGN/DAH-URDPD-BRC, Nº 000037-2025-AGN/DAH-URDPD y Nº 000015-2025-AGN/DAH-URDPD-BRC, documentos en los cuales se realiza la evaluación técnica de los procedimientos desarrollados por la Unidad Funcional de Registro y Defensa del Patrimonio Documental, mediante los cuales se expone el sustento técnico, respecto de la propuesta de declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación de la "Serie Judicial de la sección Juzgado Privativo de Aguas del fondo Cabildo de Lima (1655-1821)", que de acuerdo al significado, valor e importancia de su contenido, presenta una serie de elementos que se encuentran plenamente relacionados a la identificación de su autenticidad, antigüedad y contenido;

Que, el valor documental se fundamenta en que constituye un conjunto de información sobre el control, uso, aprovechamiento y la defensa del agua en la sociedad colonial limeña, donde se descubren las soluciones a los problemas específicos que se presentaron ante la audiencia pública de alcaldes y regidores, como complemento fundamental a las sesiones expresadas en las actas capitulares que se encuentran en el Archivo Histórico de la Municipalidad de Lima y en los Libros de Cabildo de Lima;

Que, asimismo, el valor histórico está expresado en la notable información que como fuente otorga sobre diversos aspectos del Virreinato del Perú, brindando un conocimiento valioso sobre el carácter de la institución encargada del uso y disfrute de aguas del río Rímac, donde el juez de aguas y su nombramiento se reglamentan desde diversos dispositivos de los siglos XVI y XVII, recopilados en las Leyes de Indias, entendidos tanto en lo civil como en lo criminal. A través de los diversos procesos contenciosos existentes se puede descubrir la permanencia de la práctica indígena en el riego de las tierras como un elemento ordenador en la naciente administración colonial, la cual establecía que la división y el repartimiento de aguas se guardan y practican entre los españoles;

Que, el valor social radica en revelar los diversos sectores de la población en los confl ictos y demandas presentes en los expedientes. Y pese a conocerse en forma precisa los detalles de ese enfrentamiento de la población indígena contra los propietarios españoles o criollos, hacendados, propietarios menores, y órdenes religiosas, todos ellos con haciendas o con confl ictos con el uso doméstico del agua, esta serie muestra el desarrollo de la ciudad y su sistema de distribución de aguas, donde los litigios y disputas se canalizan con mediación de las autoridades;

Que, por lo tanto, en consideración a lo antes desarrollado, la Serie Judicial de la sección Juzgado Privativo de Aguas del fondo Cabildo de Lima (1655-1821), constituye patrimonio cultural del Perú, mostrando una apreciable cantidad de expedientes contenciosos en la ciudad de Lima ante la instancia del juez de aguas, con un contenido significativo para la investigación histórica;

Que, por las razones expuestas, resulta procedente la declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación y, en ese sentido, con los Memorandos Nº 000838-2025-AGN/DAH
y Nº 000171-2025-AGN/DAH, la Dirección de Archivo Histórico alcanza los Informes Nº 000214-2025-AGN/
DAH-URDPD, Nº 000104-2025-AGN/DAH-URDPD-BRC, Nº 000037-2025-AGN/DAH-URDPD y Nº 000015-2025-AGN/DAH-URDPD-BRC, los cuales constituyen partes integrantes de la presente resolución y se adjuntan como anexos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS;

Con los vistos del Archivo General de la Nación y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y la Ley Nº 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la "Serie Judicial de la sección Juzgado Privativo de Aguas del fondo Cabildo de Lima (1655-1821)", custodiada por el Archivo General de la Nación, conforme se aprecia en el anexo que es parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Notificar la presente resolución al Archivo General de la Nación.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial "El Peruano". La resolución y sus anexos se publican en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de la publicación en el diario oficial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MOIRA ROSA NOVOA SILVA
Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RV 000292-2025-VMPCIC/MC Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la "Serie Judicial de la sección Juzgado Privativo de Aguas del fondo Cabildo de Lima (1655-1821)", custodiada por el Archivo General de la Nación
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
  • Numero : 000292-2025-VMPCIC/MC
  • Emitida por : Cultura - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2025-11-27
  • Fecha de aplicacion : 2025-11-28

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