12/12/2025

Publicación Proyecto Decreto Supremo Prorroga RM 0500-2025-MIDAGRI Defensa

Poder Ejecutivo, Defensa Disponen publicación del proyecto de Decreto Supremo que prorroga el plazo para acogerse al procedimiento de formalización del uso de agua previsto en el Decreto Supremo Nº 001-2024-MIDAGRI y dicta otra medida, así como su Exposición de Motivos RM 0500-2025-MIDAGRI Lima, 10 de diciembre de 2025 VISTOS: El Oficio Nº 1424-2025-ANA-J, del Jefe de la Autoridad Nacional del Agua (ANA); el Informe Legal Nº 0906-2025-ANA-OAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica de la ANA; el Informe Técnico Nº 050-2025-ANA-DARH/ AMSM, de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos de …
Poder Ejecutivo, Defensa
Disponen publicación del proyecto de Decreto Supremo que prorroga el plazo para acogerse al procedimiento de formalización del uso de agua previsto en el Decreto Supremo Nº 001-2024-MIDAGRI y dicta otra medida, así como su Exposición de Motivos
RM 0500-2025-MIDAGRI
Lima, 10 de diciembre de 2025
VISTOS:

El Oficio Nº 1424-2025-ANA-J, del Jefe de la Autoridad Nacional del Agua (ANA); el Informe Legal Nº 0906-2025-ANA-OAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica de la ANA; el Informe Técnico Nº 050-2025-ANA-DARH/ AMSM, de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos de la ANA; y, el Informe Nº 01716-2025-MIDAGRI-SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, establece que el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, que ejerce competencia en las materias de tierras de uso agrícola y de pastoreo, tierras forestales y tierras eriazas con aptitud agraria; agricultura y ganadería, recursos forestales y su aprovechamiento sostenible; fl ora y fauna silvestre; sanidad, inocuidad, investigación, extensión, transferencia de tecnología y otros servicios vinculados a la actividad agraria; recursos hídricos; riego, infraestructura de riego y utilización de agua para uso agrario; e, infraestructura agraria;

Que, el numeral 2 del artículo 6 de la referida Ley establece como funciones generales de este Ministerio las funciones técnico normativas, que comprende, entre otras, aprobar disposiciones normativas de su competencia, así como las demás que señale la ley;

Que, la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, regula el uso y gestión integrada del agua, y establece que la Autoridad Nacional del Agua (ANA) es el ente rector y la máxima autoridad técnico normativa del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos, es responsable del funcionamiento de dicho sistema en el marco de lo establecido en la referida Ley;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2024-MIDAGRI se regula el procedimiento para la formalización del uso del agua y se establece que los usuarios que utilizaron el agua hasta el 31 de diciembre de 2014, de manera pública, pacífica y continua, pueden formalizar el uso del agua a través de un proceso simplificado a cargo de la Administración Local de Agua, siendo el plazo de formalización de dos (2) años, contado a partir de la entrada en vigencia del citado dispositivo, plazo que vence el 10 de enero de 2026; esto, con el fin de asegurar la continuidad de actividades productivas dependientes del acceso al recurso hídrico, estableciendo mecanismos transitorios para la habilitación, adecuación o actualización de títulos habilitantes en materia de uso de agua;

Que, diversas organizaciones de usuarios y administrados han solicitado la prórroga de la vigencia de los permisos de agua cuya fecha de caducidad se encuentra próxima, argumentando que aún se encuentran en trámite de procesos de adecuación, actualización técnica, regularización documental o saneamiento administrativo, vinculados al Decreto Supremo Nº 001-2024-MIDAGRI;

Que, mediante Oficio Nº 1424-2025-ANA-J, la ANA propone y sustenta, en base al Informe Legal Nº 0906-2025-ANA-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica de la ANA y el Informe Técnico Nº 0050-2025-ANA-DARH/AMSM de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos, la necesidad de la prórroga normativa del indicado plazo por dos (2) años adicionales, a fin de continuar con el proceso de formalización del uso del agua, el cual se encuentra regulado en el Decreto Supremo Nº 001-2024-MIDAGRI;

Que, en ese contexto y conforme al marco normativo vigente, a través del Informe Nº 1716-2025-MIDAGRI-SG/OGAJ, la Oficina de General de Asesoría Jurídica manifiesta que resulta viable expedir una resolución ministerial que disponga la publicación del referido proyecto normativo por un período de quince (15) días calendario, a efecto de recibir los comentarios, aportes, opiniones y sugerencias de las entidades públicas o instituciones privadas, y de la ciudadanía en general;

Que, el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, en el numeral 4.10 del artículo 4, define que la publicación de proyectos normativos es la puesta en conocimiento de proyectos normativos a la ciudadanía, con el objeto de recabar sus comentarios, aportes u opiniones, garantizando el principio de transparencia y máxima divulgación, así como el principio de participación ciudadana y/o de los administrados, antes que, en ejercicio de la potestad normativa, se aprueben normas de carácter general que puedan afectar derechos, obligaciones e intereses;

16 NORMAS LEGALES Viernes 12 de diciembre de 2025
Que, el numeral 19.1 del artículo 19 y el numeral 21.1 del artículo 21 del citado Reglamento disponen que los proyectos de normas jurídicas de carácter general deben ser publicados en las sedes digitales de las entidades de la Administración pública a cargo de su elaboración o en otro medio, asegurando su difusión y fácil acceso, y que la publicación de un proyecto normativo se aprueba mediante resolución ministerial o resolución del titular de la entidad de la Administración Pública, la cual debe ser difundida en el Diario Oficial El Peruano, norma concordante con el numeral 14.7 del artículo 14 del Reglamento de la Ley Nº 26889, Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2022-JUS;

Con las visaciones del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego; del Jefe de la Autoridad Nacional del Agua; y, del Director General de la Oficina General (e) de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; la Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y, el Reglamento que establece disposiciones sobre la publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Publicación del proyecto normativo Se dispone la publicación del proyecto de Decreto Supremo que prorroga el plazo para acogerse al procedimiento de formalización del uso de agua previsto en el Decreto Supremo Nº 001-2024-MIDAGRI y dicta otra medida, así como su Exposición de Motivos, en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), y en la sede digital de la Autoridad Nacional del Agua (www.gob.pe/ana), por el plazo de quince (15) días calendario, contado a partir del día hábil siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, para recibir los comentarios, aportes, opiniones y sugerencias de las entidades públicas y privadas, y de la ciudadanía en general, según corresponda.

Artículo 2.- Recepción de comentarios y consolidación Se dispone que la Autoridad Nacional del Agua (ANA) se encargue de la recepción, consolidación, sistematización y análisis de los comentarios, aportes, opiniones y sugerencias, según corresponda, respecto del proyecto normativo citado en el artículo precedente, los cuales se recibirán utilizando el "Formato de comentarios, aportes, opiniones y sugerencias" que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, a través del correo electrónico institucional, en la dirección electrónica, asantibanez@ana.gob.pe, la Mesa de Partes Digital de la ANA (www.ana.gob.pe), y del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (https://mesadepartesdigital.
midagri.gob.pe), o, a través de la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, ubicada en el Jirón Cahuide Nº 805, distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima, a fin de elaborar la propuesta final del referido proyecto normativo.

Artículo 3.- Difusión Se dispone la publicación de la presente Resolución Ministerial y conjuntamente con el proyecto de Decreto Supremo y su Exposición de Motivos, en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.midagri. gob.pe) y de la Autoridad Nacional del Agua (www.ana. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

VLADIMIR GERMÁN CUNO SALCEDO
Ministro de Desarrollo Agrario y Riego

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 0500-2025-MIDAGRI Disponen publicación del proyecto de Decreto Supremo que prorroga el plazo para acogerse al procedimiento de formalización del uso de agua previsto en el Decreto Supremo Nº 001-2024-MIDAGRI y dicta otra medida, así como su Exposición de Motivos
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 0500-2025-MIDAGRI
  • Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2025-12-12
  • Fecha de aplicacion : 2025-12-13

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