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Crean Comisión Consultiva Denominada RS 142-2018-PCM Presidencia del Consejo de Ministros
7/13/2018
Crean Comisión Consultiva Denominada RS 142-2018-PCM Presidencia del Consejo de Ministros
Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros Crean la Comisión Consultiva denominada "Comisión de Reforma del Sistema de Justicia", dependiente de la Presidencia de la República RS 142-2018-PCM Lima, 12 de julio de 2018 CONSIDERANDO: Que, el artículo 44 de la Constitución Política del Perú establece que son deberes primordiales del Estado: defender la soberanía nacional; garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; proteger a la población de
Crean la Comisión Consultiva denominada "Comisión de Reforma del Sistema de Justicia", dependiente de la Presidencia de la República
RS 142-2018-PCM
Lima, 12 de julio de 2018
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 44 de la Constitución Política del Perú establece que son deberes primordiales del Estado:
defender la soberanía nacional; garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; proteger a la población de las amenazas contra su seguridad; y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación;
Que, asimismo, el artículo 138 de la Constitución Política del Perú señala que la potestad de administrar justicia emana del pueblo y se ejerce por el Poder Judicial a través de sus órganos jerárquicos con arreglo a la Constitución y a las leyes;
Que, los últimos acontecimientos de conocimiento público, sobre denuncias de corrupción, feminicidio, criminalidad organizada, entre otros que afectan a nuestra sociedad e institucionalidad democrática, y en especial a las mujeres y personas más vulnerables, nos advierten que se requiere una reforma urgente del Sistema de Administración de Justicia mediante el establecimiento, implementación y cumplimiento políticas públicas debidamente articuladas y eficaces; pues la negativa percepción ciudadana sobre la transparencia de las principales entidades que lo conforman (Poder Judicial, Ministerio Público, Consejo Nacional de la Magistratura, además del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y la Policía Nacional el Perú) pone en entredicho la consecución de la seguridad jurídica y la justicia pronta que defiende;
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Que, en el artículo 37 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se establece que las Comisiones Consultivas están conformadas por profesionales, especialistas o representantes de la sociedad civil, de reconocida capacidad o experiencia, designados por Resolución Suprema, disponiendo, asimismo, que el cargo de miembro de la Comisión Consultiva es honorario y de confianza, y no inhabilita para el desempeño de ninguna función pública o actividad privada;
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Que, en ese sentido, es pertinente crear una Comisión Consultiva conformada por personas de reconocida trayectoria ética, prestigio y legitimidad en la sociedad, identificadas con la defensa de la democracia y la institucionalidad y que no representen intereses de algún partido político o sector empresarial, con el encargo de proponer medidas concretas para reformar el Sistema de Administración de Justicia a fin de construir una justicia eficaz, oportuna, transparente, eficiente e incorruptible;
De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Creación de la Comisión Consultiva Crear la Comisión Consultiva denominada "Comisión de Reforma del Sistema de Justicia", dependiente de la Presidencia de la República.
Artículo 2.- Objeto La Comisión tiene por objeto proponer medidas urgentes y concretas para reformar el Sistema de Justicia a fin de aportar a la construcción de una justicia eficaz, oportuna, transparente, eficiente e incorruptible.
Artículo 3.- Conformación La Comisión está integrada por las siguientes personas:
1. Allan Wagner Tizón, quien la presidirá, 2. Delia Revoredo Marsano, 3. Hugo Sivina Hurtado, 4. Samuel Abad Yupanqui, 5. Eduardo Vega Luna;
6. Ana Teresa Revilla Vergara y 7. Walter Albán Peralta.
La participación de los miembros de la Comisión es ad honórem.
Artículo 4.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica de la Comisión está a cargo del Despacho Presidencial. Tiene como función apoyar
el trabajo de la Comisión, entre otros, para la solicitud, recopilación y análisis de información, organización de reuniones y elaboración de actas y redacción de documentos.
Artículo 5.- Colaboración, asesoramiento y apoyo Para el cumplimiento del encargo, la Comisión podrá invitar a sus sesiones a personas y representantes de instituciones especializadas en la materia, y recibir aportes orientados al cumplimiento de su objeto.
Artículo 6.- Informe A los 12 días de su instalación, la Comisión presentará al Presidente de la República un primer informe con recomendaciones de medidas urgentes y concretas para la reforma del sistema de justicia. Dicho informe incluirá la propuesta de creación de un mecanismo de coordinación y articulación de los diversos actores del sistema de justicia, que garantice la sostenibilidad de una reforma integral.
Artículo 7.- Duración La Comisión continuará en ejercicio de su mandato, vigente hasta la instalación del mecanismo de coordinación y articulación de los diversos actores del sistema de justicia, oportunidad en la hará entrega de sus recomendaciones finales al Señor Presidente de la República, en sesión del Consejo de Ministros.
Artículo 8.- Financiamiento La implementación de lo dispuesto en la presente norma no demandará recursos adicionales al Tesoro Público.
Artículo 9.- Refrendo La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Justicia y Derechos Humanos.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO
Presidente del Consejo de Ministros
SALVADOR HERESI CHICOMA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
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