7/18/2018

Oficializan Encuentro Internacional promoción RM 291-2018-PRODUCE Produce

Poder Ejecutivo, Produce Oficializan el Encuentro Internacional "Promoción y desarrollo de la Pesca Artesanal y de Pequeña Escala" RM 291-2018-PRODUCE Lima, 17 de julio del 2018 VISTOS: El Informe Nº 339-2018-PRODUCE/DGPA-Dipforpa; el Memorando Nº 1054-2018-PRODUCE/DGPA; los Memoranda Nos. 00910 y 00915-2018-PRODUCE/ OGPPM; el Informe Nº 103-2018-PRODUCE/OGPPM-OCTAI; el Informe Nº 261-2018-PRODUCE/OGPPM-OP; el Informe Nº 895-2018-PRODUCE/OGAJ;
Poder Ejecutivo, Produce
Oficializan el Encuentro Internacional "Promoción y desarrollo de la Pesca Artesanal y de Pequeña Escala"
RM 291-2018-PRODUCE
Lima, 17 de julio del 2018
VISTOS: El Informe Nº 339-2018-PRODUCE/DGPA-Dipforpa; el Memorando Nº 1054-2018-PRODUCE/DGPA;
los Memoranda Nos. 00910 y 00915-2018-PRODUCE/ OGPPM; el Informe Nº 103-2018-PRODUCE/OGPPM-OCTAI; el Informe Nº 261-2018-PRODUCE/OGPPM-OP;
el Informe Nº 895-2018-PRODUCE/OGAJ; y,

CONSIDERANDO:



Que, el artículo 1 del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establece que su objeto es normar la actividad pesquera con el fin de promover su desarrollo sostenible como fuente de alimentación, empleo e ingresos y de asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiológicos, optimizando los beneficios económicos, en armonía con la preservación del medio ambiente y la conservación de la biodiversidad;
asimismo, su artículo 32 señala que el Estado propicia el desarrollo de la actividad pesquera artesanal, así como la transferencia de tecnología y la capacitación de los pescadores artesanales, otorgando los incentivos y beneficios previstos en las pertinentes disposiciones legales;

Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias, establece que el Ministerio de la Producción es competente en pesquería, acuicultura, industria, micro y pequeña empresa, comercio interno, promoción y desarrollo de cooperativas; es competente de manera exclusiva en materia de ordenamiento pesquero y acuícola, pesquería industrial, Acuicultura de Mediana y Gran Empresa (AMYGE), entre otras; es competente de manera compartida con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, según corresponda, en materia de pesquería artesanal, Acuicultura de Micro y Pequeña Empresa (AMYPE), Acuicultura de Recursos Limitados (AREL), entre otras;


Que, conforme al artículo 60 del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Ministerio de la Producción promueve la gestión empresarial, transferencia de tecnología y la capacitación a favor de los pescadores y procesadores artesanales organizados en instituciones sociales, sindicatos, gremios, cooperativas, asociaciones y otras modalidades asociativas reconocidas por ley, utilizando para ello medios y recursos provenientes tanto del sector público como del sector privado, así como aquellos que provengan de organismos de cooperación técnica y económica internacional;


Que, el artículo 74 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE y modificatoria, señala que la Dirección General de Pesca Artesanal es el órgano técnico responsable de promover e implementar, en el marco de la política nacional y sectorial, medidas de ordenamiento, formalización e innovación productiva para el desarrollo de la actividad pesquera artesanal y pesca deportiva, así como en materia de gestión empresarial de la infraestructura pesquera artesanal velando por el aprovechamiento sostenible de los recursos hidrobiológicos;

Que, el literal g) del artículo 78 del citado Reglamento, establece que la Dirección de Promoción y Formalización Pesquera Artesanal de la Dirección General de Pesca Artesanal tiene la función de formular o implementar convenios u otras modalidades de cooperación con organismos nacionales o internacionales, para promover las actividades de pesca artesanal;

Que, mediante Memorando Nº 1054-2018-PRODUCE/ DGPA, la Dirección General de Pesca Artesanal hace suyo el Informe Nº 339-2018-PRODUCE/DGPA-Dipforpa, de la Dirección de Promoción y Formalización Pesquera Artesanal, que sustenta la necesidad de organizar el evento denominado Encuentro Internacional "Promoción y desarrollo de la Pesca Artesanal y de Pequeña Escala", que tiene como objetivo el intercambio de experiencias internacionales de gestiones exitosas en materia de pesca artesanal y de pequeña escala, con el fin de fortalecer las capacidades de sus agentes, que contribuirán a la mejora de la productividad, competitividad y el desarrollo económico de las comunidades pesqueras artesanales del Perú, con un manejo sostenible de los recursos hidrobiológicos;

Que, con Memorando Nº 00910-2018-PRODUCE/ OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite el Informe Nº 103-2018-PRODUCE/OGPPM-OCTAI de la Oficina de Cooperación Técnica y Asuntos Internacionales, que contiene la opinión favorable para la oficialización del referido evento, el cual se encuentra alineado con las políticas sectoriales y con la Política de Cooperación Técnica Internacional;

Que, por Memorando Nº 00915-2018-PRODUCE/ OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyo y remite el Informe Nº 261-2018-PRODUCE/OGPPM-OP de la Oficina de Presupuesto, con el cual se concluye que resulta procedente la realización del evento, verificándose que los gastos que irrogue su ejecución serán asumidos con cargo al presupuesto de la Dirección General de Pesca Artesanal aprobado para el presente año fiscal;

Que, de lo expuesto, corresponde oficializar el Encuentro Internacional "Promoción y desarrollo de la Pesca Artesanal y de Pequeña Escala", organizado por la Dirección General de Pesca Artesanal, a realizarse los días 19 y 20 de julio de 2018;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; y el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatoria;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Oficializar el Encuentro Internacional "Promoción y desarrollo de la Pesca Artesanal y de Pequeña Escala", organizado por la Dirección General
de Pesca Artesanal, a realizarse los días 19 y 20 de julio de 2018, en la ciudad de Lima, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Publicar la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO
Ministro de la Producción

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 291-2018-PRODUCE Oficializan el Encuentro Internacional "Promoción y desarrollo de la Pesca Artesanal y de Pequeña Escala"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 291-2018-PRODUCE
  • Emitida por : Produce - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2018-07-18
  • Fecha de aplicacion : 2018-07-19

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