11/12/2018

Aceptan Cooperación Técnica No Reembolsable RM 384-2018-EF/52 Economia y Finanzas

Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas Aceptan Cooperación Técnica No Reembolsable que otorga el BID, para financiar parcialmente el "Apoyo al Sistema de Transporte Urbano de Lima (II)" RM 384-2018-EF/52 Lima, 8 de noviembre de 2018 CONSIDERANDO: Que, los párrafos 35.1 y 35.3 del artículo 35 del Decreto Legislativo Nº 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, establecen que la programación, gestión, negociación, aprobación, suscripción
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas
Aceptan Cooperación Técnica No Reembolsable que otorga el BID, para financiar parcialmente el "Apoyo al Sistema de Transporte Urbano de Lima (II)"
RM 384-2018-EF/52
Lima, 8 de noviembre de 2018

CONSIDERANDO:



Que, los párrafos 35.1 y 35.3 del artículo 35 del Decreto Legislativo Nº 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, establecen que la programación, gestión, negociación, aprobación, suscripción y registro de las cooperaciones internacionales no reembolsables, de carácter técnico o financiero, directamente ligadas a Operaciones de Endeudamiento del Gobierno Nacional, que se otorguen a favor del Estado, están a cargo de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, las cuales se aprueban mediante resolución ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, el Banco Interamericano de Desarrollo (BID)
otorga una Cooperación Técnica No Reembolsable a la República del Perú hasta por la suma de US$ 500 000,00 (QUINIENTOS MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), para financiar parcialmente el "Apoyo al Sistema de Transporte Urbano de Lima (II)", que comprende las actividades de coordinación y supervisión del Proyecto "Construcción de la Línea 2 y Ramal Av. Faucett - Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao Provincias de Lima y Callao, Departamento de Lima", proporcionando asistencia técnica especializada para la implementación de la Línea 2, para la formulación de estudios complementarios de la Línea 2 y futuras líneas, así como para estudios de planificación de la Red Básica del Metro de Lima y Callao;


Que, en consecuencia resulta necesario formalizar la aceptación de la referida Cooperación Técnica No Reembolsable y autorizar la suscripción del Convenio que la implementa;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Decreto Legislativo Nº 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público;

SE RESUELVE:



Artículo 1. Aceptar la Cooperación Técnica No Reembolsable que otorga el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), hasta por la suma de US$ 500 000,00 (QUINIENTOS MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), para financiar parcialmente el "Apoyo al Sistema de Transporte Urbano de Lima (II)", a ser ejecutado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones a través de la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao (AATE).


Artículo 2. Autorizar al Director General de Endeudamiento y Tesoro Público, o a quien éste designe, a suscribir el Convenio y demás documentación correspondiente que permita la implementación de la Cooperación Técnica No Reembolsable referida en el artículo 1 precedente.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS AUGUSTO OLIVA NEYRA
Ministro de Economía y Finanzas

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 384-2018-EF/52 Aceptan Cooperación Técnica No Reembolsable que otorga el BID, para financiar parcialmente el "Apoyo al Sistema de Transporte Urbano de Lima (II)"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 384-2018-EF/52
  • Emitida por : Economia y Finanzas - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2018-11-12
  • Fecha de aplicacion : 2018-11-13

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