11/02/2018

Publicación Proyecto Adecuación Reglamento RM 0427-2018-MINAGRI Agricultura y Riego

Poder Ejecutivo, Agricultura y Riego Disponen la publicación del proyecto de adecuación del Reglamento de Clasificación de Tierras por su Capacidad de Uso Mayor; el proyecto de Decreto Supremo que lo aprueba y su exposición de motivos RM 0427-2018-MINAGRI Lima, 30 de octubre de 2018. VISTOS: El Memorando Nº 666-2018-MINAGRI-DVDIAR/ DGAAA, de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios; y, el Informe Legal Nº 1024-2018-MINAGRI-SG/ OGAJ, de
Poder Ejecutivo, Agricultura y Riego
Disponen la publicación del proyecto de adecuación del Reglamento de Clasificación de Tierras por su Capacidad de Uso Mayor; el proyecto de Decreto Supremo que lo aprueba y su exposición de motivos
RM 0427-2018-MINAGRI
Lima, 30 de octubre de 2018.

VISTOS:

El Memorando Nº 666-2018-MINAGRI-DVDIAR/ DGAAA, de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios; y, el Informe Legal Nº 1024-2018-MINAGRI-SG/ OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, modificado por Ley Nº 30048, este Ministerio diseña, establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria; ejerce la rectoría en relación con ella y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno; señala además, que el sector Agricultura y Riego comprende a todas las entidades de los tres niveles de gobierno vinculadas al ámbito de competencia señalado en la citada Ley;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 017-2009-AG, se aprobó el Reglamento de Clasificación de Tierras por su Capacidad de Uso Mayor; con la finalidad, entre otras, de caracterizar el potencial de suelos en el ámbito nacional, determinando su capacidad e identificando sus limitaciones, todo ello dentro del ámbito del Sector Agricultura y Riego, permitiendo implementar medidas de conservación y aprovechamiento sostenido;


Que, la Quinta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, establece que el MINAGRI, con la participación del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR
y, en coordinación con el Ministerio del Ambiente - MINAM, adecúa el Reglamento de Clasificación de Tierras por su Capacidad de Uso Mayor, en adelante el RCTCUM, en concordancia a lo establecido en la mencionada Ley;

Que, la adecuación del RCTCUM permite caracterizar el potencial de suelos en el ámbito nacional, determinando su capacidad e identificando sus limitaciones, todo ello dentro del Sector Agricultura y Riego, permitiendo implementar medidas de conservación y aprovechamiento sostenible en el marco de las disposiciones previstas en la citada Ley Nº 29763; ello involucra la modificación del contenido del RCTCUM, lo que conlleva la aprobación de una nueva versión de adecuación del Reglamento vigente;


Que, durante la etapa de formulación de la propuesta normativa se contó con la participación de representantes de la Dirección General de Ordenamiento Territorial del Ministerio del Ambiente, del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, y de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios del MINAGRI; posteriormente, se realizó un proceso participativo (talleres de socialización), con diversas entidades e instituciones públicas, privadas, de la sociedad civil, gobiernos regionales y organizaciones indígenas, cuyos aportes han sido incorporados a la propuesta de adecuación del RCTCUM;

Que, el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, dispone que "1.- (...), las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales. Dichas entidades permitirán que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas", norma concordante con el Reglamento sobre transparencia, acceso a la información pública ambiental y participación y consulta ciudadana en asuntos ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM;

Que, a fin que las entidades públicas y privadas, así como las personas interesadas puedan formular sus sugerencias y comentarios respecto de las medidas que se proponen, es necesario disponer la publicación del proyecto de adecuación del Reglamento de Clasificación de Tierras por su Capacidad de Uso Mayor, en el portal institucional del Ministerio de Agricultura y Riego, previo a su aprobación, con la finalidad de recibir aportes y comentarios por el periodo de treinta (30) días hábiles;

Con los respectivos visados del Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, modificado por la Ley Nº 30048; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Publicación del proyecto Disponer la publicación del proyecto de adecuación del Reglamento de Clasificación de Tierras por su Capacidad de Uso Mayor; el proyecto de Decreto Supremo que lo aprueba y su Exposición de Motivos en el portal institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.gob.pe/minagri).

Artículo 2.- Plazo Establecer un plazo de treinta (30) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano, para recibir las sugerencias y comentarios de las entidades públicas y privadas y de la ciudadanía en general.

Artículo 3.- Presentación Las sugerencias y comentarios podrán ser presentados en la Mesa de Partes de la Sede Yauyos del Ministerio de Agricultura y Riego, ubicado en el Jr. Yauyos Nº 258, Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima o a través de la dirección electrónica: reglamento_dgaaa@
minagri.gob.pe.

Artículo 4.- Responsable Encargar a la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios del Ministerio de Agricultura y Riego, recibir, procesar y sistematizar las sugerencias y comentarios que se presenten al proyecto de adecuación del Reglamento de Clasificación de Tierras por su Capacidad de Uso Mayor; al proyecto de Decreto Supremo que lo aprueba y a su Exposición de Motivos.

Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.gob.pe/minagri) el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GUSTAVO EDUARDO MOSTAJO OCOLA
Ministro de Agricultura y Riego

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 0427-2018-MINAGRI Disponen la publicación del proyecto de adecuación del Reglamento de Clasificación de Tierras por su Capacidad de Uso Mayor; el proyecto de Decreto Supremo que lo aprueba y su exposición de motivos
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 0427-2018-MINAGRI
  • Emitida por : Agricultura y Riego - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2018-11-02
  • Fecha de aplicacion : 2018-11-03

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