12/14/2018

Operación Endeudamiento Externo Con Kfw DS 292-2018-EF Economia y Finanzas

Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas Aprueban Operación de Endeudamiento Externo con el KfW DS 292-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el párrafo 4.1 del artículo 4 de la Ley Nº 30695, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto equivalente a US$ 1 421 500 000,00 (UN MIL CUATROCIENTOS VEINTIUN MILLONES QUINIENTOS MIL
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas
Aprueban Operación de Endeudamiento Externo con el KfW
DS 292-2018-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:



Que, el párrafo 4.1 del artículo 4 de la Ley Nº 30695, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto equivalente a US$ 1 421 500 000,00 (UN MIL
CUATROCIENTOS VEINTIUN MILLONES QUINIENTOS
MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS);

Que, como consecuencia de la reasignación realizada al amparo de lo dispuesto en el párrafo 4.3 del citado artículo 4, entre los montos de endeudamiento previstos en los literales b) de los numerales 4.1 y 4.2 del mismo, el monto máximo de endeudamiento externo autorizado para el Año Fiscal 2018 asciende a US$ 1 721 500
000,00 (UN MIL SETECIENTOS VEINTIUN MILLONES
QUINIENTOS MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS) de los cuales corresponden al Sub Programa de Sectores Económicos y Sociales hasta US$ 1 273 500 000,00 (UN MIL DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES
QUINIENTOS MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS);

Que, en el marco de la citada autorización, la República del Perú acordará una operación de endeudamiento externo con el Kreditanstalt für Wiederaufbau - KfW, hasta por EUR 60 000 000,00 (SESENTA MILLONES

Y 00/100 EUROS), destinada a financiar parcialmente el Programa "Mejoramiento, Ampliación y Creación del Sistema de Tratamiento de Aguas Residuales en los 7 y 3 (respectivamente) Distritos de Tacna y Huánuco";

Que, la referida operación de endeudamiento externo se efectúa con cargo al Sub Programa Sectores Económicos y Sociales, establecido en el literal a) del párrafo 4.1 del artículo 4 de la Ley Nº 30695;

Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, se deroga la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, y se establece en su Primera y Segunda Disposición Complementaria Transitoria que, hasta el 31 de diciembre de 2018 la concertación de operaciones de endeudamiento se sigue rigiendo por el artículo 20 de la Ley Nº 28563, y que la entrada en vigencia del Decreto Legislativo no afecta las operaciones bajo el ámbito del Sistema Nacional de Endeudamiento Público cuyo trámite se haya iniciado con anterioridad a éste, aplicándose la legislación vigente al momento de su inicio, respectivamente;


Que, en el párrafo 21.1 de su artículo 21 y en la Octava Disposición Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 28563 se establece que las operaciones de endeudamiento del Gobierno Nacional, así como las modificaciones que no hayan sido previstas en el respectivo contrato, se aprueban mediante decreto supremo, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economía y Finanzas y por el ministro del sector correspondiente;

Que, por tanto la citada operación de endeudamiento externo ha cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 20 de la Ley Nº 28563;

Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, en lo que respecta a disponibilidad presupuestaria de la Contrapartida Nacional requerida por la presente operación de endeudamiento externo, se cuenta con la opinión favorable de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;

Que, asimismo, la Contraloría General de la República ha informado previamente sobre la citada operación de endeudamiento externo, en aplicación del literal l) del Artículo 22 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público; la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento; la Ley Nº 30695, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2018 y por la Directiva Nº 001-2016-EF/52.04 "Directiva para la Concertación de Operaciones de Endeudamiento Público", aprobada por la Resolución Directoral Nº 025-2016-EF/52.01; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

DECRETA:



Artículo 1. Aprobación y condiciones de la operación de endeudamiento Externo 1.1 Apruébase la operación de endeudamiento externo, a ser acordada entre la República del Perú y el Kreditanstalt für Wiederaufbau - KfW, hasta por la suma de EUR 60 000 000,00 (SESENTA MILLONES Y
00/100 EUROS), destinada a financiar parcialmente el Programa "Mejoramiento, Ampliación y Creación del Sistema de Tratamiento de Aguas Residuales en los 7 y 3 (respectivamente) Distritos de Tacna y Huánuco".

1.2 La cancelación de la citada operación de endeudamiento externo es en diez (10) años, que incluye un periodo de gracia de cinco (5) años, mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales, devengando una tasa de interés fija anual a ser determinada por el KfW en la fecha de firma del contrato de préstamo.

1.3 El referido endeudamiento externo está sujeto a una comisión de compromiso equivalente al 0,25% anual
sobre el saldo del préstamo no desembolsado y a una comisión de administración de 1,0% sobre el monto del préstamo, por una sola vez.

Artículo 2. Unidad Ejecutora La Unidad Ejecutora del Programa de Inversión "Mejoramiento, Ampliación y Creación del Sistema de Tratamiento de Aguas Residuales en los 7 y 3 (respectivamente) Distritos de Tacna y Huánuco" es el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través del Programa Nacional de Saneamiento Urbano (PNSU).

Artículo 3. Suscripción de Documentos 3.1 Autorízase al Ministro de Economía y Finanzas, o a quien el designe, a suscribir en representación de la República del Perú, el contrato de préstamo de la operación de endeudamiento externo que se aprueba en el artículo 1; así como al Director General de la Dirección General de Endeudamiento y T esoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir los documentos que se requieren para implementar la citada operación.

3.2 Autorízase al Director General de la Dirección General de Endeudamiento y T esoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir los documentos que se requieren para implementar la operación de endeudamiento externo que se aprueba mediante el artículo 1 del presente decreto supremo.

Artículo 4. Servicio de Deuda El servicio de amortización, intereses, comisiones y demás gastos que ocasione la operación de endeudamiento externo que se aprueba mediante el artículo 1 de este Decreto Supremo, es atendido por el Ministerio de Economía y Finanzas con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda pública.

Artículo 5. Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO
Presidente del Consejo de Ministros
CARLOS OLIVA NEYRA
Ministro de Economía y Finanzas
JAVIER PIQUÉ DEL POZO
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 292-2018-EF Aprueban Operación de Endeudamiento Externo con el KfW
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 292-2018-EF
  • Emitida por : Economia y Finanzas - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2018-12-14
  • Fecha de aplicacion : 2018-12-15

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