12/13/2018
Plan Contingencia Nacional Ante Lluvias Intensas RM 322-2018-PCM PCM
Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros Aprueban el "Plan de Contingencia Nacional ante lluvias intensas" RM 322-2018-PCM Lima, 12 de diciembre de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29664, se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - SINAGERD, como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus
Aprueban el "Plan de Contingencia Nacional ante lluvias intensas"
RM 322-2018-PCM
Lima, 12 de diciembre de 2018
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29664, se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - SINAGERD, como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, y preparación y atención ante situaciones de desastre mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres;
Que, el artículo 10 de la referida Ley, dispone que la Presidencia de Consejo de Ministros, en su calidad de ente rector del SINAGERD, tiene como atribuciones, desarrollar, coordinar y facilitar la formulación y ejecución del Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, junto con los programas y estrategias necesarias para cada proceso, así como supervisar su adecuada implementación, sobre la base de las competencias y responsabilidades que le establecen la ley y los reglamentos respectivos;
Que, asimismo, el artículo 39 del Reglamento de la Ley Nº 29664, aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, establece que las entidades públicas de los tres niveles de gobierno deben formular los planes por proceso de la gestión del riesgo de desastres en concordancia con el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, entre los cuales se encuentra el Plan de Contingencia;
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Que, a su vez, el artículo 2 del referido Reglamento, define al Plan de Contingencia como los procedimientos específicos preestablecidos de coordinación, alerta, movilización y respuesta ante la ocurrencia o inminencia de un evento particular para el cual se tiene escenarios definidos. Se emite a nivel nacional, regional y local;
Que, el inciso 5.3.1. del numeral 5.3 del acápite V de los "Lineamientos para la formulación y aprobación de planes de contingencia", aprobado por Resolución Ministerial Nº 188-2015-PCM, establece que el Plan de Contingencia Nacional (PCN) es elaborado por el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI con participación de los sectores competentes y aprobado por el ente rector del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - SINAGERD, con la finalidad de promover la coordinación multisectorial y articulación entre los tres niveles de gobierno, ante la ocurrencia o inminencia de un evento particular para el cual se tiene escenarios definidos, que requiere la intervención del gobierno nacional, siendo de cumplimiento obligatorio;
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Que, bajo ese contexto, a través de los Oficios Nº 3982-2018-INDECI/5.0 de fecha 15 de octubre de y Nº 4589-2018-INDECI/12.0 de fecha 09 de noviembre de 2018, el Instituto Nacional de Defensa Civil-INDECI, propone la gestión para la aprobación del "Plan de Contingencia Nacional ante lluvias intensas" con el objetivo de establecer los procedimientos específicos de coordinación, alerta, movilización y respuesta de las entidades integrantes del SINAGERD ante la inminencia u ocurrencia de desastre por lluvias intensas, para el desarrollo de acciones coordinadas y orientadas a la protección de la población y sus medios de vida,
privilegiando la promoción, respeto y protección de los derechos fundamentales de la población damnificada y afectada;
Que, estando a lo expuesto y con la opinión favorable del Viceministerio de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley Nº 29664 - Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM; el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - PLANAGERD 2014 - 2021, aprobado por el Decreto Supremo Nº 034-2014-PCM; y, los Lineamientos para la formulación y aprobación de planes de contingencia, aprobada por la Resolución Ministerial Nº 188-2015-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el "Plan de Contingencia Nacional ante lluvias intensas", que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer que el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI preste asistencia técnica a las entidades públicas de nivel nacional y regional para la elaboración de los planes de contingencias sectoriales y regionales, según corresponda y proporcione la información técnica necesaria para la identificación de los escenarios específicos, en el marco de las normas vigentes.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Oficial "El Peruano";
adicionalmente, la presente resolución y su Anexo, son publicados en el Portal Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe) y en el Portal Institucional del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI (www.indeci.gob.pe), el mismo día de su publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO
Presidente del Consejo de Ministros
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 322-2018-PCM Aprueban el "Plan de Contingencia Nacional ante lluvias intensas"
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 322-2018-PCM
- Emitida por : Presidencia del Consejo de Ministros - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2018-12-13
- Fecha de aplicacion : 2018-12-14
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