1/20/2019

Artículo Res 013 2019 sunafil Delegación RS 028-2019-SUNAFIL Superintendencia Nacional de

Organismos Tecnicos Especializados, Superintendencia Nacional de Fiscalizacion Laboral Modifican artículo de la Res. Nº 013-2019-SUNAFIL, sobre delegación de facultades y atribuciones en el Gerente General RS 028-2019-SUNAFIL Lima, 16 de enero de 2019 VISTOS: El Informe Nº 009-2019-SUNAFIL/GG-OGPP , de fecha 1 1 de enero de 2019, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Proveído Nº 169-2019-SUNAFIL/GG, de fecha 14 de enero de 2019,
Organismos Tecnicos Especializados, Superintendencia Nacional de Fiscalizacion Laboral
Modifican artículo de la Res. Nº 013-2019-SUNAFIL, sobre delegación de facultades y atribuciones en el Gerente General
RS 028-2019-SUNAFIL
Lima, 16 de enero de 2019
VISTOS:

El Informe Nº 009-2019-SUNAFIL/GG-OGPP , de fecha 1 1 de enero de 2019, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Proveído Nº 169-2019-SUNAFIL/GG, de fecha 14 de enero de 2019, de la Gerencia General;
el Memorándum Nº 026-2019-SUNAFIL/GG-OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de fecha 14 de enero de 2019, y demás antecedentes; y,

CONSIDERANDO:



Que, el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, regula el Sistema Nacional de Presupuesto Público, integrante de la Administración Financiera del Sector Público, que constituye el conjunto de principios, procesos, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos que conducen el proceso presupuestario de las Entidades Públicas, precisando en los incisos 7.1 y 7.2 de su artículo 7 que el Titular de la Entidad es la más alta autoridad ejecutiva, quien puede delegar sus funciones en materia presupuestaria cuando lo establezca expresamente el mencionado Decreto Legislativo, las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad;


Que, estando a lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1440, resulta pertinente remitirnos al inciso 40.2 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, que prevé que las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático son aprobadas mediante resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, pudiendo delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano;

Que, mediante la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 6 de diciembre de 2018, se establecen las normas para el proceso presupuestario que deben observar los organismos del Sector Público durante el Ejercicio Fiscal 2019;


Que, a través de la Resolución de Superintendencia Nº 013-2019-SUNAFIL, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 6 de enero de 2019, se delega, durante el Año Fiscal 2019, en el Gerente General, facultades y atribuciones, entre otros, en materia presupuestal y financiera, que no son privativas de la función del Superintendente de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL;

Que, con la Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/50.01, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 10 de enero de 2019, la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, dispone que la entrada en vigencia, entre otros artículos, del artículo 47 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, es partir del 01 de enero del año 2021;

Que, a través del Informe de vistos, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, señala que con la finalidad de garantizar una adecuada gestión en materia presupuestal y financiera del Pliego 121: Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, conforme a la normativa vigente, resulta necesario modificar el sub numeral 1.2.1 del numeral 1.2 del artículo 1 en la Resolución de Superintendencia Nº 013-2019-SUNAFIL;
por lo que, corresponde emitir la presente resolución;

Con el visado del Gerente General, del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Legislativo Nº 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General y su Texto Único Ordenado, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, y modificatorias; y, la Ley Nº 29981, Ley de creación de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2013-TR, modificado por Decreto Supremo Nº 009-2013-TR;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Modificar el sub numeral 1.2.1 del numeral 1.2 del artículo 1 de la Resolución de Superintendencia Nº 013-2019-SUNAFIL, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 06 de enero de 2019; conforme al siguiente texto:
"Artículo 1.- Delegación de facultades y atribuciones en el/la Gerente General Delegar en el/la Gerente General de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, para el Año Fiscal 2019, las siguientes facultades y atribuciones: (...)
1.2. Delegación en materia presupuestaria 1.2.1 Aprobar y/o formalizar las modificaciones presupuestales en el Nivel Funcional Programático, del Pliego 121: Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, a propuesta de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de acuerdo con el numeral 40.2 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. (...)"
Artículo 2.- Los demás extremos de la Resolución de Superintendencia Nº 013-2019-SUNAFIL quedan subsistentes y mantienen plena vigencia.

Artículo 3.- Notificar la presente resolución a Gerencia General y a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, para su conocimiento y fines.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la SUNAFIL (www.sunafil.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN CARLOS REQUEJO ALEMAN
Superintendente Nacional de Fiscalización Laboral

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RS 028-2019-SUNAFIL Modifican artículo de la Res. Nº 013-2019-SUNAFIL, sobre delegación de facultades y atribuciones en el Gerente General
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
  • Numero : 028-2019-SUNAFIL
  • Emitida por : Superintendencia Nacional de Fiscalizacion Laboral - Organismos Tecnicos Especializados
  • Fecha de emision : 2019-01-20
  • Fecha de aplicacion : 2019-01-21

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