2/09/2019

Delegan Facultad Aprobar Modificaciones RJ 033-2019-J-OPE/INS Instituto Nacional de Salud

Organismos Ejecutores, Instituto Nacional de Salud Delegan la facultad de aprobar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático en el Director General de la Oficina General de Asesoría Técnica RJ 033-2019-J-OPE/INS Lima, 8 de febrero de 2019 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto, establece los principios, procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto
Organismos Ejecutores, Instituto Nacional de Salud
Delegan la facultad de aprobar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático en el Director General de la Oficina General de Asesoría Técnica
RJ 033-2019-J-OPE/INS
Lima, 8 de febrero de 2019

CONSIDERANDO:



Que, el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto, establece los principios, procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el artículo 9 del Decreto Legislativo Nº 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77 y 78 de la Constitución Política del Perú;

Que, el numeral 7.2 del artículo 7 del mencionado Decreto Legisl4ativo Nº 1440, señala que el Titular de la Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente dicho cuerpo normativo, las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo responsable solidario con el delegado;

Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria del acotado Decreto Legislativo Nº 1440, dispone que en tanto se implementen los artículos establecidos en la Octava Disposición Complementaria Final, los artículos respectivos de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, mantienen su vigencia; por lo que, todas las referencias legales o administrativas a la citada Ley Nº 28411, se entienden hechas al citado Decreto Legislativo, en la disposición que corresponda;


Que, asimismo, la Novena Disposición Complementaria Final del señalado Decreto Legislativo Nº 1440, establece que la presente entra en vigencia a partir del 01 de enero de 2019, salvo los artículos 16, 17, 21, 24, 25, 26, 27, 47, 50, 51, 58, 59, 60, 64 y 77, que se implementan de manera progresiva, conforme lo determine la Dirección General de Presupuesto Público mediante Resolución Directoral;

Que, en ese sentido, el numeral 1.8 del artículo 1 de la Resolución Directoral Nº 001-2019-EF-50.01, dispone la entrada en vigencia, entre otros, del artículo 47 del Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, a partir del 11 de enero de 2021;


Que, el numeral 40.2 del artículo 40 Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, preceptúa que las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante resolución del titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga su vez en la entidad, pudiendo delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano";

Que, el artículo 78 de Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, determina que es posible delegar competencias de un órgano a otro al interior de una misma entidad, siempre que no se trate de atribuciones esenciales que justifiquen la existencia del órgano ni de atribuciones para emitir normas generales, para resolver recursos administrativos en órganos que hayan dictado los actos materia de recurso o atribuciones recibidas, a su vez, en delegación;

Con el Visto de los Directores Generales de las Oficinas Generales de Asesoría Técnica y Jurídica, y del Sub Jefe del Instituto Nacional de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;
y, en uso de las atribuciones establecidas en el inciso h) del artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2003-SA;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Delegar en el Director General de la Oficina General de Asesoría Técnica, durante el Ejercicio Presupuestario 2019, la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que correspondan al Titular del Pliego 131
Instituto Nacional de Salud.

Artículo 2.- La delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se refiere la presente resolución, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso.

Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución Jefatural a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, para su conocimiento y fines pertinentes.

Artículo 4.- Notificar la presente Resolución Jefatural a la Oficina General de Asesoría Técnica y al Órgano de Control Institucional.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

HANS VÁSQUEZ SOPLOPUCO
Jefe

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RJ 033-2019-J-OPE/INS Delegan la facultad de aprobar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático en el Director General de la Oficina General de Asesoría Técnica
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
  • Numero : 033-2019-J-OPE/INS
  • Emitida por : Instituto Nacional de Salud - Organismos Ejecutores
  • Fecha de emision : 2019-02-09
  • Fecha de aplicacion : 2019-02-10

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