4/13/2019
Norma Técnica Denominada Cogestión RV 083-2019-MINEDU Educacion
Poder Ejecutivo, Educacion Aprueban Norma Técnica denominada "Norma para la Cogestión del Servicio Alimentario implementado con el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma en las Instituciones Educativas y Programas No Escolarizados Públicos de la Educación Básica" RV 083-2019-MINEDU Lima, 11 de abril de 2019 VISTOS, el Expediente Nº 0251232-2018, los Informes Nº 010-2019-MINEDU/VMGI-DIGC-CMSH y Nº 014-2019-MINEDU/VMGI-DIGC-CMSH de la Dirección
Aprueban Norma Técnica denominada "Norma para la Cogestión del Servicio Alimentario implementado con el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma en las Instituciones Educativas y Programas No Escolarizados Públicos de la Educación Básica"
RV 083-2019-MINEDU
Lima, 11 de abril de 2019
VISTOS, el Expediente Nº 0251232-2018, los Informes Nº 010-2019-MINEDU/VMGI-DIGC-CMSH y Nº 014-2019-MINEDU/VMGI-DIGC-CMSH de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, el Informe Nº 350-2019-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 13 de la Constitución Política del Perú, la educación tiene como finalidad el desarrollo integral de la persona humana;
Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, señala que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;
Que, en el artículo 4 de la Ley General de Educación, se establece que la educación es un servicio público;
precisando que, en la educación inicial y primaria, se complementa obligatoriamente con programas de alimentación, salud y entrega de materiales educativos;
TAMBIEN PUEDES VER: Ley 30930 29073 Artesano Desarrollo Actividad Congreso
asimismo, en el literal c) del artículo 13 de dicha Ley se establece, como uno de los factores que interactúan para el logro de la calidad de la educación, a la inversión mínima por alumno que comprenda la atención de salud, alimentación y provisión de materiales educativos;
Que, el artículo 3 del Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-ED, establece que en las instituciones educativas públicas de Educación Inicial, Primaria y Secundaria de Educación Básica Regular, o su equivalente para niños y adolescentes de la Educación Básica Alternativa y Educación Básica Especial, se brindan programas complementarios de alimentación y salud; precisando, que es responsabilidad de las instancias de gestión educativa descentralizada realizar coordinaciones con los demás Ministerios e instituciones públicas, para que esta función se cumpla con carácter intersectorial, con apoyo de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales;
MAS NORMAS LEGALES: Ampliación Inscripción Persona Natural Registro RE 1160-2019 SBS
Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2012-MIDIS
y sus modificatorias, se creó el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma como programa social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con el propósito de brindar un servicio alimentario progresivo, adecuado a los hábitos de consumo locales, cogestionado con la comunidad, de calidad, sostenible y saludable, para los escolares de instituciones educativas públicas del nivel de educación inicial a partir de los tres años de edad; del nivel de educación primaria; del nivel de educación secundaria, ubicadas en los pueblos indígenas de la Amazonía Peruana; del nivel de educación secundaria bajo la modalidad de Jornada Escolar Completa; del nivel de educación secundaria bajo las Formas de Atención Diversificada y/o Modelos de Servicio Educativo;
Que, conforme al literal a) del artículo 6 del referido Decreto Supremo Nº 008-2012-MIDIS, los Comités de Alimentación Escolar son una de las modalidades de gestión mediante las cuales el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma brinda atención alimentaria diversificada a sus usuarios;
Que, en el numeral 10.4 del "Protocolo para la Conformación y Actualización de los Comités de Alimentación Escolar (CAE) de las Instituciones Educativas Usuarias del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma", aprobado por Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 345-2017-MIDIS/PNAEQW, se señala que desde el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, se establecen los lineamientos que garantizan la adecuada gestión del servicio alimentario, y en el marco de la estrategia de cogestión, se coordina con el Sector Educación la emisión de disposiciones que permitan el correcto cumplimiento de las funciones de las y los integrantes del CAE en cada una de las fases del servicio;
Que, precisamente, mediante la Resolución de Secretaría General Nº 325-2017-MINEDU, se aprobó la Norma Técnica denominada "Normas para la cogestión del servicio alimentario implementado con el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma";
Que, con Oficio Nº 00115-2019-MINEDU/VMGI-DIGC, la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Institucional el Informe Nº 010-2019-MINEDU/VMGI-DIGC-CMSH, complementado con el Informe Nº 014-2019-MINEDU/ VMGI-DIGC-CMSH, a través de los cuales se sustenta la necesidad de aprobar la norma técnica denominada "Norma para la Cogestión del Servicio Alimentario implementado con el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma en las Instituciones Educativas y Programas No Escolarizados Públicos de la Educación Básica"; y de derogar la Norma Técnica aprobada por Resolución de Secretaria General Nº 325-2017-MINEDU;
Que, la Norma Técnica propuesta tiene, como finalidad, establecer disposiciones que coadyuven a asegurar que las niñas, niños y adolescentes de las instituciones educativas públicas y programas no escolarizados públicos, en tanto sean usuarios del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, reciban un servicio alimentario de conformidad con la normatividad vigente;
Que, de acuerdo al literal a) del numeral 2.2 del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 735-2018-MINEDU, se delega en el Viceministro de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, de la Secretaría de Planificación Estratégica, de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, de la Dirección General de Gestión Descentralizada, de la Dirección General de Educación Básica Regular, de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados, de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y en virtud a las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial Nº 735-2018-MINEDU y su modificatoria;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Derogar la Resolución de Secretaría General Nº 325-2017-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica denominada "Normas para la cogestión del servicio alimentario implementado con el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma".
Artículo 2.- Aprobar la Norma Técnica denominada "Norma para la Cogestión del Servicio Alimentario implementado con el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma en las Instituciones Educativas y Programas No Escolarizados Públicos de la Educación Básica"; la misma que, como anexo, forma parte de la presente resolución.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/ minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GUIDO ALFREDO ROSPIGLIOSI GALINDO
Viceministro de Gestión Institucional
NORMA LEGAL:
- Titulo: RV 083-2019-MINEDU Aprueban Norma Técnica denominada "Norma para la Cogestión del Servicio Alimentario implementado con el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma en las Instituciones Educativas y Programas No Escolarizados Públicos de la Educación Básica"
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
- Numero : 083-2019-MINEDU
- Emitida por : Educacion - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2019-04-13
- Fecha de aplicacion : 2019-04-14
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)