5/05/2019

Establecen Temporalmente Servidumbre Ocupación RM 122-2019-MEM/DM Energia y Minas

Poder Ejecutivo, Energia y Minas Establecen temporalmente servidumbre de ocupación para desarrollar estudios de factibilidad relacionados a la generación de energía eléctrica, a favor de concesión de la que es titular Kallpa Generación S.A. RM 122-2019-MEM/DM Lima, 23 de abril de 2019 VISTOS: El Expediente Nº 31249119 sobre solicitud de establecimiento de servidumbre temporal de ocupación sobre bienes de propiedad del Estado, indispensable para realizar estudios de
Poder Ejecutivo, Energia y Minas
Establecen temporalmente servidumbre de ocupación para desarrollar estudios de factibilidad relacionados a la generación de energía eléctrica, a favor de concesión de la que es titular Kallpa Generación S.A.
RM 122-2019-MEM/DM
Lima, 23 de abril de 2019
VISTOS: El Expediente Nº 31249119 sobre solicitud de establecimiento de servidumbre temporal de ocupación sobre bienes de propiedad del Estado, indispensable para realizar estudios de la futura Central Eólica "Parque Eólico Los Vientos", presentada por Kallpa Generación S.A.; y, los Informes Nº 142-2019-MEM/DGE-DCE y Nº 327-2019-MEM/OGAJ, elaborados por la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, del Ministerio de Energía y Minas;

CONSIDERANDO:



Que, mediante Resolución Ministerial Nº 036-2019-MEM/DM, publicada el 10 de febrero de 2019, se otorga a favor de Kallpa Generación S.A. la concesión temporal para desarrollar estudios de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica para la futura Central Eólica "Parque Eólico Los Vientos", por un plazo de veinticuatro (24) meses, contados a partir de la publicación de la citada resolución;

Que, mediante carta KG-0087/19 con Registro Nº 2902000, de fecha 19 de febrero de 2019, Kallpa Generación S.A. solicita el establecimiento de servidumbre temporal de ocupación sobre bienes de propiedad del Estado indispensables para desarrollar estudios de factibilidad para la futura Central Eólica "Parque Eólico Los Vientos", ubicada en los distrito de Ocucaje y Santiago, provincia y departamento de Ica, por el plazo que dure la concesión temporal señalada en el considerando precedente, según las coordenadas UTM (WGS 84) que figura en el Expediente;


Que, de acuerdo a la documentación que obra en el Expediente, los terrenos destinados para la realización de los estudios de factibilidad para la futura Central Eólica "Parque Eólico Los Vientos" son de propiedad del Estado;

Que, el literal a) del artículo 109 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, señala que los concesionarios están facultados para usar a título gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos públicos, calles, plazas y demás bienes de propiedad del Estado o Municipal, así como para cruzar ríos, puentes, vías férreas, líneas eléctricas y de comunicaciones, por lo cual, en el presente caso no corresponde el pago de compensación por derechos de servidumbre;


Que, la petición se encuentra amparada por el artículo 110 y siguientes de la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM;

Que, mediante el Informe de Vistos de la Dirección General de Electricidad se indica que la solicitud de establecimiento de servidumbre temporal de ocupación, indispensable para el desarrollo de estudios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica para la futura Central Eólica "Parque Eólico Los Vientos", presentada por Kallpa Generación S.A., ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, por lo que resulta procedente establecer la citada servidumbre temporal;

Que, mediante el informe de Vistos de la Oficina General de Asesoría Jurídica se concluye que resulta legalmente viable establecer la servidumbre detallada en el considerando que antecede;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2014-EM y sus
modificaciones, el Decreto Supremo Nº 038-2014-EM que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas y sus modificaciones, la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM
y sus modificaciones;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Establecer con carácter temporal la servidumbre de ocupación para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica para la futura Central Eólica "Parque Eólico Los Vientos" a favor de la concesión temporal de la que es titular Kallpa Generación S.A., ubicada en los distritos de Ocucaje y Santiago, provincia y departamento de Ica, según las coordenadas UTM (WGS 84) que figuran en la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa que forman parte del Expediente, conforme al siguiente cuadro:

Cód.

Exp.

Descripción de la Servidumbre Área de Servidumbre Propietario 31249119
Central Eólica Parque Eólico Los Vientos Área total: 78 400.00 m2
Ubicación: distritos de Ocucaje y Santiago, provincia y departa-mento de Ica
Área "A" Área: 19 600 m2 Estado
Coordenadas UTM (WGS 84) de puntos de referencia del área:

VérticeEste Norte 1A 412 776 8 382 079
2A 412 636 8 382 079
3A 412 636 8 381 939
4A 412 776 8 381 939
Área "B" Área: 19 600 m2 Estado
Coordenadas UTM (WGS 84) de puntos de referencia del área:

Vértice Este Norte 1B 402 464 8 384 004
2B 402 324 8 384 004
3B 402 324 8 383 864
4B 402 464 8 383 864
Área "C" Área: 19 600 m2 Estado
Coordenadas UTM (WGS 84) de puntos de referencia del área:

Vértice Este Norte 1C 403 410 8 379 257
2C 403 270 8 379 257
3C 403 270 8 379 117
4C 403 410 8 379 117
Área "D" Área: 19 600 m2 Estado
Coordenadas UTM (WGS 84) de puntos de referencia del área:

Vértice Este Norte 1D 409 984 8 373 896
2D 409 844 8 373 896
3D 409 844 8 373 756
4D 409 984 8 373 756
Artículo 2.- Disponer que Kallpa Generación S.A.
adopte las medidas necesarias a fin que las áreas afectadas no sufran daño ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento.

Artículo 3.- Disponer que Kallpa Generación S.A. vele permanentemente para evitar que en las áreas afectadas por las servidumbres, o sobre estas, se ejecute cualquier tipo de construcción que restrinja su ejercicio.

Artículo 4.- Disponer que la duración de la servidumbre temporal será por el plazo que dure la concesión temporal otorgada a Kallpa Generación S.A. mediante la Resolución Ministerial Nº 036-2019-MEM/DM.

Artículo 5.- Establecer que la presente Resolución Ministerial entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FRANCISCO ISMODES MEZZANO
Ministro de Energía y Minas

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 122-2019-MEM/DM Establecen temporalmente servidumbre de ocupación para desarrollar estudios de factibilidad relacionados a la generación de energía eléctrica, a favor de concesión de la que es titular Kallpa Generación S.A.
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 122-2019-MEM/DM
  • Emitida por : Energia y Minas - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-05-05
  • Fecha de aplicacion : 2019-05-06

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