8/30/2019

Conceden Licencia Docente Auxiliar Universidad RE R-1219-2019-UNSAAC Instituciones Educativas

Organismos Tecnicos Especializados, Instituciones Educativas Conceden licencia a docente auxiliar de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco para realizar estancia de investigación en España UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO RE R-1219-2019-UNSAAC Cusco, 14 de agosto de 2019 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO VISTO el Oficio Nro. 693-2019-VRIN-UNSAAC registrado con el Expediente Nro. 937279 cursado
Organismos Tecnicos Especializados, Instituciones Educativas
Conceden licencia a docente auxiliar de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco para realizar estancia de investigación en España UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO
RE R-1219-2019-UNSAAC
Cusco, 14 de agosto de 2019
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE
SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO
VISTO el Oficio Nro. 693-2019-VRIN-UNSAAC
registrado con el Expediente Nro. 937279 cursado por el Dr. GILBERT ALAGON HUALLPA, Vicerrector de Investigación de la Institución, solicitando declaratoria en Comisión de Servicio a docente que se indica; y,

CONSIDERANDO:



Que, mediante Resolución Nro.R-0392-2018-UNSAAC de fecha 21 de marzo de 2018, se aprueba el presupuesto en la suma de S/500,000.00 (Quinientos Mil con 00/100 soles) para ejecución de gastos del Proyecto de Investigación Tipo Aplicada Avanzado titulado:
"INHIBICION DE PROTEASAS DE LEISHMANIA A
TRAVES DE PEPTIDOS OBTENIDOS DE PROTEINAS
DE LUPINOS MUTABILIS POR ACCION ENZIMATICA
DE PROTEASAS DE BACTERIAS HALOFILAS: NUEVAS
PERSPECTIVAS DE BUSQUEDA DE MOLECULAS
ANTILEISHMANICIDAS" del Esquema Financiero E041-2017-UNSAAC-02 denominado "Proyectos de Investigación" de conformidad con la Resolución de Dirección Ejecutiva Nro. 016-2018-FONDECYT-DE, emitida por el Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica, cuya responsable es la Dra. MARIA ANTONIETA QUISPE

RICALDE, Profesora Auxiliar a Tiempo Parcial de 20 hrs.
en el Departamento Académico de Biología de la Facultad de Ciencias;

Que, a través del expediente de Visto, el Dr. GILBERT
ALAGON HUALLPA, Vicerrector de Investigación de la Institución, hace de conocimiento que la Dra. MARIA
ANTONIETA QUISPE RICALDE, Profesora Auxiliar a Tiempo Parcial de 20 hrs. en el Departamento Académico de Biología de la Facultad de Ciencias y responsable del Proyecto de Investigación titulado: "INHIBICION DE
PROTEASAS DE LEISHMANIA A TRAVES DE PEPTIDOS
OBTENIDOS DE PROTEINAS DE LUPINOS MUTABILIS
POR ACCION ENZIMATICA DE PROTEASAS DE
BACTERIAS HALOFILAS: NUEVAS PERSPECTIVAS DE

BUSQUEDA DE MOLECULAS ANTILEISHMANICIDAS", solicita declaratoria en Comisión de Servicio del 01 al 30 de septiembre de 2019, para realizar una estancia de investigación en el Instituto Universitario de Enfermedades Tropicales y Salud Pública de Canarias de la Universidad de La Laguna, entidad colaboradora;

Que, por tal motivo el Vicerrector de Investigación solicita se declare en Comisión de Servicio a la Dra.

MARIA ANTONIETA QUISPE RICALDE, responsable del referido Proyecto de Investigación, a partir del 01 al 30 de septiembre de quien se constituirá en España, para realizar una estancia de investigación en el Instituto Universitario de Enfermedades Tropicales y Salud Pública de Canarias de la Universidad de La Laguna; asimismo se le otorgue pasajes aéreos Cusco-Madrid-Tenerife-Madrid-Cusco, viáticos en el importe de S/.8,080.00 conforme a la Certificación de Crédito Presupuestario Nro. 2723 emitida por la Jefa de la Unidad de Presupuesto de la Dirección de Planificación;

Que, el Director del Departamento Académico de Biología de la Facultad de Ciencias, a través del Oficio Nro. 0101-DAB/FC-con cargo de dar cuenta a la Junta de Profesores, opina favorablemente para que se atienda la petición presentada por la referida docente, quien realizará una estancia de investigación en el Instituto Universitario de Enfermedades Tropicales y Salud Pública de Canarias de la Universidad de La Laguna del 01 al 30 de septiembre de 2019;

Que, la Jefa de la Unidad de Presupuesto de la Dirección de Planificación, expide la Certificación de Crédito Presupuestario Nro. 2723, precisando la afectación presupuestal para atender lo solicitado, conforme al anexo que forma parte de la presente resolución;

Que, el Sr. Wilbert V Villano Tárraga, Coordinador USM
Cusco de FONDECYT mediante Informe Nro. 224-WVVT/ USM-FONDECYT-CUSCO, señala que ha revisado el Expediente Técnico y el Plan Operativo del Proyecto de Investigación, constatándose que dicho requerimiento se halla debidamente programado y presupuestado, adjuntando la copia de las hojas del Plan Operativo donde se halla dicho requerimiento, señalando que el monto total aprobado para pasajes, seguro de viaje y viáticos para realizar la estancia de investigación es de S/15,680.00 (Quince Mil Seiscientos Ochenta con 00/100 soles);

Que, el Decano de la Facultad de Ciencias a través del Oficio Nro. 0541-2019-FC-UNSAAC señala que ha tomado conocimiento de la petición presentada por la Dra.

María Antonieta Quispe Ricalde y opina favorablemente para su atención;

Que, a la fecha en lo concerniente a la ejecución de gasto público, está vigente la Ley de Presupuesto Nro. 30879; especialmente la Ley que regula viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos Nro. 27619, Reglamentado por el D.S Nro. 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002; Normas Legales que establecen procedimientos rigurosos para dichos fines;

Que, al respecto el Art. 1º de la Ley 27619, ordena expresamente que los viajes al exterior de servidores de las Universidades Públicas, se autorizan mediante Resolución de la más alta autoridad, asimismo el Art.

3 de la referida Ley señala que las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;

Que, con Oficio Nro. 0539-2019-VRAC-UNSAAC
el Vicerrector Académico de la Institución, eleva dicho expediente con opinión favorable para que se atienda la petición presentada; asimismo, señala que la Dra. María Antonieta Quispe Ricalde alcanza el compromiso suscrito por la Mgt. Elsa Aguilar Ancori, para asumir el dictado de clases mientras dure la Comisión de Servicios;

Que, la Autoridad Universitaria ha tomado conocimiento de las diferentes opiniones que contiene dicho expediente y ha dispuesto la emisión de la Resolución correspondiente, concediendo Licencia con goce de haber;

Estando a lo solicitado; Ley 30879, Ley 27619, DS.047-2002-PCM, Resolución Nro.- 0267-2018-UNSAAC, Informe Nro. DIGA/UTH-AEP-1567-2019, y en uso de las atribuciones conferidas a este Rectorado por la Ley y Estatuto Universitario;

RESUELVE:



Primero.- CONCEDER LICENCIA con goce de haber a la docente; Dra. MARIA ANTONIETA QUISPE
RICALDE, Profesora Auxiliar a Tiempo Parcial de 20 hrs.
en el Departamento Académico de Biología de la Facultad de Ciencias y responsable del Proyecto de Investigación titulado: "INHIBICION DE PROTEASAS DE LEISHMANIA
A TRAVES DE PEPTIDOS OBTENIDOS DE PROTEINAS
DE LUPINOS MUTABILIS POR ACCION ENZIMATICA
DE PROTEASAS DE BACTERIAS HALOFILAS: NUEVAS
PERSPECTIVAS DE BUSQUEDA DE MOLECULAS
ANTILEISHMANICIDAS", a partir del 01 al 30 de septiembre de quien se constituirá en España para realizar una estancia de investigación en el Instituto Universitario de Enfermedades Tropicales y Salud Pública de Canarias de la Universidad de La Laguna, entidad colaboradora;

Segundo.- AUTORIZAR a la Dirección General de Administración, otorgue a favor de la comisionada, como sigue:

Dra. MARIA ANTONIETA QUISPE RICALDE, - Pasajes aéreos: Cusco-Madrid-Tenerife-Madrid-Cusco S/7,600.00
- Viáticos en el importe total de S/8,080.00.

Tercero.- EL EGRESO que se origine por aplicación de la presente Resolución se atenderá con cargo a la Certificación de Crédito Presupuestario Nro. 2723, de acuerdo al anexo que forma parte de la presente resolución.

Cuarto.- DISPONER, que la Unidad de Logística de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", de conformidad con lo establecido en el Art.

3º de la Ley 27619.

Quinto.- DECLARAR que la carga académica correspondiente a la Dra. MARIA ANTONIETA QUISPE
RICALDE, será asumida por la MGT. ELSA AGUILAR
ANCORI, mientras dure la referida Comisión de Servicio.

Sexto.- DEJAR ESTABLECIDA la obligación de la comisionada de presentar ante la Dirección General de Administración, el Formato Nro. 1 Declaración de Compromiso; asimismo está en la obligación de presentar la rendición de cuenta documentada con los comprobantes de pago que constituyen la sustentación del gasto (Facturas, Boletas de Venta y/o Electrónica, Tickets, Boletos de Viaje y Declaración de Gastos realizados solamente por movilidad local y otros gastos diversos en el lugar de Comisión de Servicio e hasta por el 30 % del monto total y el 70% deberá de sustentarse con alimentación y alojamiento (caso de no adjuntar gastos de alojamiento se tomara hasta un 40% en alimentación), debidamente girados a nombre de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco-UNSAAC, por concepto de ALIMENTACIÓN, ALOJAMIENTO Y/O MOVILIDAD
LOCAL; rendición de cuentas que debe ser presentada en el plazo máximo de diez (10) días hábiles, computados desde su retorno a la ciudad del Cusco, perdiendo el derecho luego del citado periodo, el Formato 3 deberá ser remitido de manera virtual al Correo Electrónico Institucional área.integracioncontable@unsaac.edu.pe el mismo día de la presentación de la documentación física, con tenor "Rendición de Cuentas, Resolución Nro.

R, Nombre del Beneficiario, Formatos Nros. 02, 03 y 04
aprobados con Resolución Nro. CU-0348-2016-UNSAAC de fecha 24 de noviembre de 2016 proporcionados por el Área de Tesorería de la Dirección General de Administración; igualmente presentarán informe ante el Decanato de Facultad, Vicerrectorado de Investigación y Despacho Rectoral, respectivamente.

Séptimo.- DISPONER que al vencimiento del plazo establecido, la Dirección General de Administración, deberá comunicar el incumplimiento a la Unidad de T alento Humano para la correspondiente retención en Planilla Única de Pagos y demás acciones contempladas en el Numeral 7.1.6.3 de la DIRECTIVA PARA AUTORIZACION
DE VIAJES Y OTORGAMIENTO DE VIATICOS POR
COMISION DE SERVICIO DENTRO Y FUERA DEL PAIS de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, aprobada por Resolución Nro. CU-0348-2016-UNSAAC.

El Vicerrectorado de Investigación y la Unidad de Talento Humano adoptarán las medidas complementarias del caso, para el cumplimiento de la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y archívese.

EDILBERTO ZELA VERA
Rector (a.i.)

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RE R-1219-2019-UNSAAC Conceden licencia a docente auxiliar de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco para realizar estancia de investigación en España UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO
  • Tipo de norma : RESOLUCION
  • Numero : R-1219-2019-UNSAAC
  • Emitida por : Instituciones Educativas - Organismos Tecnicos Especializados
  • Fecha de emision : 2019-08-30
  • Fecha de aplicacion : 2019-08-31

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