11/23/2019

Prorrogan Suspensión Admisión Petitorios Mineros DS 019-2019-EM Energia y Minas

Poder Ejecutivo, Energia y Minas Prorrogan la suspensión de la admisión de petitorios mineros en el área de la Montaña de Siete Colores, por un plazo adicional de doce (12) meses DS 019-2019-EM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en los artículos 66 y 67 establecen que los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación. El Estado es soberano en su aprovechamiento y en el uso sostenible de
Poder Ejecutivo, Energia y Minas
Prorrogan la suspensión de la admisión de petitorios mineros en el área de la Montaña de Siete Colores, por un plazo adicional de doce (12) meses
DS 019-2019-EM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:



Que, la Constitución Política del Perú en los artículos 66 y 67 establecen que los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación. El Estado es soberano en su aprovechamiento y en el uso sostenible de los recursos naturales;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 032-2018-EM
se dispuso la suspensión de la admisión de petitorios mineros en el área de la Montaña de Siete Colores, por un plazo de doce (12) meses, indicándose las coordenadas UTM de dicha área;

Que, no habiéndose culminado las acciones técnico legales requeridas para la conservación del área de la Montaña de Siete Colores, resulta pertinente prorrogar por un plazo adicional de doce (12) meses, la suspensión en la admisión de petitorios establecida mediante Decreto Supremo Nº 032-2018-EM a fin de garantizar su preservación;

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 3) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú;
el numeral 3) del artículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y los numerales 6.1 y 6.2 del artículo 6 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus modificatorias;


DECRETA:



Artículo 1.- Objeto de la norma Prorrogar la suspensión de la admisión de petitorios mineros en el área de la Montaña de Siete Colores, ubicada en el distrito de Cusipata, provincia de Quispicanchi y en el distrito de Pitumarca, provincia de Canchis, departamento de Cusco, por un plazo adicional de doce (12) meses, contados desde la culminación del plazo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 032-2018-EM, de acuerdo a las siguientes coordenadas UTM-WGS 84:

VERTICES NORTE ESTE
1 8 466 626.27 251 809.75
2 8 464 626.24 251 809.77
3 8 464 626.23 249 809.75
4 8 466 626.27 249 809.73
Artículo 2.- Refrendo El presente decreto supremo será refrendado por el Ministro de Energía y Minas.


Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
JUAN CARLOS LIU YONSEN
Ministro de Energía y Minas

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 019-2019-EM Prorrogan la suspensión de la admisión de petitorios mineros en el área de la Montaña de Siete Colores, por un plazo adicional de doce (12) meses
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 019-2019-EM
  • Emitida por : Energia y Minas - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-11-23
  • Fecha de aplicacion : 2019-11-24

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