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Modificación Tupa Defensoría Pueblo RD 012-2019/DP Defensoria del Pueblo
8/13/2019
Modificación Tupa Defensoría Pueblo RD 012-2019/DP Defensoria del Pueblo
Poder Judicial, Defensoria del Pueblo Aprueban modificación del TUPA de la Defensoría del Pueblo RD 012-2019/DP Lima, 12 de agosto del 2019 VISTO: El Informe Nº 035-2019-DP/OPP que adjunta los memorandos Nº 114-2019-DP/PAD, Nº 0428-2019-DP/ OAF, Nº 1458-2019-DP/OAF-LOG y Nº 0397-2019-DP/ OAJ y el Informe Nº 003-2019-DP/OAF; relacionados con la emisión de la resolución que apruebe la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos
Aprueban modificación del TUPA de la Defensoría del Pueblo
RD 012-2019/DP
Lima, 12 de agosto del 2019
VISTO:
El Informe Nº 035-2019-DP/OPP que adjunta los memorandos Nº 114-2019-DP/PAD, Nº 0428-2019-DP/ OAF, Nº 1458-2019-DP/OAF-LOG y Nº 0397-2019-DP/ OAJ y el Informe Nº 003-2019-DP/OAF; relacionados con la emisión de la resolución que apruebe la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Defensoría del Pueblo; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con los artículos 161º y 162º de la Constitución Política del Perú se aprobó la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo y mediante Resolución Defensorial Nº 007-2019/DP se aprobó su Reglamento de Organización y Funciones;
Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, se aprobó el documento denominado: "Lineamientos y formatos para la elaboración y la aprobación de Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA)", en adelante los Lineamientos, el cual tiene por objeto establecer los criterios técnicos-legales que deben seguir las entidades de la administración pública para la elaboración, aprobación y publicación de los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos, en adelante TUPA, que compendian los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad;
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Que, el numeral 4.6) del artículo 4º de los Lineamientos, define al TUPA como el documento de gestión institucional que compendia y sistematiza de manera comprensible y clara la información de todos los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad incluyendo aquellos que son estandarizados, que deben tramitar los ciudadanos y empresas en las entidades de la administración pública;
Que, mediante Resolución Defensorial Nº 018-2017/ DP de fecha 28 de diciembre de 2017, se aprobó la modificación del TUPA de la Defensoría del Pueblo;
Que, de acuerdo a los documentos del visto, se solicita la emisión de la resolución que apruebe la modificación del TUPA de la Defensoría del Pueblo, propuesto por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto;
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Que, el numeral 5.3) del artículo 5º de los Lineamientos, establece como supuestos de modificación de procedimientos administrativos y/o servicios prestados en exclusividad, cuando se produzca un incremento de requisitos; aumento del plazo máximo de atención;
incremento del monto de derecho de tramitación; un cambio en la calificación, de aprobación automática a evaluación previa o de silencio administrativo positivo a silencio administrativo negativo, en el caso de procedimientos administrativos;
Que, mediante Informe Nº 035-2019-DP/OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Defensoría del Pueblo sustenta la necesidad de aprobar la modificación del TUPA y señala que esta obedece a la incorporación de las modificaciones al marco legal que rige los procedimientos administrativos de Acceso a la Información Pública y de Recursos de Apelación en Actos Dictados en los Procedimientos de Selección; así como a la modificación en el derecho de tramitación en el procedimiento administrativo de Acceso a la Información Pública; y por último, la eliminación de un requisito del procedimiento administrativo de Recursos de Apelación en Actos Dictados en los Procedimientos de Selección, de acuerdo a la nueva base legal que rige este procedimiento;
Que, la propuesta de modificación del TUPA de la Defensoría del Pueblo se desarrolla en el marco de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y en atención a lo dispuesto en los Lineamientos;
Que, por otro lado, la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 002-2019-PCM-SGP, señala que en tanto no se cumplan los plazos de adecuación al Nuevo Formato del TUPA dispuestos en el artículo 3 de la norma, las entidades podrán seguir empleando el formato aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM;
Que, el numeral 44.5) del artículo 44º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por resolución del titular del Organismo Autónomo;
Que, asimismo, el artículo 18º de los Lineamientos establece que en el caso de los Organismos Autónomos corresponde aprobar la modificación de su TUPA a través de una Resolución emitida por su Titular;
Que, por lo expuesto en los considerandos precedentes y habiéndose cumplido con el procedimiento y requisitos exigidos en las normas antes citadas, resulta procedente aprobar la modificación del TUP A de la Defensoría del Pueblo;
Con los visados de la Primera Adjuntía, de la Secretaría General, de la Adjuntía en Asuntos Constitucionales, de la Adjuntía para los Derechos Humanos y las Personas con Discapacidad y de las oficinas de Administración y Finanzas, de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica;
En uso de las atribuciones conferidas por los literales d) y q) del artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Defensoría del Pueblo, el mismo que forma parte de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, al día siguiente de su aprobación; el contenido completo del Texto Único de Procedimientos Administrativos -
TUPA de la Defensoría del Pueblo en el Portal del Diario Oficial El Peruano, en la misma fecha de publicación de la Resolución en el Diario Oficial El Peruano; así también, el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Defensoría del Pueblo y la disposición legal que lo aprueba en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en el Portal Institucional de la Defensoría del Pueblo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 20º y 21º de los Lineamientos.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER GUTIÉRREZ CAMACHO
Defensor del Pueblo * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.
NORMA LEGAL:
- Titulo: RD 012-2019/DP Aprueban modificación del TUPA de la Defensoría del Pueblo
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN DEFENSORIAL
- Numero : 012-2019/DP
- Emitida por : Defensoria del Pueblo - Poder Judicial
- Fecha de emision : 2019-08-13
- Fecha de aplicacion : 2019-08-14
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